Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2009 (12/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, martes 12 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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de bisagras originarias de China, corresponde suprimir tales medidas. De conformidad con el Acuerdo Relativo a la Aplicacion del Articulo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, el Decreto Supremo Nº 006-2003-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2009-PCM, y el Decreto Legislativo Nº 1033; y, Estando a lo acordado unanimemente en su sesion del 24 de MORDAZA de 2009; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Suprimir, a partir del 27 de MORDAZA de 2009, la aplicacion de los derechos antidumping definitivos impuestos por Resolucion Nº 029-2004/ CDS-INDECOPI sobre las importaciones de bisagras de MORDAZA o hierro, livianas y pesadas, MORDAZA capuchino y fijas, modelo libro, con cualquier acabado, de longitud menor o igual a 5 pulgadas, originarios de la Republica Popular China. Articulo 2º.- Notificar la presente Resolucion a Bisagras Peruanas S.A.C. ­ BISA, al gobierno de la Republica Popular China y a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria ­ SUNAT, para los fines correspondientes. Articulo 3º.- Publicar la presente Resolucion por una (01) vez en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad con lo establecido en el articulo 33° del Decreto Supremo Nº 006-2003-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2009-PCM. Con la intervencion de los senores miembros de Comision: MORDAZA MORDAZA Piazza, MORDAZA Aguayo Luy y MORDAZA MORDAZA Mendez. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PIAZZA Presidente
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hacerse extensivo indiscriminadamente a quienes no se encuentren en esta situacion; Segundo: Asimismo, el articulo VIII del Titulo Preliminar del Codigo Procesal Civil, modificado por Ley Nº 26846, establece que el acceso al servicio de justicia es gratuito, sin perjuicio del pago de costas, costos y multas establecidas por dicho Codigo y por disposiciones administrativas del Poder Judicial; Tercero: Que, dentro del MORDAZA de la MORDAZA acotada es necesario regular el pago de los Aranceles Judiciales, de conformidad con los principios juridicos que los sustentan y demas disposiciones vigentes, sobre la base de criterios tecnicos orientados a favorecer un mejor desarrollo de la actividad procesal; Cuarto: Que, mediante Resolucion Administrativa N° 086-2008-CE-PJ, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 1 de MORDAZA de 2008, se aprobo el cuadro de Valor de Aranceles Judiciales para el Ejercicio Gravable 2008; Quinto: Que, por Decreto Supremo N° 169-2008EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano el dia 25 de diciembre de 2008, se determina el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el Ejercicio Gravable del ano 2009 en la suma de S/. 3,550.00 (Tres Mil Quinientos Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles); Sexto: Que, para la aplicacion de las cuantias de los Aranceles Judiciales, se fija la Unidad de Referencia Procesal (URP) cuyo valor es equivalente al 10% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), la misma que asciende a la suma de S/. 355.00 (Trescientos Cincuenta y Cinco y 00/100 nuevos soles) para el Ejercicio Gravable del ano 2009; Setimo: Que, solamente estan afectos al pago de Aranceles Judiciales los actos procesales referidos a la presente resolucion; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe de la senorita Consejera MORDAZA MORDAZA Munoz, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar para el Ejercicio Gravable del ano 2009 el Cuadro de Valores de los Aranceles Judiciales referido a los siguientes actos procesales:
INDICE DE MONTO URP (S/.) PROCESOS CONTENCIOSOS 1.- POR ACTOS PROCESALES CUYO VALOR DE LA PRETENSION SEA HASTA DOSCIENTOS CINCUENTA (250) URP O DE CUANTIA INDETERMINABLE. a) Por ofrecimiento de pruebas o por calificacion de Titulo ejecutivo o de ejecucion. b) Por ofrecimiento de pruebas por Excepciones y Defensas Previas. c) Por solicitud de Nulidad de actos procesales. d) Por recurso de apelacion de autos. e) Por recurso de apelacion de sentencias. f) Por recurso de Nulidad y casacion. g) Por recurso de queja. h) Por actuaciones a realizarse fuera del Local Judicial. i) Por formas especiales de conclusion del proceso. j) Por suspension convencional del MORDAZA (excepto Conciliacion y Abandono). k) Por cada folio de MORDAZA certificada. l) Por exhorto: Dentro del Distrito Judicial Otro Distrito Judicial Al Extranjero m) Por Otorgamiento de Poder por Acta. 10,0% 10,0% 10,0% 10,0% 40,0% 160,0% 25,0% 50,0% 28,0% 28,0% 1,0% 10,0% 20,0% 50,0% 10,0% 35,50 35,50 35,50 35,50 142,00 568,00 88,75 177,50 99,40 99,40 3,55 35,50 71,00 177,50 35,50

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Aprueban Cuadro de Valores de los Aranceles Judiciales para el Ejercicio Gravable del ano 2009
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 111-2009-CE-PJ

MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2009 VISTA: La propuesta del MORDAZA Cuadro de Valores de Aranceles Judiciales para el ejercicio gravable 2009, remitida por la Gerencia General del Poder Judicial mediante Oficio Nº 086-2009-GG/PJ; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, la potestad de administrar justicia emana del pueblo y es ejercida por el Poder Judicial, a traves de sus organos jerarquicos con arreglo a la Constitucion y a las leyes, conforme lo prescribe el articulo 138º de la Constitucion Politica del Estado. Asimismo, en el articulo 139º, numeral 16, de la citada Carta Fundamental se establece el MORDAZA de Gratuidad de la Administracion de Justicia, para las personas de escasos recursos economicos; MORDAZA que no puede

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