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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 23 de julio de 2009 399460 Que, entre otras funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, se encuentran las de promover, coordinar, dirigir, evaluar y ejecutar las políticas de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, y las políticas de Desarrollo Social; las políticas y estrategias de superación de la pobreza, demográfi cas, de seguridad alimentaria, y desarrollo territorial y rural en el ámbito de su competencia; así como establecer los mecanismos de coordinación y participación de las mismas con los gobiernos regionales y locales; Que, considerando la importancia de la referida Reunión de Ministros, así como del encuentro preparatorio, resulta de interés institucional autorizar la participación de la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social en los mencionados eventos, lo que permitirá obtener importantes contribuciones para enriquecer y consolidar políticas públicas en el área social; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán fi nanciados por la ALADI, por lo que la participación de la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social en ambas reuniones no irrogará gasto alguno al Pliego Presupuestario 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; Que, es necesario encargar la cartera de la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social en tanto dure la ausencia de la titular; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora NIDIA RUTH VÍLCHEZ YUCRA, Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, a la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 29 de julio al 1 de agosto de 2009, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar la cartera de la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social a la Ministra de la Producción, señora MERCEDES ROSALBA ARÁOZ FERNÁNDEZ, a partir del 29 de julio de 2009 y en tanto dure la ausencia de la titular. Artículo 3º.- El viaje autorizado no irrogará gasto alguno al Pliego Presupuestario del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES ni dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros 376075-8 DEFENSA Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a Colombia y Francia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 265-2009-DE/MGP Lima, 22 de julio de 2009 Visto el Ofi cio G.500-3128 del Secretario del Comandante General de la Marina de fecha 14 de julio de 2009; CONSIDERANDO: Que, el Perú y Colombia mantienen un excelente nivel en sus relaciones bilaterales, tanto en los campos político, económico-comercial, social, de la cooperación en materia de defensa y seguridad, así como de la integración fronteriza, entre otros; Que, el Comandante de la Armada Nacional de Colombia, ha cursado la invitación al Almirante Comandante General de la Marina de Guerra del Perú y UN (1) Ofi cial, para que participen en una reunión de Interoperatividad con su homólogo colombiano y efectúen una visita profesional a la Armada de dicho país, actividad que fortalecerá los vínculos de amistad e incrementarán la relación y medidas de confi anza mutua entre ambas naciones; Que, en el orden de ideas antes expuesto, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Almirante Rolando Antonio NAVARRETE Salomón y Capitán de Corbeta Luis Gustavo CASTAÑEDA Di Natale, a la ciudad de Bogotá - COLOMBIA, para que participen en una reunión de Interoperatividad con su homólogo colombiano y efectúen una visita profesional a la Armada de dicho país; por cuanto la experiencia a adquirirse redundará en benefi cio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, el viaje antes citado se encuentra incluido en el Anexo 3, Rubro 5: Medidas de Confi anza Mutua, Ítem 153, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 183-2009-DE de fecha 29 de mayo de 2009 que modifi ca la Resolución Suprema Nº 028-2009-DE de fecha 19 de enero de 2009 que aprueba el Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa Año 2009; De conformidad con la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Almirante Rolando Antonio NAVARRETE Salomón, CIP. 03729229 y DNI. 32961611, Comandante General de la Marina y Capitán de Corbeta Luis Gustavo CASTAÑEDA Di Natale, CIP. 00917321 y DNI. 43322199, a la ciudad de Bogotá - COLOMBIA, para que participen en una reunión de Interoperatividad con su homólogo colombiano y efectúen una visita profesional a la Armada de dicho país, a llevarse a cabo del 2 al 6 de agosto de 2009. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima - Bogotá (COLOMBIA) - Lima US$. 899.25 x 2 personas Viáticos: US$. 200.00 x 5 días x 2 personas Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$. 31.00 x 2 personas Artículo 3º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4°.- El mencionado Personal Naval, deberá cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/ SG de fecha 30 de junio de 2004.