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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ENERO DEL AÑO 2010 (24/01/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 34

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 24 de enero de 2010 412085 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA VISTO; el Memorándum Nº 021-2010-MSB-GPV de fecha 15.01.2010 de la Gerencia de Participación Vecinal. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú; concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el artículo 102º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece la conformación del Consejo de Coordinación Local Distrital, el mismo que debe estar integrado por el Alcalde, quien lo preside, los Regidores y por los Representantes de las Organizaciones Sociales de Base, Asociaciones, Organizaciones de Productores, Gremios Empresariales, Juntas Vecinales y cualquier otra forma de organización de nivel distrital. Que, mediante Ordenanza Nº 411-MSB, se norma el procedimiento para el proceso de elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD), señalando en su artículo 4º que el Alcalde, mediante Decreto de Alcaldía convoca a la elección de Representantes de la Sociedad Civil ante el CCLD. Que, el artículo 5º de la Ordenanza Nº 411-MSB, establece la conformación del Comité Electoral responsable de la conducción y desarrollo del proceso de elección de representantes de la sociedad civil ante el CCLD. Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de Participación Vecinal y a lo dispuesto en el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972. DECRETA: Artículo Primero.- CONVOCAR al proceso de elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital; en acto de votación a realizarse el día domingo 14 de marzo de 2010, a las 9:00 a.m. 1ª convocatoria y 9:30 a.m. 2ª convocatoria, en el Auditorio Municipal – Av. Joaquin Madrid Nº 200 – San Borja. Artículo Segundo.- APROBAR el Cronograma del Proceso Electoral convocado, el cual será publicado y difundido en lugares visibles de la Municipalidad de San Borja y en el Portal Municipal medios por los cuales, también, se publicarán todos los actos que resulten del proceso electoral. CRONOGRAMA DEL PROCESO ELECTORAL ETAPAS FECHA DIFUSION DE LA CONVOCATORIA 25 DE ENERO AL 17 DE FEBRERO INSCRIPCION DE ORGANIZACIONES SOCIALES 26 DE ENERO AL 18 DE FEBRERO SUBSANACION DE INSCRIPCIONES 27 DE ENERO AL 22 FEBRERO EMISION DE RESOLUCION DE INSCRIPCIONES 23 DE FEBRERO PUBLICACION DEL PADRON ELECTORAL 24 DE FEBRERO PRESENTACION DE TACHAS AL PADRON ELECTORAL 25 DE FEBRERO AL 03 DE MARZO EVALUACION DE TACHAS PRESENTADAS 04 AL 10 DE MARZO PUBLICACION DE RESOLUCION DE TACHAS 11 DE MARZO PUBLICACION DEFINITIVA DEL PADRON ELECTORAL 12 DE MARZO ELECCIONES 14 DE MARZO PUBLICACION DE RESULTADOS FINALES 16 DE MARZO Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Participación Vecinal y al Comité Electoral el cumplimiento del proceso de elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 449616-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Prorrogan plazo de Amnistía Tributaria y Administrativa aprobada mediante Ordenanza Nº 227-MDS DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2010-MDS Surquillo, 16 de enero de 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO; VISTO el Informe Nº 055-2010-SGAT-MDS de fecha 15 de Enero de 2009 de la Sub Gerencia de Administración Tributaria, con el V°B° de la Gerencia de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 227-MDS se aprobó una Amnistía Tributaria y Administrativa aplicable a los contribuyentes deudores por sus obligaciones tributarias y administrativas existentes a la fecha de la vigencia de la citada Ordenanza, estableciéndose como fecha de término de la misma el 30 de noviembre de 2009; plazo que fue prorrogado hasta el 15 de Diciembre de 2009, 30 de Diciembre de 2009 y hasta el 16 de Enero de 2010 por virtud de los Decretos de Alcaldía N° 009-2009-MDS, 010-2009-MDS y N° 011- 2009-MDS, respectivamente; Que, la Segunda Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza citada permite al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, prorrogue los plazos de aplicación de los beneficios de la amnistía tributaria y administrativa; Que, en atención al Informe de Vistos, resulta conveniente seguir brindando las facilidades expuestas en la precitada Ordenanza a los contribuyentes y vecinos de Surquillo para el pago de sus obligaciones tributarias y administrativas, disponiéndose la prórroga de la Amnistía, en uso de la atribución conferida por la Segunda Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 205-MDS; En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20° de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: PRORROGA DE AMNISTÍA TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA Artículo Único.- Objeto de la norma: PRORRÓGUESE, hasta el 30 de enero de 2010 la fecha de vencimiento de la Amnistía aprobada por Ordenanza Nº 227-MDS. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde 449330-1