Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 2009 (05/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, jueves 5 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES
MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica

405587

CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 060-2009-PCM del 9 de setiembre de 2009, se declaro por (60) dias a partir del 11 de setiembre de 2009, el Estado de Emergencia en el distrito de Cholon de la provincia de Maranon, en el distrito de MORDAZA de la provincia de Huamalies, y en la provincia de MORDAZA MORDAZA, circunscripciones ubicadas en el departamento de Huanuco; en la provincia de Tocache del departamento de San Martin; y en la provincia de Padre MORDAZA del departamento de Ucayali; Que, aun subsisten las condiciones que determinaron la declaracion del Estado de Emergencia en dichas circunscripciones, por lo que resulta necesario prorrogar su vigencia; Que, la Convencion Americana sobre Derechos Humanos permite, en el numeral 1) del articulo 27°, que un Estado Parte suspenda el ejercicio de determinados derechos humanos cuando exista un peligro publico que amenace su seguridad; De conformidad con lo establecido en los numerales 4) y 14) del articulo 118º, el numeral 1) del articulo 137º de la Constitucion Politica del Peru y los literales b) y d) del numeral 2) del articulo 4° de la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, y con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Prorroga del Estado de Emergencia Prorrogar por el termino de sesenta (60) dias adicionales, a partir del 10 de noviembre de 2009, el Estado de Emergencia declarado en el distrito de Cholon de la provincia de Maranon, en el distrito de MORDAZA de la provincia de Huamalies, y en la provincia de MORDAZA MORDAZA, circunscripciones ubicadas en el departamento de Huanuco; en la provincia de Tocache del departamento de San Martin; y en la provincia de Padre MORDAZA del departamento de Ucayali. El Ministerio del Interior mantendra el control del orden interno con el apoyo de las Fuerzas Armadas. Articulo 2º.Suspension de Derechos Constitucionales Durante la prorroga del Estado de Emergencia a que se refiere el articulo anterior y en las circunscripciones senaladas en el mismo, quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la MORDAZA y seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio y la MORDAZA de reunion y de MORDAZA en el territorio, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24) apartado f) del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa, el Ministro del Interior y el Ministro de Justicia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de noviembre del ano dos mil nueve.

MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros y Encargado del Despacho del Ministerio de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 418518-3

Encargan el Despacho de la Presidencia de la Republica al Primer Vicepresidente
RESOLUCION SUPREMA Nº 283-2009-PCM MORDAZA, 04 de noviembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, el senor Presidente Constitucional de la Republica, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, viajara el dia 6 de noviembre del presente ano a la MORDAZA de Guadalajara, Estados Unidos Mexicanos, con el objeto de participar en la XLVII Asamblea General de la Organizacion Deportiva Panamericana ODEPA-, evento en el cual se decidira la sede de los XVII Juegos Deportivos Panamericanos 2015, a la que postula la MORDAZA de Lima; Que, en consecuencia, es necesario encargar las funciones del Despacho de la Presidencia de la Republica al senor MORDAZA Giampietri MORDAZA, Primer Vicepresidente de la Republica, en tanto dure la ausencia del senor Presidente de la Republica; De conformidad con el Articulo 115º de la Constitucion Politica del Peru; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Encargar el Despacho de la Presidencia de la Republica al senor MORDAZA Giampietri MORDAZA, Primer Vicepresidente de la Republica, el dia 6 de noviembre del 2009 y en tanto dure la ausencia del senor Presidente de la Republica. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros 418518-7

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