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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 24 de mayo de 2009 396423 No. DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO Y RESPALDO LEGAL REQUISITOS ( ver lista de requisitos comunes para presentación de escritos y recursos ) DERECHO DE PAGO % UIT DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE AUTORIDAD QUE APRUEBA O RESUELVE RECURSO IMPUGNATIVO Y AUTORIDAD QUE RESUELVE ( ver lista de requisitos comunes para presentación de escritos y recursos) AUTO MATICO EVALUAC. PREVIA POSI TIVO NEGA TIVO 5.10 Modifi cación del convenio de fraccionamiento 1. Solicitud verbal Gratuito X Plataforma de Subgerente de o aplazamiento de deudas tributarias y no Atención al Registro Tributario tributarias Contribuyente y Recaudación - Art. 36 D.S.135-99-EF (19.08.1999) o - D.A. No. 022-2006 (10.11.1006) Ejecución Coactiva - Ordenanza No. 102 del 20.05.2005 (según el estado de - Ordenanza No. 140 del 25.01.2007 la deuda) 5.11 Devolución de pagos realizados indebidamente 1. Formulario No. 204 (autocopiativo) debidamente llenado y suscrito. Gratuito 45 días Unidad de Subgerente de 1. Recurso de reclamación: Subgerente de Registro o en exceso 2. De requerirse, copia del comprobante de pago que se reputa indebido o Trámite Documentario Registro Tributario Tributario y Recaudación - Art. 38 del D.S.No.135-99 (19.8.1999) en exceso o resolución de la cual se deriva el derecho a solicitarlo, según y Archivo y Recaudación Plazo: 20 días - Ordenanza No. 102 del 20.05.2005 sea el caso 2. Recurso de apelación: Tribunal Fiscal - Ordenanza No. 140 del 25.01.2007 3. No presentar deudas tributarias y administrativas. Plazo: 15 días 5.12 Compensación y Transferencia de deuda tributaria 1. Formulario No. 205 o 206 (mecanizado), según corresponda, debidamente suscrito por el titular del pago Gratuito X Plataforma de Subgerente de con créditos por pagos indebidos o en exceso indebido ó en exceso Atención al Registro Tributario - Art. 40 del D.S.No.135-99 (19.8.1999) 2. De requerirse, copia del comprobante de pago que se reputa indebido o Contribuyente y Recaudación - Ordenanza No. 102 del 20.05.2005 en exceso o resolución de la cual se deriva el derecho a solicitarlo, según - Ordenanza No. 140 del 25.01.2007 sea el caso 5.13 Solicitud de prescripción (sólo deudas tributarias) 1. Solicitud debidamente fundamentada y suscrita por el contribuyente Gratuito 30 días Unidad de Trámite Subgerente de 1. Recurso de apelación: Tribunal Fiscal - Art. 43 y ss. del D.S.No.135-99 (19.8.1999) Documentario y Registro Tributario Plazo presentación: 15 días - Ordenanza No. 102 del 20.05.2005 Archivo y Recaudación - Ordenanza No. 140 del 25.01.2007 5.14 Reclamaciones Para todos los supuestos: Gratuito Unidad de Subgerente de 1. Apelación: Tribunal Fiscal ó Gerencia Municipal - Art. 132 y ss. del D.S.No.135-99 (19.8.1999) 1. Escrito debidamente fundamentado, autorizado por abogado habilitado, por cada tipo Trámite Documentario Registro Tributario Plazo: 15 días - Ordenanza No. 102 del 20.05.2005 de deuda reclamada. y Archivo y Recaudación - Ordenanza No. 140 del 25.01.2007 2. Copia del documento que contiene el acto reclamado. o Subgerente de Fiscalización Adicionalmente: Tributaria (según la que haya 5.14.1 Reclamación contra Orden de Pago 1. Indicación del número del comprobante de pago de la totalidad de la deuda actualizada, 9 meses emitido el - Art. 135 y ss. del D.S.No.135-99 (19.8.1999) excepto cuando medien circunstancias que evidencien que la cobranza requerimiento de podría ser improcedente pago) 5.14.2 Reclamación contra Resolución de 1. Dentro del plazo de 20 días: indicación del número de comprobante de pago de la parte Determinación, Resolución de Multa no reclamada Tributaria u otro acto que tenga relación 2. Después del plazo de 20 días: indicación del número de comprobante de pago de la totalidad 9 meses directa con la determinación la de la deuda reclamada o carta fi anza bancaria o fi nanciera por el monto total de la obligación tributaria deuda actualizada hasta por seis (06) meses renovables. - Art. 135 y ss. del D.S.No.135-99 (19.8.1999) 5.14.3 Reclamación contra las resoluciones que 6 meses establecen pérdida del fraccionamiento , resuelven la solicitud de devolución o determinan responsabilidad solidaria. - Art. 135 y ss. del D.S.No.135-99 (19.8.1999)