Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2010 (04/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 4 de agosto de 2010

Establecen requisitos fitosanitarios para la importacion de MORDAZA frescas cortadas de ranunculo de origen y procedencia MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 37-2010-AG-SENASA-DSV La MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2010

Aprueban Procedimiento para la Certificacion Fitosanitaria de las frutas frescas de palta de la variedad Hass, destinada a la exportacion a EE.UU.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 38-2010-AG-SENASA-DSV La MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2010 VISTO:

VISTO: El Informe Nº 032-2010-AG-SENASA-DSV-SARVF de fecha 31 de MORDAZA de 2010, el cual busca establecer los requisitos fitosanitarios para la importacion de MORDAZA frescas cortadas de ranunculo (Ranunculus spp.) de origen y procedencia Chile; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al MORDAZA como importacion, MORDAZA internacional o cualquier otro regimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos beneficos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, asi como los medios utilizados para transportarlos, se sujetaran a las disposiciones que establezca, en el ambito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria; Que, en el Articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria-SENASA publicara los requisitos fito y zoosanitarios en el Diario Oficial El Peruano y se notificaran a la Organizacion Mundial del Comercio; Que, ante el interes en importar al MORDAZA MORDAZA frescas cortadas de ranunculo (Ranunculus spp.) procedente de Chile; la Subdireccion de Analisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria de la Direccion de Sanidad Vegetal del SENASA, inicio el respectivo estudio con la finalidad de establecer los requisitos fitosanitarios para la importacion del mencionado producto; Que, como resultado de dicho estudio la Subdireccion de Cuarentena Vegetal, ha establecido los requisitos fitosanitarios necesarios para garantizar un nivel adecuado de proteccion al MORDAZA, minimizando los riesgos en el ingreso de plagas cuarentenarias; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, la Resolucion Directoral Nº 09-2010-AG-SENASA-DSV y con el visto MORDAZA de la Directora General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Establecer los requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importacion de MORDAZA frescas cortadas de ranunculo (Ranunculus spp.) de origen y procedencia MORDAZA de la siguiente manera: 1. Que el envio cuente con el Permiso Fitosanitario de Importacion emitido por el SENASA, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificacion y embarque en el MORDAZA de origen o procedencia. 2. El envio debera venir acompanado de un Certificado Fitosanitario oficial del MORDAZA de origen. 3. Los productos estaran contenido en envases nuevos y de primer uso. 4. Inspeccion fitosanitaria en el punto de ingreso al pais. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BARRENECHEA MORDAZA Director General Direccion de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 525053-1

El Informe Tecnico N° 12­2010-AG-SENASA-DSVSCV del 08 de MORDAZA de 2010, de la Subdireccion de Cuarentena Vegetal de la Direccion de Sanidad Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 13 de Ley General de Sanidad Agraria aprobada por el Decreto Legislativo N° 1059, Ley General de Sanidad Agraria, establece que la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria, realizara la certificacion fitosanitaria, previa inspeccion de las plantas y productos vegetales destinados a la exportacion; Que, el Articulo 14 del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado por el Decreto Supremo N° 018-2008-AG, el Reglamento General de la Ley General de Sanidad Agraria establece que los productores y exportadores son responsables de velar por la calidad de sus productos destinados a la exportacion y de la implementacion de un sistema de trazabilidad interno que permita accionar al SENASA ante la notificacion por parte de la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria del MORDAZA importador de la deteccion de una plaga o del incumplimiento de las condiciones de ingreso fijadas u otras acciones vinculantes; Que, por Decreto Supremo N° 032-2003-AG, se aprobo el Reglamento de Cuarentena Vegetal, mediante el cual se establece, entre otros, las disposiciones generales para los procedimientos operativos de exportacion de plantas, productos vegetales y otros articulos reglamentados; Que, se ha identificado la necesidad de establecer los procedimientos operativos para efectuar la certificacion fitosanitaria de lugares de produccion, envios, empacadoras y plantas de tratamiento y empaque de fruta fresca de palta (Persea americana) variedad Hass, destinada a la exportacion a Estados Unidos de America; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1059, el Decreto Supremo N° 018-2008AG, el Decreto Supremo N° 032-2003-AG y el Decreto Supremo N° 008-2005-AG; y con el visto MORDAZA de la Directora General de la oficina de Asesoria Juridica y del Director de Cuarentena Vegetal; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Apruebese el Procedimiento para la Certificacion Fitosanitaria de las frutas frescas de palta (Persea americana) de la variedad Hass, destinada a la exportacion a Estados Unidos de MORDAZA, el mismo que sera publicado en la pagina web del SENASA. Articulo Segundo.- El presente procedimiento entrara en vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion de la Resolucion Directoral que lo aprueba en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BARRENECHEA MORDAZA Director General Direccion de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 525055-1

Prorrogan plazo de MORDAZA de implementacion de la Autoridad Administrativa del Agua Jequetepeque Zarumilla (Codigo V)
RESOLUCION JEFATURAL Nº 491-2010-ANA MORDAZA, 2 de Agosto de 2010

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