Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2010 (26/04/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 26 de abril de 2010 417973 el peticionante satisface los requisitos previstos en el artículo 4 del Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras, por lo que debe disponerse la inscripción de la empresa TYM ENCUESTADORA DE OPINION Y MARKETING SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, asignándosele un número de registro y procediéndose a la apertura de la partida correspondiente. 3. El artículo 191 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, prevé que la publicación o difusión de encuestas y proyecciones de cualquier naturaleza sobre los resultados de las elecciones a través de los medios de comunicación puede efectuarse hasta el domingo anterior al día de las elecciones. De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante la Resolución N° 130-2008-JNE. Por tanto ,el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Artículo Primero.- Inscribir en el Registro Electoral de Encuestadoras a la empresa TYM ENCUESTADORA DE OPINION Y MARKETING SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, la que deberá sujetar su actividad a las atribuciones y prohibiciones establecidas en las normas electorales respectivas. Artículo Segundo.- Abrir la partida correspondiente a dicha encuestadora, asignándole como código de identifi cación el Registro N° 174 -REE/JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SIVINA HURTADO PEREIRA RIVAROLA MONTOYA ALBERTI VELARDE URDANIVIA Bravo Basaldúa Secretario General 484047-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan el cierre temporal de cinco agencias del Banco de Crédito del Perú S.A., ubicadas en el departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 3071-2010 Lima, 6 de abril de 2010 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú S.A. para que se le autorice el cierre temporal de cinco (05) Agencias, de acuerdo con el detalle descrito en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente para los mencionados cierres temporales; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “A” mediante el Informe Nº 59-2010- DSB “A”; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar en vías de regularización al Banco de Crédito del Perú S.A. el cierre temporal de seis (05) Agencias, entre el 27 de marzo y el 09 de mayo de 2010 como máximo, según el siguiente detalle: - Agencia Antúnez de Mayolo (Código SBS 357), ubicada en Av. Antúnez de Mayolo 1337, distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima; - Agencia Habich (Código SBS 349), ubicada en Av. Eduardo de Habich 245, distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima; - Agencia Mendiola (Código SBS 222), ubicada en Av. Alfredo Mendiola 3609, distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima; - Agencia Mega Plaza 2, ubicada en Av. Industrial 3515 - 3517, Urb. Industrial, Panamericana Norte, distrito de Independencia, provincia y departamento de Lima; - Agencia Uniplaza (Código SBS 489), ubicada en Av. Alfredo Mendiola 7038 - 7042, Fundo Santa Luzmila, distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE Intendente General de Banca 485186-2 Autorizan al Banco de Crédito del Perú S.A. la apertura de agencia ubicada en el distrito de San Isidro, provincia de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 3269-2010 Lima, 14 de abril de 2010 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú S.A. para que se le autorice la apertura de una agencia ubicada en Calle Las Begonias Nº 465 – 467, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria “A”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009;