Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2009 (24/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 24 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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requisitos exigidos en la Ley Nº 29227 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2008-JUS y en consecuencia debe procederse con su aprobacion; Que, lo solicitado por la Municipalidad Distrital de Mala cuenta con la opinion favorable de la Asesoria Juridica, a traves del Informe Legal Nº 185-2009-AS.LEG.MPC y el dictamen favorable de la Comision de Asuntos Juridicos. Solicitud que es elevado al Pleno del Concejo para su determinacion; Estando a lo expuesto, de conformidad con las atribuciones conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con el MORDAZA unanime de los senores regidores y, con la dispensa del tramite de aprobacion del acta; SE ACORDO: Articulo 1º.- Ratificar la Ordenanza Nº 002-2009MDM, de fecha 27 de febrero de 2009, de la Municipalidad Distrital de Mala, que regula el Procedimiento No Contencioso de Separacion Convencional y Divorcio Ulterior, de acuerdo a los considerandos del presente. Articulo 2º.- Comunicar a la Municipalidad Distrital de Mala el presente y, a quienes corresponda para su cumplimiento. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA J. MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA 351643-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Aprueban la "Habilitacion MORDAZA de Tambo de Mora"
RESOLUCION N° 395-2009-A/MPCH Chincha Alta, 21 de MORDAZA de 2009 Visto; el Informe Nº 251-SGA/MPCH de fecha 18 de MORDAZA del 2009, emitido por la Sub-Gerencia de Abastecimiento, sobre Informe Tecnico Legal para el MORDAZA Exonerado "Habilitacion MORDAZA Tambo de Mora", ubicado en el Fundo Huanqui y Lechuza, Chacra Abajo Distrito de Chincha Baja, Provincia de Chincha; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por el Articulo Unico de la Ley Nº 28607, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipales Nº 27972, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales como organos de Gobierno Local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, con fecha 22 de MORDAZA de 2009 se publico en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo Nº 093-2009EF por el cual se Autoriza Transferencia de Partidas a favor de la Municipalidad Provincial de Chincha destinada a la ejecucion del proyecto "Habilitacion MORDAZA de Tambo de Mora", autorizandose un Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, hasta por la suma de S/. CUATRO MILLONES CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES; Que, dicha MORDAZA reglamentaria, el D.S Nº 093-2009-EF tiene como sustento la Ley Nº 29078 y sus modificatorias, que se crea el Fondo para la Reconstruccion Integral de las Zonas afectadas por el sismo del 15 de agosto de 2007, denominado FORSUR, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con autonomia economica, financiera y tecnica, constituyendose para dicho efecto en Unidad Ejecutora de la Presidencia del Consejo de Ministros, con el objeto de lograr la rehabilitacion y reconstruccion de las zonas declaradas en estado de emergencia a traves del D.S Nº 068-2007-PCM y sus ampliatorias y sobre el cual el FORSUR ha elaborado un "Plan de Reconstruccion del Sur" con el objetivo de

lograr la Reconstruccion Economica, Social y Ambiental de las zonas afectadas por los sismos del 15 de agosto de 2007, el cual servira de guia y herramienta articuladora de las acciones que se han propuesto ejecutar las distintas instancias del Gobierno Nacional, Regional y Local, las organizaciones privadas y las asociaciones de pobladores, con el proposito de reconstruir la infraestructura publica danada por los sismos del 15 de agosto de 2007; Que, teniendo en cuenta que la "Habilitacion MORDAZA Tambo de Mora", se crea adquiriendose un terreno para los damnificados del Distrito de Tambo de MORDAZA de MORDAZA, Provincia de Chincha, que perdieron sus viviendas como consecuencia del sismo del 15 de Agosto de 2007 y que han sido reubicados en dicho predio denominado Fundo Huanqui y Lechuza, Chacra Abajo del Distrito de Chincha Baja, Provincia de Chincha, es oportuno que dichos pobladores cuenten con vivienda con sus elementales servicios basicos para sus pobladores. Que, a la fecha esta vigente el D.S Nº 026-2009PCM que declara en Estado de Emergencia en el Departamento de Ica, las Provincias de Canete y Yauyos en el Departamento de MORDAZA y las Provincias de Castrovirreyna, Huaytara y los Distritos de Acobambilla y Manta de la provincia de Huancavelica del Departamento de Huancavelica, se ha declarado por el termino de 60 dias naturales, a partir del 7 de MORDAZA del 2009. Que, es oportuno, entonces, que se aplique el Decreto de Urgencia Nº 003-2008 publicado en el Diario Oficial "El Peruano" con fecha 8 de Enero del 2008, que considera la suspension por el plazo de dos (2) anos la aplicacion del numeral 7.1 del Articulo 7º de la Ley Nº 29078 y su modificatoria; Que, consecuentemente, conforme lo establece el numeral 1.2 las contrataciones de bienes, servicios y obras relacionadas con la rehabilitacion, construccion y reconstruccion de las infraestructuras, se sujetaran al procedimiento contemplado en el articulo 6º del Decreto de Urgencia Nº 026-2007 debiendo cursarse invitacion a un minimo de tres (3) proveedores, pudiendo otorgarse la buena pro aun en los casos que se declare valida una unica propuesta. Que, se ha emitido el Informe Nº 310-2009-GAT/MPCH de la Gerencia deAcondicionamiento Territorial de la Municipalidad Provincial de Chincha, que emite la recomendacion para que el procedimiento de recursos por transferencia aprobadas por FORSUR se siga con el procedimiento que indica el Decreto de Urgencia Nº 003-2008, concretamente el uso excepcional de contrataciones. Que, la Sub-Gerencia de Abastecimiento, por Informe Nº 251-SGA/MPCH indica y refiere a las normas MORDAZA indicadas, aplicables al presente caso, materia del pedido, refiriendo que la "Habilitacion MORDAZA de Tambo de Mora" consiste en: 1. Urbanismo a) Construccion de Pistas y Veredas y muros de contencion. 2. Sistema de Electrificacion a) Sub-Sistema de Distribucion de 10 kv b) Red de Distribucion Secundaria. 3. Sistema de Saneamiento a) Construccion del sistema de agua potable b) Construccion del sistema de alcantarillado, para dichos pobladores damnificados. Estando a lo que se expone, informe del Gerente de AcondicionamientoTerritorial, Sub Gerencia deAbastecimiento, Informe Legal y de conformidad a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades N° 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la "Habilitacion MORDAZA de Tambo de Mora" ubicado en el Fundo Huanqui y Lechuza, Chacra Abajo Distrito de Chincha Baja, Provincia de Chincha, dentro del Estado de Emergencia, MORDAZA exonerado de conformidad con las normas Decreto de Urgencia Nº 003-2008 y el Decreto de Urgencia Nº 0262007, respectivamente. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Acondicionamiento Territorial, Sub Gerencia de Abastecimiento el cumplimiento de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- La Secretaria General debe hacer la publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA GRAU MORDAZA 351381-1

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