Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2010 (10/03/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 18

415312

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 10 de marzo de 2010

conocimiento respecto de su infraestructura ferroviaria asi como el uso, estado de conservacion y las caracteristicas tecnicas de los coches y la compatibilidad con la linea existente, lo que redundara en la decision que adopte el Estado Peruano respecto de la implementacion de la flota ferroviaria a cargo de la Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao - AATE; Que, asimismo con el mencionado Informe se ha propuesto la participacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fernandini, profesional de la Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao - AATE, y con Memorandum No. 390-2010-MTC/04, se ha propuesto al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Comunicaciones en su calidad de miembro de la Comision Sectorial encargada de realizar las coordinaciones para el desarrollo del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao, Linea 1 Tramo MORDAZA El MORDAZA - Av. Grau, para que viajen al citado pais; Que, mediante Memorandum No. 033-2010-MTC/33.7 de fecha 02 de marzo de 2010, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao ­ AATE, indica que los gastos que irrogara el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fernandini se encuentran presupuestados, precisando que se cuenta con recursos suficientes para cubrir los gastos que irrogue el viaje solicitado; Que, asimismo mediante Certificacion de Credito Presupuestario No. 01504-2010 y No. 01505-2010, de fecha 05 de marzo de 2010, la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, indica que los gastos que irrogara el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Comunicaciones se encuentran presupuestados, precisando que se cuenta con recursos suficientes para cubrir los gastos que irrogue el viaje solicitado; De conformidad con lo dispuesto por la Ley No. 27619, Ley No. 29465, el Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, y a lo informado por la Direccion Ejecutiva de la Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao ­ AATE, y el Memorandum No. 390-2010MTC/04, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fernandini, profesional de la Autoridad del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao - AATE, y del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Comunicaciones, en su calidad de miembro de la Comision Sectorial encargada de realizar las coordinaciones para el desarrollo del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao, Linea 1 Tramo MORDAZA El MORDAZA ­ Av. Grau, a las ciudades de Tokio, Nagoya y Osaka, Japon, del 10 al 17 de marzo de 2010, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2.- Los gastos de pasajes, viaticos y tarifas unificadas de uso de aeropuerto que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion, seran cubiertos con cargo al presupuesto de la Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao - AATE, asi como del presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aereos (por dos personas) Pasajes por desplazamiento interno en Japon (por dos personas) Viaticos (por dos personas) Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto (por dos personas) US $ 5,596.80 US $ 2,078.82 US $ 4,160.00 US $ 62.00

Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao - AATE, respectivamente, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 5.- La presente Resolucion Suprema no otorgara derecho de exoneracion o liberacion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

466384-6

Otorgan autorizacion a Grupo ATC S.A.C. para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en el distrito de Mancora, departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 130-2010-MTC/03 MORDAZA, 17 de febrero de 2010 VISTO, el Expediente Nº 2008-011139 presentado por la empresa GRUPO ATC S.A.C., sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Mancora, provincia de Talara, departamento de Piura; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14° de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television indica que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, el citado articulo senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de un Permiso, el mismo que es definido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o juridicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion improrrogable de doce (12) meses; Que, el articulo 29º del Reglamento de la Ley de Radio y Television indica que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dicho articulo se detallan; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 116-2004MTC/03, modificada con Resolucion Viceministerial Nº 10852007-MTC/03, ratificada con Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modificada con Resolucion Viceministerial Nº 204-2009-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de FM para diversas localidades del departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad de Mancora, la misma que incluye al distrito de Mancora, provincia de Talara, departamento de Piura; Que, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias, indicado en el parrafo precedente, establece 100 W. como MORDAZA potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en

Articulo 3.- Dentro de los siete (7) dias calendario de su retorno al MORDAZA, los funcionarios mencionados en el articulo 1 de la presente Resolucion Suprema, deberan presentar a la Presidencia de la Republica, a traves de la Secretaria del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10 del Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, los funcionarios mencionados en la presente Resolucion Suprema, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, deberan presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y a la Gerencia de Administracion y Finanzas de la Autoridad

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.