Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2010 (14/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

420602

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 14 de junio de 2010

antecede, siendo automatica la aprobacion de cumplir con los requisitos senalados, caso contrario la solicitud sera rechazada de plano. Articulo 8º.- APROBACION DE CUOTAS Y PLAZO DEL FRACCIONAMIENTO La deuda a fraccionar conforme al beneficio dispuesto en el Art.3 de la presente Ordenanza, tendra un intervalo de 30 dias calendarios, y que no podra exceder de tres (3) cuotas. Excepcionalmente si el administrado acreditase la existencia de mas de una multa impaga, cuya deuda acumulada fuese mayor al 15% de la U.I.T., el funcionario competente podra otorgar cuotas mayores, previo analisis de riesgo en el cumplimiento del pago, hasta un MORDAZA de seis (6) cuotas. Se considerara como fecha de vencimiento de pago de la cuota respectiva, el mismo dia del mes siguiente en que se cancelo la primera cuota. Cuando las fechas de vencimiento recaigan en dias inhabiles, seran trasladadas al primer dia habil siguiente. La primera cuota debera ser cancelada conjuntamente con la MORDAZA de la solicitud de fraccionamiento. 8.1 En la via coactiva: La primera cuota de la deuda insoluta ira acompanada conjuntamente con el pago de las costas procesales y gastos administrativos, y cuyos montos han sido establecidos en el Art. 2º de la presente Ordenanza 8.2 Deuda por internamiento del vehiculo en deposito municipal: Para acogerse al fraccionamiento por deuda, derivada por el internamiento del vehiculo en el Deposito Municipal de Vehiculos (Guardiania y/o remolque vehicular), debera cumplir con los requisitos exigidos en la Ordenanza Municipal 005-2005-MPC, es decir subsanando los motivos que generaron el internamiento del vehiculo, y siempre que el vehiculo tenga una permanencia superior a los 30 dias calendarios pudiendo fraccionarse la deuda conforme a los siguientes parametros: 8.2.1 De mas de 30 dias hasta un ano de internamiento, tendra un descuento del 30%, debiendo pagar el 50% de la deuda ya descontada como cuota inicial, el saldo podra establecerse hasta en 4 cuotas. 8.2.2 Si la deuda generada fuera mayor de un ano a mas, tendra descuento del 50% de la deuda, pudiendo fraccionar conforme al punto anterior, es decir cancelando 50% de la deuda ya descontada, y la diferencia hasta en 6 cuotas. Articulo 9º.- INTERES DE FRACCIONAMIENTO El interes mensual a aplicar a la deuda administrativa materia de fraccionamiento, sera la Tasa de interes activa del MORDAZA en moneda nacional (TAMN), que fija la Superintendencia de Banca y Seguros, correspondiente al mes inmediato anterior a la solicitud de fraccionamiento, y se calcula desde el dia siguiente a la aprobacion del fraccionamiento hasta la fecha de vencimiento de cada una de las cuotas. La presente disposicion no alcanza a las costas y gastos del procedimiento coactivo. En cualquier momento, el deudor podra cancelar el total del saldo de la deuda fraccionada pendiente de pago. Articulo 10º.- EFECTOS DE LA APROBACION DE FRACCIONAMIENTO La aprobacion del fraccionamiento surtira los siguientes efectos: 10.1 Suspension temporal del procedimiento de Ejecucion Coactiva, en tanto se encuentre cumpliendo con el pago oportuno de las cuotas materia del fraccionamiento, con el consecuente levantamiento de las medidas cautelares trabadas, a excepcion de la medida cautelar de embargo en forma de inscripcion. 10.2 La solicitud de fraccionamiento impide al solicitante cualquier impugnacion o articulacion administrativa y/o

procedimental que tenga por proposito desconocer el monto a pagar, o cuestionar en cualquier forma el titulo o Resolucion Administrativa generadora de la deuda o la competencia o forma de tramitacion del procedimiento administrativo sancionador. Articulo 11º.- CAUSALES DE PERDIDA DEL FRACCIONAMIENTO El deudor y/o tercero legitimado, perdera automaticamente el fraccionamiento cuando incurra en cualquiera de las siguientes causales: 11.1. Falta de pago de 1 (una) cuota vencida. 11.2. Cuando se interponga recurso impugnatorio y/o administrativo, demanda contenciosa administrativa, demanda constitucional de amparo; u otras acciones ante organismos administrativos o jurisdiccionales, respecto de la deuda fraccionada. 11.3. Cuando de la verificacion posterior, la Gerencia de Transporte y MORDAZA y/o la Gerencia de Ejecucion coactiva determine que alguno de los datos o documentacion proporcionada por el deudor o tercero legitimado MORDAZA falsos, o que se han omitido datos, documentacion o circunstancias que hubieran influido en el otorgamiento del mismo, se declarara la nulidad con la consecuente perdida del fraccionamiento otorgado. Articulo 12º.- EFECTOS DE PERDIDA DEL FRACCIONAMIENTO Ante la concurrencia de cualquier causal de perdida de fraccionamiento, quedaran automaticamente resueltos, en virtud de la clausula resolutoria del convenio, sin necesidad de correrle traslado al solicitante-obligado facultando a la autoridad administrativa competente, a remitir el convenio a la Gerencia de Ejecucion Coactiva de Transportes para su cobranza por dicha via, asi como su inmediato registro en la Central de riesgos de Infocorp. La perdida del fraccionamiento surtira los siguientes efectos: 12.1 Para las deudas que se encuentran en la via ordinaria, se dan por vencidas las cuotas pendientes, resultando exigible la totalidad de la deuda pendiente de pago, derivandose a la Gerencia de Ejecucion Coactiva para que se inicie la cobranza por la via coactiva. 12.2 Se proseguira con el procedimiento de cobranza coactiva, en el estado en que este fue suspendido, trabandose las medidas cautelares necesarias para asegurar el pago de la deuda. DISPOSICIONES FINALES Articulo Primero.- Los beneficios establecidos en la presente Ordenanza no alcanzan a los pagos efectuados con anterioridad a la vigencia de la misma, no generando por tanto derecho de devolucion alguna. Articulo Segundo.- Las deudas vencidas y no pagadas con posterioridad al 31 de diciembre de 2010, perderan automaticamente los beneficios senalados en la presente Ordenanza, por lo que su valor impago retornara a los montos y porcentajes establecidos en la escala de infracciones senaladas en los Reglamentos u Ordenanzas respectivas. Articulo Tercero.- Deroguese la Ordenanza Municipal Nº 000067-2009-MPC publicada el 9 de enero de 2010. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia el 15 de junio de 2010 hasta el 31 de diciembre de 2010. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA VILLARAN MORDAZA del Callao 506444-1

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