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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JUNIO DEL AÑO 2010 (01/06/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 1 de junio de 2010 419909 Supremo Nº 157-2004-EF y sus normas modifi catorias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo 1º. Apruébense los Índices de Distribución de la Regalía Minera, correspondientes al mes de abril de 2010, a aplicar a los Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales y Universidades Nacionales del país benefi ciados con la Regalía Minera, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º. Los Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de abril de 2010 consideran la información remitida por el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT y la Asamblea Nacional de Rectores - ANR, según los porcentajes y criterios de participación y distribución establecidos en el artículo 8º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalía Minera, y el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalía Minera. Artículo 3°.- La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. El Anexo a que se refi ere el artículo 1° será publicado en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas: www. mef.gob.pe/DGAES/DistribucionRecursos/RegaliaMinera. Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas 501135-1 EDUCACION Aprueban e institucionalizan el documento “Metodología del Ciclo de Vida del Software MCVS V1.0” en el Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0164-2010-ED Lima, 28 de mayo de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 179-2004- PCM se aprobó el uso obligatorio de la Norma Técnica Peruana “NTP-ISO/IEC 12207:2004” Tecnología de la Información. Procesos del Ciclo de Vida del Software. 1ª Edición” en entidades del Sistema Nacional de Informática; Que, mediante la Resolución Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales Nº 055-2006/INDECOPI-CRT, publicada el 28 de julio de 2006, se resuelve aprobar las Normas Técnicas Peruanas dentro de las cuales está la “NTP-ISO/IEC 12207: 2006, Tecnología de la Información. Procesos del ciclo de vida del software, 2ª Edición”, que reemplaza a la NTP-ISO/IEC 12207:2004; Que, en el ánimo de establecer un marco de referencia común para los procesos del ciclo de vida del software, con una terminología bien defi nida a la que pueda hacer referencia la industria del software se elaboró la Técnica Peruana “NTP-ISO/IEC 12207:2006” Tecnología de la Información. Procesos del ciclo de vida del software”; Que, el Ministerio de Educación forma parte integrante del Sistema Nacional de Informática, generando información que constituye un activo importante y vital para el adecuado cumplimiento de las acciones que tiene a su cargo; Que, la citada Norma Técnica Peruana describe la arquitectura de los procesos del ciclo de vida del software y deja a decisión de los usuarios la especifi cación de los detalles de cómo implementar o llevar a cabo las actividades y tareas incluidas en los procesos; Que, el numeral 4) sobre Aplicación del texto de la Norma Técnica Peruana NTP – ISO/IEC 12207:2006, presenta los procesos del ciclo de vida que pueden emplearse para adquirir, suministrar, desarrollar, operar, y mantener productos software, y señala los procesos de apoyo; Que, en tal sentido, es importante proporcionar un mapa para que los usuarios de esta norma puedan orientarse en ella y aplicarla adecuadamente, en razón de ello, la Ofi cina de Informática conjuntamente con la consultora M&T Consulting, han elaborado el documento denominado “Metodología del Ciclo de Vida del Software MCVS V1.0”, que implementa el primer nivel de capacidad (ISO/IEC 15504) y está basada en un Modelo Referencial de Procesos de Software - MRPS que involucra a los tres niveles del Ministerio de Educación: Estratégico, Táctico y Operativo, para su uso obligatorio, por lo que resulta necesario aprobar el mismo e institucionalizar el referido documento; Que, estando al Memorándum Nº 0606-2010/MED- SPE-OFIN, de la Ofi cina de Informática, mediante el cual informa a la Secretaría de Planifi cación Estratégica que se cuenta con un Plan de Mejoras para que el Ministerio de Educación se adecue plenamente a la NTP-ISO/TEC 12207:2006 y al Informe Técnico, elaborado por la citada Ofi cina, sobre el documento denominado “Metodología del Ciclo de Vida del Software MCVS V1.0” en el Ministerio de Educación; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762 modifi cado por la Ley Nº 26510, el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, sus modifi catorias y la Ley Nº 29158; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar e institucionalizar el documento denominado “Metodología del Ciclo de Vida del Software MCVS V1.0” en el Ministerio de Educación, cuyo texto en anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- El documento denominado “Metodología del Ciclo de Vida del Software MCVS V1.0”, es de cumplimiento obligatorio en el Ministerio de Educación por parte de funcionarios y personal nombrado y/o contratado bajo cualquier forma de contratación; así como por las personas naturales y jurídicas que brinden servicios al Ministerio de Educación, sean éstos locadores de servicios, consultores, contratistas o terceros en general. Artículo 3º.- El documento aprobado en el artículo primero y su anexo, serán publicados en el Portal Electrónico del Ministerio de Educación, www.minedu. gob.pe en la misma fecha de la publicación ofi cial de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 501119-1 Incorporan instituciones educativas al Programa Nacional de Recuperación de las Instituciones Educativas Públicas Emblemáticas y Centenarias RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0165-2010-ED Lima, 31 de mayo de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 004-2009 se crea en el Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora: 108: Programa Nacional de Infraestructura Educativa, el Programa Nacional de Recuperación de las Instituciones Educativas Públicas Emblemáticas y Centenarias, el cual comprende acciones de rehabilitación, remodelación y equipamiento de su infraestructura educativa, autorizándose su implementación; Que, de conformidad con el artículo 7 del citado Decreto de Urgencia, se establece que por Resolución Ministerial del Sector Educación, se podrá incorporar otras instituciones educativas al Programa Nacional de