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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE AGOSTO DEL AÑO 2010 (04/08/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 4 de agosto de 2010 423155 • Servicios de inspección, mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo utilizado en las actividades de exploración minera. • Alquiler o arrendamiento fi nanciero de maquinaria, vehículos y equipos necesarios para las actividades de exploración. • Transporte de personal, maquinaria, equipo, materiales y suministros necesarios para las actividades de exploración y la construcción de campamentos. • Servicios médicos y hospitalarios. • Servicios relacionados con la protección ambiental. • Servicios de sistemas e informática. • Servicios de comunicaciones, incluyen comunicación radial, telefonía satelital. • Servicios de seguridad industrial y contraincendios. • Servicios de seguridad y vigilancia de instalaciones y personal operativo. • Servicios de seguros. • Servicios de rescate, auxilio. 525569-1 INTERIOR Designan Comisionada Adjunta para Asuntos de Desarrollo, en apoyo al Comisionado para la Paz y Desarrollo con competencia en los departamentos de Huánuco y San Martín y en las provincias de Rodríguez de Mendoza en Amazonas y Padre Abad en Ucayali RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0783-2010-IN/1001 Lima, 27 de julio de 2010 Visto Ofi cio N° 069-2010-lN-CPD/AH, de fecha 26 de abril de 2010, mediante el cual el Comisionado para la Paz y el Desarrollo con competencia en los departamentos de Huánuco y San Martín y en las Provincias de Rodríguez de Mendoza en Amazonas y Padre Abad en Ucayali; solicita se ocupe el cargo de Comisionado Adjunto para Asuntos de Desarrollo en apoyo a su Ofi cina, para lo cual presenta los resultados del proceso de califi cación efectuado a tres postulantes, donde aparece califi cada en el primer lugar la señorita Haydee ALVARADO AREVALO; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2001-IN, del 31 de octubre dé 2001, se crea el cargo de Comisionado para la Paz y el Desarrollo, con la función de diseñar, coordinar y dirigir la puesta en práctica de una estrategia integral de pacifi cación y desarrollo, en cada una de las zonas en las que subsisten rezagos de actividad de grupos terroristas, que combine adecuadamente las labores de seguridad, inteligencia y represión del terrorismo, con una mayor presencia del Estado, a través del desarrollo de políticas efi caces de alivio a la pobreza y desarrollo local, en el marco legal del Estado de Derecho y el respeto a los Derechos Humanos; Que, el artículo 6° del Decreto Supremo N° 008-2001- lN establece que los Comisionados para la Paz y Desarrollo contarán con el apoyo de dos adjuntos; uno encargado de asuntos de desarrollo y el otro de seguridad; Que, encontrándose vacante el cargo de Comisionado Adjunto para Asuntos de Desarrollo en apoyo al Comisionado para la Paz y Desarrollo con competencia en los departamentos de Huánuco y San Martín y en las Provincias de Rodríguez de Mendoza en Amazonas y Padre Abad en Ucayali y, dadas las razones expuestas, resulta necesario designar a la persona que ejercerá el cargo de Comisionado Adjunto citado; Estando a lo propuesto y contándose con la visación de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; la Ley N° 29334 Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por. Decreto Supremo N° 004-2005- IN, modifi cado por el Decreto Supremo N° 003- 2007-IN; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, a la señorita Haydee ALVARADO AREVALO, en el cargo de Comisionada Adjunta para Asuntos de Desarrollo, en apoyo al Comisionado para la Paz y Desarrollo con competencia en los departamentos de Huánuco y San Martín y en las Provincias de Rodríguez de Mendoza en Amazonas y Padre Abad en Ucayali. Regístrese, comuníquese y publíquese. OCTAVIO E. SALAZAR MIRANDA Ministro del Interior 525295-1 Autorizan transferencia de insumo químico a la Región de Salud-PNP- XIV-DIRTEPOL-Cajamarca para la realización de exámenes de dosaje etílico RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0787-2010-IN/1101 Lima, 27 de julio de 2010 VISTO: el Ofi cio N° 1635-2009-DIRSAL-PNP-XIV- DTP-REGSAL-CAJ-Sec deI 04 de diciembre de 2009, del Jefe Regional de Salud-PNP — XIV DIRTEPOL- Cajamarca, relacionado con la transferencia de insumo químico y producto fi scalizado. CONSIDERANDO: Que, mediante el documento de Visto, se solicita la transferencia de: Acido Sulfúrico, a fi n de que sean utilizados en la realización de los exámenes de dosaje etílico que efectúa la Región de Salud PNP-XIV DIRTEPOL- Cajamarca, entre otras consideraciones; Que, la Ley N° 28305 — Ley de Control de Insumos Químicos y Productos Fiscalizados - modifi cada por Ley N° 29037, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2005-PCM, modifi cado por Decreto Supremo N° 084-2006-PCM, el Decreto Supremo N° 092-2007-PCM y sus normas complementarias, establece las medidas de control y fi scalización de los insumos químicos y productos que, directa e indirectamente, puedan ser utilizados en la elaboración ilícita de drogas derivadas de la hoja de coca, de la amapola y otras que se obtienen a través de procesos de síntesis, los mismos que puestos a disposición de la Ofi cina Ejecutiva de Control de Drogas del Ministerio del Interior, podrán ser vendidos o transferidos, debiendo contar para ello con la Resolución Ministerial autoritativa pertinente; Que, el Art. 38° de la Ley 28305, modifi cado por la Ley N° 29037, estipula la viabilidad de la venta o transferencia de insumos químicos y productos fi scalizados puestos a disposición de la Ofi cina Ejecutiva de Control de Drogas del Ministerio del Interior, sujeta a cumplimiento de determinados requisitos como es su formalización a través de la Resolución Ministerial; entre otras consideraciones; Que, en la sede de la DIVANDRO-PNP-Chiclayo- lI-DIRTEPOL-RPL, se encuentran almacenados y en custodia insumos químicos y productos fi scalizados producto de las intervenciones policiales, entre otros: Ácido Sulfúrico, susceptible de ser transferidos a la dependencia requeriente; Que, dentro del marco normativo vigente sobre la materia, resulta pertinente efectuar la transferencia del insumo químico precedentemente descrito a favor de la Región de Salud-PNP-XlV-DlRTEPOL-Cajamarca, debiéndose dar cumplimiento a las formalidades y procedimientos establecidos, así como adoptarse las