Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 2009 (12/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 12 de junio de 2009

Erratas de la Resolucion Jefatural Nº 0320-2009-ANA, publicada en nuestra edicion del dia 11 de junio de 2009. . En el Articulo 3º: DICE: 3.2 (...) b) aquellos destinados para riego complementario o cultivos de corto periodo vegetativo. DEBE DECIR: 3.2 (...) b) Aquellos que no estan destinados para riego complementario o cultivos de corto periodo vegetativo. 359515-1

"Articulo 14º.- Del Comite Tecnico Consultivo Crease el Comite Tecnico Consultivo de Ordenamiento Territorial, conformado por representantes de alto nivel de los siguientes organismos: a) Ministerio del Ambiente, quien lo presidira. b) Ministerio de Comercio Exterior y Turismo Viceministerio de Turismo. c) Ministerio de Educacion. d) Ministerio de Agricultura. e) Ministerio de la Produccion - Viceministerio de Pesqueria y Viceministerio de Industria. f) Ministerio de Defensa. g) MORDAZA de MORDAZA del Peru - Direccion General de Capitanias y Guardacostas y Direccion General de Hidrografia y Navegacion. h) Ministerio de Energia y Minas - Viceministerio de Energia y Viceministerio de Minas. i) Ministerio de Transportes y Comunicaciones. j) Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. k) Ministerio de Salud - Direccion General de Salud Ambiental. l) Ministerio de Economia y Finanzas - Viceministerio de Economia. m) Ministerio de Relaciones Exteriores. n) Presidencia del Consejo de Ministros - Secretaria de Descentralizacion y Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial. n) Instituto MORDAZA del Peru. o) Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas. p) Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana. q) Instituto Nacional de Cultura. r) Servicio Nacional de Meteorologia e Hidrologia. s) Instituto Geografico Nacional. t) Instituto Nacional de Defensa Civil. u) Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal. v) Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica. w) Un (01) representante del Gobierno Regional Callao. x) Un (01) representante de los Gobiernos Regionales. y) Un (01) representante de los Gobiernos Locales. z) Un (01) representante de la Asamblea Nacional de Rectores. aa) Un (01) representante de Perupetro S.A. bb) Dos (02) representantes de las Organizaciones de Pueblos Indigenas. cc) Dos (02) representantes de la Empresa Privada. dd) Dos (02) representantes de los Organismos No Gubernamentales de Desarrollo". Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro del Ambiente, por la Ministra de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de junio del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA BRACK EGG Ministro del Ambiente MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Vivienda, Construccion y Saneamiento MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 359830-2

AMBIENTE
Modifican el Articulo 14º del Reglamento de Zonificacion Ecologica y Economica aprobado por Decreto Supremo Nº 087-2004-PCM
DECRETO SUPREMO Nº 013-2009-MINAM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 087-2004PCM se aprobo el Reglamento de Zonificacion Ecologica y Economica - ZEE, el mismo que tiene por finalidad orientar la toma de decisiones sobre los mejores usos del territorio, considerando las necesidades de la poblacion que la habita y en MORDAZA con el ambiente; Que, el articulo 14º del mencionado Reglamento, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 023 y 0882007-PCM, crea el Comite Tecnico Consultivo relacionado con la Zonificacion Ecologica y Economica - ZEE y Ordenamiento Territorial, y dispone su conformacion por representantes de organismos publicos, privados y la sociedad civil; Que, el Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA) ha distribuido sus competencias entre el Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado SERNANP, adscrito al Ministerio del Ambiente, y en otros organismos del Ministerio de Agricultura; por su parte, el Instituto Nacional de Desarrollo - INADE se ha fusionado en el Ministerio de Agricultura; en tal sentido, no corresponde considerar a dichas entidades como integrantes del Comite; Que, asimismo, es conveniente integrar al Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas - SERNANP, al Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal COFOPRI, a la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica - ONGEI, al Gobierno Regional Callao y a Perupetro S.A. en el Comite Tecnico Consultivo en mencion, en razon a las competencias en la gestion del territorio que tienen dichas entidades, las mismas que se vinculan con las competencias propias de esta instancia multisectorial; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, y el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion del Reglamento de Zonificacion Ecologica y Economica - ZEE Modifiquese el articulo 14º del Reglamento de Zonificacion Ecologica y Economica - ZEE, aprobado por Decreto Supremo Nº 087-2004-PCM, el mismo que en adelante estara redactado con el siguiente texto:

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