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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JULIO DEL AÑO 2009 (23/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 23 de julio de 2009 399472 Artículo 2º.- Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, para el Año Fiscal 2009, hasta por la suma de TREINTA Y TRES MIL SETECIENTOS TRES Y 89/100 EUROS (€ 33 703,89), equivalentes a CIENTO TREINTA Y UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 131 985,00), de acuerdo con el siguiente detalle: INGRESOS : (En Nuevos Soles) FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 4 Donaciones y Transferencias 1.4.1 : Donaciones y Transferencias Corrientes 1.4.1.1 : De Gobiernos Extranjeros 1.4.1.1.2 : De Países de Europa 1.4.1.1.2.7 : Bélgica 131 985,00 -------------- TOTAL INGRESOS 131 985,00 ======== EGRESOS : (En Nuevos Soles) SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 039 : Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social UNIDAD EJECUTORA 009 : Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual - PNCVFS FUNCION 23 : Protección Social PROGRAMA FUNCIONAL 051 : Asistencia Social SUBPROGRAMA FUNCIONAL 115 : Protección de Poblaciones en Riesgo ACTIVIDAD 1.000732 : Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 4 Donaciones y Transferencias CATEGORÍA DEL GASTO 5. Gastos Corrientes 2. Gastos Presupuestarios 3. Bienes y Servicios 131 985,00 --------------- TOTAL EGRESOS 131 985,00 ========= Artículo 3º.- La Ofi cina de Presupuesto y Programación de Inversiones de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del MIMDES solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Artículo 4º.- La Ofi cina de Presupuesto y Programación de Inversiones de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del MIMDES instruirá a la Unidad Ejecutora 009: Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual - PNCVFS, a fi n que elabore las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 5º.- Remitir copia de la presente Resolución a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23° de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, dentro de los cinco (5) días posteriores a su aprobación. Regístrese , comuníquese y publíquese. NIDIA VILCHEZ YUCRA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 375976-4 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante ofi cio dirigido al Director del Diario Ofi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse selladas y rubricadas en original por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio que hubiere en las diversas secciones del diario. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel. Si se hubiere utilizado el formato de la Sección Segunda aprobada por Decreto Supremo Nº 080-2001-PCM, se presentará en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL