Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 2009 (12/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES
Municipalidad Distrital de Los MORDAZA 5 000 000,00 Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho 5 000 000,00 Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA 5 000 000,00 Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores 5 000 000,00 Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres 5 000 000,00 Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA 5 000 000,00 Municipalidad Distrital de MORDAZA El MORDAZA 5 000 000,00 Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo 5 000 000,00 Municipalidad Provincial de MORDAZA - Chimbote 5 000 000,00 Municipalidad Provincial de Callao 5 000 000,00 Municipalidad Distrital de Ventanilla 5 000 000,00 Municipalidad Provincial de MORDAZA 5 000 000,00 Municipalidad Provincial de MORDAZA 5 000 000,00 Municipalidad Distrital de La MORDAZA 5 000 000,00 Municipalidad Provincial de Chiclayo 5 000 000,00 ---------------------TOTAL SECCION MORDAZA TOTAL GENERAL SECCIONES PRIMERA Y MORDAZA 105 000 000,00 --------------------353 000 000,00 ============

El Peruano MORDAZA, viernes 12 de junio de 2009

del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob. pe). 4.3 El pliego Ministerio de Salud podra realizar las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico que considere necesarias entre las actividades a que hace referencia el Anexo Nº 1, con el proposito de optimizar la asignacion realizada, en funcion a las metas establecidas. Articulo 5º.- Procedimiento para la aprobacion institucional 5.1 Los Titulares de Pliegos, segun corresponda, mediante Resolucion aprueban la desagregacion de los recursos a que se refieren los articulos 2º y 4º de la presente MORDAZA, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 5.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitaran a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevos Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 5.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruiran a las Oficinas correspondientes para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 6º.- De la atencion de los casos de influenza AH1N1. 6.1 Autorizase al pliego Ministerio de Salud a transferir con cargo a los recursos a que hace referencia el articulo 4º del presente Decreto de Urgencia, los creditos presupuestarios a favor de los pliegos involucrados en la prevencion, identificacion, vigilancia y tratamiento de casos de virus de influenza AH1N1, con cargo a los recursos a que hace referencia el articulo 4º del presente Decreto de Urgencia. 6.2 Las transferencias de recursos a que se refieren el numeral 6.1 del presente articulo se realizan bajo la modalidad de modificacion presupuestaria a nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector correspondiente y el Ministro de Economia y Finanzas. Articulo 7º.- De la normatividad aplicable para la ejecucion de obras Dispongase que para efecto de la ejecucion de obras con cargo a los recursos a que se refiere el presente Decreto de Urgencia, las entidades se sujetan a las medidas en materia de Contrataciones del Estado establecidas en el Decreto de Urgencia Nº 041-2009, siempre que cumplan con las condiciones dispuestas en el articulo 1º de dicho Decreto de Urgencia. Articulo 8º.- Disposicion Derogatoria Deroganse o dejanse en suspenso las disposiciones legales que se opongan a lo establecido por el presente Decreto de Urgencia, o limiten su aplicacion. Articulo 9º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economia y Finanzas, por el Ministro de Transportes y Comunicaciones, por el Ministro de Salud, por el Ministro de Agricultura, por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, por el Ministro de Defensa, por la Ministra del Interior, por el Ministro de Educacion y por la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social.

Articulo 3º.- De la desagregacion de los pliegos correspondientes a la Seccion Segunda: Instancias Descentralizadas Los pliegos presupuestarios correspondientes a la Seccion Segunda: Instancias Descentralizadas, Gobiernos Locales, para la desagregacion de los recursos habilitados en el articulo precedente, utilizaran la Estructura Funcional Programatica y Categoria de Gasto siguientes:
FUNCION PROGRAMA FUNCIONAL SUBPROGRAMA FUNCIONAL FUENTE DE FINANCIAMIENTO 15 : Transporte 036 : Transporte MORDAZA 0074 : Vias Urbanas 1 : Recursos Ordinarios

CATEGORIA DE GASTO Y GENERICA DEL GASTO GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos No Financieros

Articulo 4º.- De las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico en el pliego Ministerio de Salud 4.1 Dispongase las modificaciones en el nivel funcional programatico en el Pliego Presupuestario Ministerio de Salud, hasta por la suma de DIEZ MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 10 000 000,00), con el objeto de financiar acciones para la prevencion, identificacion, vigilancia y tratamiento de casos de virus de influenza AH1N1, de acuerdo al siguiente detalle:
DE: PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUNCION PROGRAMA FUNCIONAL SUBPROGRAMA FUNCIONAL FUENTE DE FINANCIAMIENTO PROYECTO 011 001 20 044 0097 (En Nuevos Soles) : Ministerio de Salud : Administracion General : Salud : Salud Individual : Atencion Medica Especializada

1 : Recursos Ordinarios

044977 : Hospital de Emergencia MORDAZA ­ Sur (Villa El Salvador) CATEGORIA DE GASTO Y GENERICA DEL GASTO GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos No Financieros 10 000 000,00 =========== A: PLIEGO UNIDAD EJECUTORA 011 : Ministerio de Salud 001 : Administracion Central - MINSA 10 000 000,00 ===========

Para las acciones a cargo del pliego Ministerio de Salud, conforme a lo siguiente: S/. 10 000 000,00 Para las acciones de prevencion, identificacion, vigilancia y tratamiento de casos de virus de influenza AH1N1.

4.2 Los montos referidos en el numeral precedente, referidos a los destinos de las modificaciones en el nivel funcional programatico realizadas en el pliego Ministerio de Salud, se detallan en el nivel de funcion, programa funcional, subprograma funcional, actividad, categoria de gasto y generica del gasto y se encuentran en el Anexo Nº 1 que se publica en el MORDAZA electronico

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