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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE AGOSTO DEL AÑO 2010 (04/08/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 4 de agosto de 2010 423149 Artículo 3º.- Disponer que la presente Resolución se publique en el Portal de Internet del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTONIO JOSÉ BRACK EGG Ministro del Ambiente 525650-2 DEFENSA Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Brasil y EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 806-2010-DE/SG Lima, 27 de julio de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 812 de fecha 20 de julio de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Federativa de Brasil, sin armas de guerra; Que, en el marco de la II Reunión de Jefes de los Estados Mayores llevada a cabo entre la Fuerza Aérea de la República del Perú y la República Federativa de Brasil, se acordó realizar una visita de intercambio técnico- operacional a la Fuerza Aérea del Perú; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinión favorable de la Fuerza Aérea del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República al siguiente personal de la Fuerza Aérea de la República Federativa de Brasil, sin armas de guerra, para realizar una visita de intercambio técnico-operacional a la Fuerza Aérea del Perú, del 15 al 21 de agosto de 2010: 1. TENIENTE AVIACION FABIO CEZAR CHICARINO CHAVES 2. TENIENTE AVIACION LUIS VIDAL AGOSTINI 3. 1 SUBOFICIAL PAULO SERGIO RODRIGUES TAVARES 4. 3 SUBOFICIAL EVERTON DE PAULA TOZI Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 525779-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 807-2010-DE/SG Lima, 27 de julio de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 811 de fecha 20 de julio de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Federativa de Brasil, sin armas de guerra; Que, en el marco de la II Reunión de Jefes de los Estados Mayores de las Fuerzas Aéreas de Brasil y Perú, acordaron realizar una visita Técnica Logística a la Fuerza Aérea del Perú; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y, Con la opinión favorable de la Fuerza Aérea del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la Fuerza Aérea de Brasil, detallado a continuación, para participar en una visita Técnica Logística con la Fuerza Aérea del Perú, del 15 al 19 de agosto de 2010: 1. Mayor Aviación César Condeixa Guerreiro Lima 2. Mayor Sergio Xavier de Lima 3. 1 Subofi cial Jorege Claudio Esterque de Lima 4. 3 Subofi cial Anibal Lopes de Almeida Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 525779-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 808-2010-DE/SG Lima, 27 de julio de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 819 de fecha 22 de julio de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con ocasión del 50º Aniversario de creación de la “Conferencia de Ejércitos Americanos” –CEA-, personal militar de los Estados Unidos ha sido invitado a participar en los actos de celebración, a desarrollarse en las ciudades de Cusco y Lima;