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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 24 de enero de 2010 412077 en los considerandos precedentes y al amparo de lo dispuesto en las Leyes Nos. 26490 y 27602 sobre “Derecho de intervención de la Asamblea Nacional de Rectores en las universidades públicas y privadas del país por razón de graves irregularidades”, y habiéndose agotado las oportunidades para que las autoridades universitarias resuelvan sus problemas por sí mismas, la Asamblea Nacional de Rectores, debe tomar las medidas necesarias a fi n de salvaguardar la estabilidad administrativa y el orden legal de la mencionada casa de estudios, así como los intereses de los estudiantes y egresados y el buen servicio a la sociedad; Que, lo expuesto en los considerandos precedentes, se concluye que existen graves confl ictos internos que atentan contra la gobernabilidad de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, consecuentemente, se encuentra incursa en el artículo 16º inciso b), artículo 17 inciso b) del Reglamento de Intervención de Universidades Públicas y Privadas de las Leyes Nos. 26490 y 27602, aprobado por Resolución Nº 898-2002-ANR de fecha 22 de noviembre del 2002 y su modifi catoria Resolución Nº 1462-2003-ANR de fecha 6 de junio del 2003; Que, la Comisión de Coordinación Interuniversitaria en sesión ordinaria de fecha 08 de enero del 2010, acordó declarar en confl icto de gobernabilidad a la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, y en aplicación del artículo 22º del Reglamento de Intervención de Universidades Públicas y Privadas de las Leyes Nos. 26490 y 27602 y conformar una Comisión de Orden y Gestión; Estando al acuerdo adoptado por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria y lo propuesto por la Alta Dirección; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar en confl icto de gobernabilidad a la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, Tacna y cesar a los profesores que a la fecha vienen ejerciendo los cargos de rector y vicerrectores académico y administrativo. Artículo 2º.- Conformar una Comisión de Orden y Gestión de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, por el plazo de 180 días, la misma que será designada por resolución de la Presidencia. Artículo 3º.- Establecer que la Comisión de Orden y Gestión de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, dentro del proceso de intervención, hará las veces de Consejo Universitario y de Asamblea Universitaria. El Presidente hará las veces de Rector, el primer Vicepresidente de Vicerrector Académico y el segundo Vicepresidente de Vicerrector Administrativo. Artículo 4º.- La Comisión de Orden y Gestión deberá llevar a cabo la elección de las autoridades de la universidad para lo cual deberá revisar las normas, revisar la conformación de los órganos de gobierno, revisar la condición legal de los profesores y autoridades y sustanciar los procedimientos administrativos a fi n de identifi car la responsabilidad de las autoridades, personal docente y administrativo a que hubiere lugar, por los últimos acontecimientos que han afectado la gobernabilidad institucional. Para la realización de los procesos electorales a que hubiera lugar la Asamblea Nacional de Rectores conformará un Comité Electoral Externo. Artículo 5º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web de la Institución. Regístrese y comuníquese. ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZ Rector de la Universidad Ricardo Palma y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 449370-1 Establecen la conformación de la Comisión de Orden y Gestión de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0078-2010-ANR Lima, 21 de enero de 2010 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: La Resolución N° 0068-2010-ANR de fecha 20 de enero de 2010, ofi cio Nº 0013-2010-P de fecha 21 de enero de 2010; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 90º de la Ley Universitaria Nº 23733, los Rectores de las universidades públicas y privadas constituyen la Asamblea Nacional de Rectores cuyos fi nes son el estudio, la coordinación y la orientación de las actividades universitarias en el país, así como de su fortalecimiento económico y de su responsabilidad con la comunidad nacional; Que, mediante Resolución N° 0068-2010-ANR de fecha 20 de enero de 2010, se declaró en confl icto de gobernabilidad a la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, Tacna, y cesa a los profesores que a la fecha vienen ejerciendo los cargos de rector y vicerrectores académico y administrativo, respectivamente; Que, la Comisión de Coordinación Interuniversitaria en sesión ordinaria de fecha 8 de enero del 2010, acordó conformar una Comisión de Orden y Gestión para la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, por el plazo de 180 días, la misma que es designada por resolución de la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores; Que, mediante ofi cio de vistos, el señor Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores dispone la elaboración de una resolución que designe a la Comisión de Orden y Gestión para la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, en cumplimiento del acuerdo adoptado por la CCI; Estando a la autorización de la Alta Dirección; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria conferidas a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar la Comisión de Orden y Gestión de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, que estará conformada por: 1. Mg. Huberto Noriega Tirado, Presidente Ex Rector de la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión 2. Mg. Enrique La Hoz Brito, Vicepresidente Académico Ex profesor Principal de la Universidad Nacional Agraria La Molina. 3. Dr. Manuel Israel Hernández García, Vicepresidente Administrativo Ex Decano de la Facultad de Ingeniería Química de la Universidad San Luis Gonzaga de Ica. Artículo 2º.- Establecer que la Comisión de Orden y Gestión de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann y sus miembros, dentro del proceso de intervención, ejercerán los cargos y funciones