Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (05/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 5 de noviembre de 2009 405598 Artículo 5° .- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 418518-12 Autorizan viaje de Personal Militar FAP para participar en la XVII Reunión de Efemérides Históricas y Culturales que se realizará en Chile RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 488-2009-DE/FAP Lima, 4 de noviembre de 2009 Visto, el Fax N° 068-AIN3 de fecha 06 de octubre de 2009, del Comandante General del Ala Aérea N° 3 de la Fuerza Aérea del Perú y el Mensaje SGFA-131700 del mes de octubre de 2009, del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República de Chile, del 08 al 12 de noviembre de 2009, al Personal Militar FAP que se indica en la parte resolutiva, quienes conformarán la Delegación FAP que participará en la XVII Reunión de Efemérides Históricas y Culturales, a realizarse en la ciudad de Santiago; Que, la citada comisión se encuentra incluida en el Anexo 03, rubro 5, Medidas de Confi anza Mutua, item 167, de la Resolución Suprema N°381-2009-DE, del 11 de setiembre de 2009; la misma que modifi ca el Plan Anual de Viajes del Sector Defensa para el Año Fiscal 2009, aprobado con la Resolución Suprema N° 028-2009 DE/ SG del 19 de enero de 2009; y, De conformidad con la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley N° 29075 - Ley que Establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004, modifi cado por el Decreto Supremo N° 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004 y por el Decreto Supremo N° 004- 2009-DE/SG del 03 de febrero de 2009, Ley N° 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República de Chile, del 08 al 12 de noviembre de 2009, al Personal Militar FAP que se indica a continuación, quienes conformarán la Delegación FAP que participará en la XVII Reunión de Efemérides Históricas y Culturales, a realizarse en la ciudad de Santiago: Mayor General FAP PEDRO EUGENIO GRACEY ARAOZ Coronel FAP FELIX JOSE RUSCA BARRENECHEA Coronel FAP CARLOS ENRIQUE CHAVEZ CATERIANO Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Viáticos: US $ 200 x 05 días x 03 personas Artículo 3°.-El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la comisión, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4°.- El citado personal deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 6° y 10° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y a la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004- DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y su modifi catoria el Decreto Supremo N 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004. Artículo 5°.-La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.-La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 418518-13 Autorizan viaje de Personal Naval a Argentina y Uruguay, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 489-2009-DE/MGP Lima, 4 de noviembre de 2009 Visto el Ofi cio G.500-4645 del Secretario del Comandante General de la Marina de fecha 12 de octubre de 2009; CONSIDERANDO: Que, el Perú mantiene con Argentina y Uruguay un excelente nivel de relaciones, tanto en los campos político, económico-comercial, social y de cooperación en materia de defensa y seguridad, entre otros; Que, el Jefe del Estado Mayor General de la Armada Argentina y el Comandante en Jefe de la Armada de la República Oriental del Uruguay, han cursado invitación al Almirante Comandante General de la Marina de Guerra del Perú y UN (1) Ofi cial, para que efectúen una visita profesional para conocer de cerca la organización y las realidades industriales de sus Armadas, actividad que fortalecerá los vínculos de amistad e incrementarán la relación y medidas de confi anza mutua entre nuestras naciones; Que, en el orden de ideas antes expuesto, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Almirante Rolando Antonio NAVARRETE Salomón y Capitán de Corbeta Giancarlo Alberto ESPINO Arias, para que viajen a las ciudades de Buenos Aires - ARGENTINA y Montevideo - URUGUAY, para que efectúen una visita profesional para conocer de cerca la organización y las realidades industriales de las Armadas de dichos países; por cuanto la experiencia a adquirirse redundará en benefi cio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, los viajes antes mencionados se encuentran incluidos en el Anexo 3, Rubro 5: Medidas de Confi anza Mutua, Ítem 157, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 183-2009-DE de fecha 29 de mayo de 2009 y Anexo 3, Rubro 5: Medidas de Confi anza Mutua, Ítem 165, aprobado mediante Resolución Suprema N° 381-2009