Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2009 (30/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 30 de junio de 2009

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Ordenanza que aprueba el Plan Regional de Formacion Profesional
ORDENANZA REGIONAL Nº 167-2009/GRP-CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los Articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680; la Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley Nº 27783; la Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867, sus modificatorias - Ley Nº 27902; Ley Nº 28013; Ley Nº 28926; Ley Nº 28961; Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, y demas normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y el articulo 192º inciso 1. dispone que los gobiernos regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto; Que, en el contexto del derecho a la educacion, consagrado en el articulo 13 de la Constitucion Politica del Peru, asi como del articulo 2 de la Ley General de Educacion que la define como un MORDAZA de aprendizaje y ensenanza que se desarrolla a lo largo de toda la MORDAZA, y que contribuye a la formacion integral de las personas, al pleno desarrollo de sus potencialidades, a la creacion de cultura y al desarrollo de la familia y la comunidad, no es posible desligar a la formacion profesional del derecho a la educacion y del derecho al trabajo, pues es parte integrante del MORDAZA de aprendizaje destinado a capacitar para el trabajo; Que, el articulo 24 de la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, establece que las Direcciones Regionales de Trabajo y Promocion del Empleo son organos desconcentrados del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. En este sentido, estan encargadas de desarrollar las directivas y lineamientos tecnicos establecidos por los organos centrales del Ministerio, en concordancia con la politica del Estado y con los planes sectoriales y regionales en materia de Trabajo, Promocion del Empleo y la Micro y Pequena Empresa; Que, la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, senala que uno de los fines de la educacion peruana, en el MORDAZA del sistema educativo nacional: que comprende la educacion basica, la educacion tecnico ­ productiva y la educacion superior, es formar personas capaces de lograr su realizacion etica, intelectual, artistica, cultural, afectiva, fisica, espiritual y religiosa, promoviendo la formacion y consolidacion de su identidad y auto estima y su integracion adecuada y critica a la sociedad para el ejercicio de su ciudadania en MORDAZA con su entorno, asi como el desarrollo de sus capacidades y habilidades para vincular su MORDAZA con el MORDAZA del trabajo y para afrontar los incesantes cambios en la sociedad y el conocimiento; Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece como funcion especifica de los Gobiernos Regionales en materia de trabajo, promocion del empleo y la pequena y microempresa, el promover el dialogo y la concertacion con las organizaciones representativas de los trabajadores, empleadores y sectores de la sociedad vinculados en materia de trabajo,

promocion del empleo, formacion profesional y fomento de la micro y pequena empresa; Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2006ED de fecha 28 MORDAZA 2006 se aprobo los Lineamientos Nacionales de Politica de Formacion Profesional, y en su Articulo 2º, prescribe que "los Gobiernos son responsables del diseno de las politicas regionales en materia de formacion profesional, en concordancia con la politica nacional sobre dicha materia, la implementacion de los lineamientos de politica de formacion profesional estara a cargo de los gobiernos regionales con participacion de las Direcciones Regionales de Trabajo y Promocion del Empleo, de Educacion y la Sociedad Civil"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2008-ED de fecha 06 de junio 2008, se precisaron alcances sobre la implementacion de los lineamientos Nacionales de Politica de Formacion Profesional, ampliandose el plazo otorgado a las Direcciones Regionales de Trabajo y Promocion del Empleo y de Educacion en sesenta dias habiles, para concluir el MORDAZA de implementacion de los lineamientos de Politica de formacion Laboral; Que, de acuerdo al Reglamento de Organizacion y Funciones ­ROF- del Gobierno Regional MORDAZA, en su articulo 61º, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social le corresponde ejercer las funciones regionales en los sectores Educacion, Salud, Trabajo y Promocion Social, y Saneamiento; Que, en cumplimiento de este MORDAZA normativo, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 328-2008/GOBIERNO REGIONAL MORDAZA PR, de fecha 22 de MORDAZA 2008, se oficializo la conformacion del "Comite Tecnico encargado del MORDAZA de Implementacion de los Lineamientos Nacionales de Politica de Formacion Profesional" el que ha realizado un MORDAZA orientado a la formulacion de los Lineamientos Regionales de Politica de Formacion Profesional de manera concertada y participativa, buscando generar acuerdos y propuestas consensuadas con el objetivo de elevar la calidad de la Formacion Profesional y los niveles de adecuacion laboral; y en el mediano plazo contribuir a la mejora de la competitividad regional y nacional, que conlleva a una mejora en el nivel de MORDAZA de la Poblacion Economicamente Activa (PEA) de la Region; Que, teniendo en cuenta los documentos metodologicos que sustentaron, y con la asistencia tecnica de la Direccion Nacional de Formacion Profesional del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, que impulso el MORDAZA de concertacion con la activa participacion de actores del Estado y la Sociedad; el Comite ha concluido con la tarea de elaboracion del Plan Regional de Formacion Profesional en el cual se precisan los Lineamientos Regionales de Formacion Profesional. El documento contiene las politicas regionales, que se encuentran organizadas en torno a las siguientes areas tematicas: Dialogo Social; Pertinencia de la Formacion Profesional; Informacion de calidad y pertinente para la toma de decisiones y Sostenibilidad; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad en Sesion Ordinaria Nº 06 - 2009, de fecha 18 de junio del 2009, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN REGIONAL DE FORMACION PROFESIONAL Articulo Primero.- Aprobar, el Plan Regional de Formacion Profesional, documento en el cual se precisan los Lineamientos Regionales de Formacion Profesional, en concordancia con la Politica Nacional sobre dicha materia, cuyo texto integro forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia General Regional en coordinacion con la Gerencia Regional de Desarrollo Social el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional.

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