Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2010 (29/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

421484
CODIGO L-025 INFRACCION

NORMAS LEGALES
SANCION % UIT U OTRO PARAMETRO Decomiso / 30 % UIT/ Clausura definitiva en caso de reincidencia Sin perjuicio de la revocatoria de la Licencia de Funcionamiento Decomiso / 25 % UIT/ Clausura definitiva en caso de reincidencia Sin perjuicio de la revocatoria de la Licencia de Funcionamiento Decomiso / 30 % UIT/ Clausura definitiva en caso de reincidencia Sin perjuicio de la revocatoria de la Licencia de Funcionamiento Decomiso / 25 % UIT. Decomiso / retencion corresponda) / 30 % UIT. Retiro/decomiso / 30 % UIT

El Peruano MORDAZA, martes 29 de junio de 2010

MORDAZA LEGAL M MG Ley Nº 28681 D.S Nº 012-2009-SA Ordenanza Nº 316-MSB Ley Nº 28681 D.S Nº 012-2009-SA Ordenanza Nº 316-MSB Ley Nº 28681 D.S Nº 012-2009-SA

Por comercializar o facilitar el consumo de bebidas alcoholicas a menores de edad, en mercados o galerias Por almacenar, vender o consumir bebidas alcoholicas dentro y fuera del mercado; incluyendo el area de retiro municipal Por comercializar o facilitar el consumo de bebidas alcoholicas a menores de edad

L-037

M

MG

I-022

M

MG

I-023 I-024 I-025 I-026

I-027

I-028

Por expender bebidas alcoholicas en la via publica Por consumir y/o permitir el consumo de bebidas alcoholicas en la via publica Por consumir y/o permitir el consumo de bebidas alcoholicas en el interior de vehiculos estacionados en la via publica Por expender bebidas alcoholicas en bodegas, tiendas de abarrotes, heladerias, panaderias, pastelerias, dulcerias y licorerias, depositos de distribucion de bebidas alcoholicas, autoservicios, mini market (grifos) y en cualquier otro establecimiento autorizado para la venta de bebidas alcoholicas, fuera de los horarios permitidos. Por consumir y/o permitir el consumo de bebidas alcoholicas en bodegas, tiendas de abarrotes, heladerias, panaderias, pastelerias, dulcerias y licorerias, depositos de distribucion de bebidas alcoholicas, autoservicios, mini market (grifos) y en cualquier otro establecimiento no autorizado para consumo interno. Por comercializar bebidas alcoholicas al interior de instituciones o centros educativos sin contar con la debida autorizacion o fuera del horario permitido

M

MG MG MG G

(segun M M

Ley Nº 28681 D.S Nº 012-2009-SA Ley Nº 28681 D.S Nº 012-2009-SA Ley Nº 28681 D.S Nº 012-2009-SA Ley Nº 28681 D.S Nº 012-2009-SA

20 % UIT/ M Clausura transitoria/ 40% UIT en caso de reincidencia Sin perjuicio de la revocatoria de la Licencia de Funcionamiento

30 % UIT/ M Clausura transitoria/ 60% de la UIT en caso de reincidencia Sin perjuicio de la revocatoria de la Licencia de Funcionamiento Decomiso/retencion (segun M corresponda) / 30 % UIT/ Clausura definitiva en caso de reincidencia Sin perjuicio de la revocatoria de la Licencia de Funcionamiento 20 % UIT/ M Clausura transitoria/ 40% de la UIT en caso de reincidencia Sin perjuicio de la revocatoria de la Licencia de Funcionamiento Decomiso/retencion (segun M corresponda) / 30% UIT

G

Ley Nº 28681 D.S Nº 012-2009-SA

MG

Ley Nº 28681 D.S Nº 012-2009-SA

I-029

Por permitir el ingreso a menores de edad en lugares exclusivos para mayores de edad que tengan como giro comercial principal la venta de bebidas alcoholicas

G

Ley Nº 28681 D.S Nº 012-2009-SA

I-030

I-031

Vender, distribuir, suministrar y/o consumir bebidas alcoholicas a titulo oneroso o gratuito en espectaculos o actividades destinadas a menores de edad No colocar en lugar visible del local o 15% UIT establecimiento, carteles con las inscripciones: "PROHIBIDA LA VENTA DE BEBIDAS ALCOHOLICAS A MENORES DE 18 ANOS" ; "SI HAS INGERIDO BEBIDAS ALCOHOLICAS, NO MANEJES".

G

Ley Nº 28681 D.S Nº 012-2009-SA Ley Nº 28681 D.S Nº 012-2009-SA

NP L

CAPITULO VI DISPOSICIONES FINALES

Primera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Segunda.- Deroguense las Ordenanzas Nº 158-CDSB-C, Ordenanza Nº 338-MSB y Ordenanza Nº 381-MSB y todas aquellas disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
512123-1

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