TEXTO PAGINA: 8
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 5 de noviembre de 2009 405590 Complementaria Modifi catoria del Decreto Legislativo Nº 1013 respecto a las funciones asignadas al Viceministerio de Desarrollo Estratégico de Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 211-2009- MINAM, se autorizó el viaje de la señora Zoila del Rosario Gómez Gamarra, Viceministra de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, a fi n de participar en la visita al Programa Socio Bosque en el Ecuador en el marco del proceso de formulación y lanzamiento del Programa “Conservando Juntos, Compensación por Conservación de Bosques con Comunidades Nativas Amazónicas para Contribuir al Alivio de la Pobreza”, del 20 al 23 de octubre del año en curso; Que, con el propósito de garantizar la operatividad de la gestión del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente, resulta necesario encargar durante dicho período, las funciones del referido Viceministerio; De conformidad con lo establecido en el artículo 25° de la Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1013 - Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente aprobado por Decreto Supremo Nº 007- 2008-MINAM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar del 20 al 23 de octubre de 2009, las funciones de Viceministra de Desarrollo Estratégico de Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente a la señora ANA MARÍA GONZALEZ DEL VALLE BEGAZO, Viceministra de Gestión Ambiental, en adición a las funciones propias de su cargo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTONIO JOSÉ BRACK EGG Ministro del Ambiente 417545-2 Oficializan a setiembre como mes de la Promoción de la Gestión Integral de los Residuos Sólidos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 214-2009-MINAM Lima, 20 de octubre de 2009 Visto: El Memorandum N° 180-2009-DGCA-VMGA/ MINAM del 30 de setiembre de 2009, a través del cual la Dirección General de Calidad Ambiental del Vice Ministerio de Gestión Ambiental solicita la ofi cialización del mes de setiembre como el mes de la promoción de la Gestión Integral de los Residuos Sólidos. CONSIDERANDO: Que, el artículo 2° del Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, establece que el Ministerio del Ambiente (MINAM) es un organismo del Poder Ejecutivo, cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; Que, el artículo 3° del citado Decreto Legislativo, señala que el objetivo del MINAM es la conservación del ambiente, de modo tal que se propicie y asegure el uso sostenible, responsable, racional y ético de los recursos naturales y del medio que los sustenta, que permita contribuir al desarrollo integral social, económico y cultural de la persona humana, en permanente armonía con su entorno; Que, de acuerdo al literal j) del numeral 3.3. del artículo 3° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-MINAM, es función del MINAM, entre otros, promover y coordinar la adecuada gestión de residuos sólidos; Que, asimismo, la Política Nacional del Ambiental, aprobada por Decreto Supremo N° 012-2009-MINAM, establece como uno de sus principales lineamientos (Eje de Política N° 2 - la Gestión Integral de la Calidad Ambiental, punto 4 - Residuos Sólidos), el impulsar campañas nacionales de educación y sensibilización ambiental para mejorar las conductas respecto del arrojo de basura y fomentar la reducción, segregación, reuso y reciclaje, así como el reconocimiento de la importancia de contar con rellenos sanitarios para la disposición fi nal de los residuos sólidos; Que, la Ley N° 27314, Ley General de Residuos Sólidos, modificado por el Decreto Legislativo N° 1065, establece que el MINAM promueve la adecuada Gestión de Residuos Sólidos a través del Sistema Nacional de Gestión Ambiental regulado por la Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental; Que, en ese sentido, la limpieza de las ciudades, viviendas, carreteras, lugares de recreo y espacios públicos en general es de imperiosa necesidad; no sólo como una medida sanitaria, de ornato y urbanidad destinada a prevenir enfermedades sino también para que se promueva el pleno desarrollo humano en sus dimensiones sociales, económicas y culturales. Por lo tanto, se asume que el manejo de los residuos sólidos requiere la participación ciudadana, del Estado y del sector empresarial a partir de un diseño de objetivos, valores y metas estratégicas muy claras, que se relacionen con la promoción de la limpieza de las ciudades y la prevención sanitaria; Que, con motivo del XXVIII Congreso Interamericano de la Asociación Interamericana de Ingeniería Sanitaria y Ambiental (AIDIS), realizado en Cancún, México, en el año 2002, se suscribió la Declaración del Día Interamericano de la Limpieza y Ciudadanía (DIADESOL), que se celebrará todos los años durante la tercera semana del mes de setiembre, teniendo como fecha central el tercer sábado del precitado mes; Que, por todo lo expuesto, resulta necesario ofi cializar a partir del año 2010, el mes de setiembre de todos los años, como el mes de la Promoción de la Gestión Integral de los Residuos Sólidos, teniendo como fecha principal el tercer sábado del citado mes con la fi nalidad de conmemorar el “Día Interamericano de la Limpieza y Ciudadanía”; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente; la Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental; el Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-MINAM; el Decreto Supremo N° 012-2009-MINAM que aprueba la Política Nacional del Ambiente; y, la Ley N° 27314, Ley General de Residuos Sólidos, modifi cado por el Decreto Legislativo N° 1065. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ofi cializar el mes de setiembre como el mes de la Promoción de la Gestión Integral de los Residuos Sólidos, a través de la realización de actividades alusivas al tema, teniendo como fecha central el tercer sábado del citado mes, en el cual se conmemorará el “Día Interamericano de la Limpieza y Ciudadanía – DIADESOL” Artículo 2º.- La celebración del Día Internacional de la Limpieza y Ciudadanía – DIADESOL” será una oportunidad para sensibilizar a la población y proponer soluciones participativas a los problemas relacionados con el manejo de los residuos sólidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTONIO JOSÉ BRACK EGG Ministro del Ambiente 417545-1