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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MAYO DEL AÑO 2009 (12/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 12 de mayo de 2009 395790 MDSL de fecha 28 de marzo del 2009 y Nº 018-2009- OL-MDSL. Que, es necesario remarcar que dicha adquisición se efectuará mediante acciones inmediatas en la cual la entidad efectuará las adquisiciones o contrataciones en forma directa, requiriéndose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las bases. La misma que podrá ser obtenida por cualquier medio de comunicación, incluyendo el facsímil y el correo electrónico. Que, el Artículo 21 de la Ley de Contrataciones del Estado, señala que las exoneraciones se aprueban mediante Acuerdo del Concejo Municipal, atribución indelegable, requiriéndose obligatoriamente de un informe técnico - legal previo y es publicado en el diario ofi cial El Peruano; de igual forma, Copia del Acuerdo y el Informe que los sustenta deben remitirse a la Contraloría General de la República y al Organismo Superior de las Contrataciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación; asimismo que las adquisiciones se realizan mediante acciones inmediatas; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en Sesión Ordinaria del 30 de Marzo del 2009; el Concejo Municipal de San Luis, por UNANIMIDAD: ACORDÓ: Aprobar la Exoneración del Proceso de Selección, por Causal de Situación de Desabastecimiento del Suministro de Insumos para el Programa de Vaso de Leche del Distrito de San Luis, por el plazo máximo de noventa (91) días o por el Período que dure el proceso de selección, para adquirir insumos según el siguiente detalle tope: DESCRIPCIÓN CANTIDAD UNIDAD DE MEDIDA PRECIO UNITARIO PRECIO S/. LECHE EVAPORADA MODIFICADA 7,200.00 Tarro x 410 gr 1,95 14,040.00 HOJUELAS DE QUINUA AVENA, ENRIQUECIDA FORTIFICADA. 2,019.72 Bolsa x 500 gr. 5.40 10,906.48 TOTAL 24,946.48 ARTURO ANTEZANA URBINA Alcalde 346380-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos refrendados por la persona acreditada en el Diario Ofi cial. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Ofi cial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o correo electrónico será considerado copia fi el del original para su publicación. 5.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 6.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justifi car y, si se agregasen gráfi cos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. 7.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de 7 puntos. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL