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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 29 de junio de 2010 421478 los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la condición de patrimonio cultural de la Nación del monumento arqueológico prehispánico mencionado en el artículo 1º y de los planos señalados en el artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Establecer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del monumento arqueológico prehispánico declarado patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Remitir copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 512071-1 ORGANOS AUTONOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Declaran que la Universidad Continental de Ciencias e Ingeniería ha cumplido con lo previsto en la Ley Universitaria respecto a la creación y organización de las Escuelas Académico Profesionales de Ingeniería Eléctrica y de Ingeniería de Minas COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0567-2010-ANR Lima, 14 de junio de 2010 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El Ofi cio Nº 029-2010/R-UCCI, de fecha 03 de mayo de 2010; el Informe Nº 068-2010-DGDAC, de fecha 28 de mayo de 2010; y el Memorando Nº 0526-2010-SE, de fecha 02 de junio de 2010; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de las atribuciones previstas en el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, que establece que la creación de carreras, programas académicos y de segunda especialidad acordadas por la Universidad requieren de la coordinación previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores; Que, con ofi cio de vistos, el Rector de la Universidad Continental de Ciencias e Ingeniería, con sede en la ciudad de Huancayo, remite los planes de estudio, correspondientes a la creación y organización de las Escuelas Académico Profesionales de Ingeniería Eléctrica y de Ingeniería de Minas, adscritas a la Facultad de Ingeniería, aprobadas por Resoluciones Nº 308-2009- CU/UCCI y Nº 309-2009-CU/UCCI, respectivamente; Que, con Informe Nº 068-2010-DGDAC, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación expresa que la creación de las Escuelas Académico Profesionales de Ingeniería Eléctrica y de Ingeniería de Minas en la Universidad Continental de Ciencias e Ingeniería, se ha organizado teniendo en cuenta los respectivos planes de estudio de acuerdo a las necesidades y requerimientos de la región y acorde a las exigencias académicas establecidas en la Ley Universitaria Nº 23733, por lo que se debe emitir la correspondiente resolución; Que, con memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo de la Asamblea Nacional de Rectores, dispone elaborar la resolución que declare la creación de las Escuelas Académico Profesionales señaladas precedentemente, de acuerdo a lo opinado por la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Universitaria Nº 23733, y en uso de las atribuciones conferidas a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar que la Universidad Continental de Ciencias e Ingeniería, con sede en la ciudad de Huancayo, ha cumplido con lo previsto en el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, respecto a la creación y organización de las Escuelas Académico Profesionales de Ingeniería Eléctrica y de Ingeniería de Minas, adscritas a la Facultad de Ingeniería, cuyos planes de estudio quedan aprobados para su funcionamiento. Artículo 2º.- Disponer que la presente resolución se publique en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la institución. Regístrese y comuníquese. ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZ Rector de la Universidad Ricardo Palma y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 512103-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos ubicados en el departamento de Arequipa RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 061-2010-GRA/PR-GGR VISTO: El Expediente Nº 015-2010-GRA/OOT, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado, de un terreno eriazo de 198 010.72 m2., ubicado en el Sector de Quebrada de Cachuyo, a 1 km. de Alto Cocachacra, distrito de Cocachacra, provincia de Islay, departamento de Arequipa. CONSIDERANDO: Que, el artículo 62 de la Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, respecto a funciones en materia de administración y adjudicación de terrenos de propiedad del Estado, señala en el inc.b), que es función de los Gobiernos Regionales: