Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2010 (10/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 10 de MORDAZA de 2010

necesario para su operacion, concluyendo que la estacion se encuentra apta para proseguir con el tramite solicitado. Dicha circunstancia fue posteriormente comprobada mediante los Informes Nº 1205-2001-MTC/15.19.03.3, Nº 2494-2002-MTC/15.19.03.3, Nº 2584-2005-MTC/18.01.2, Nº 2096-2006-MTC/18.01.2, Nº 1308-2007-MTC/18.01.2, Nº 4054-2008-MTC/29.02, Nº 1358-2009-MTC/29.02 y Nº 6382-2009-MTC/29.02; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 107-2004MTC/03, modificada con Resolucion Viceministerial Nº 10862007-MTC/03 y ratificada con Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03, se aprobo el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de FM para las localidades correspondientes al departamento de MORDAZA, y dentro de la localidad denominada Iquitos, se incluye al distrito de Punchana, provincia de Maynas, departamento de Loreto; Que, con Informe Nº 1106-2010-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, considera que es procedente otorgar a la EMPRESA RADIODIFUSORA "MIC" E.I.R.L. "ESTACION AMERICANA" autorizacion por el plazo de diez (10) anos, incluyendo el periodo de instalacion y prueba otorgado por la Resolucion Ministerial Nº 332-96MTC/15.17, y que por tanto, debera culminar el 28 de MORDAZA de 2016; De conformidad con el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC; la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278; el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; la Resolucion Ministerial Nº 3582003-MTC/03, y la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la EMPRESA RADIODIFUSORA "MIC" E.I.R.L. "ESTACION AMERICANA", autorizacion por el plazo de diez (10) anos, por periodos sucesivos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Iquitos, departamento de Loreto. Articulo 2º.- El plazo de vigencia de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, comprende un periodo de instalacion y prueba, computandose a partir del dia siguiente de publicacion de la Resolucion Ministerial Nº 332-96MTC/15.17, el cual vencera el 28 de MORDAZA de 2016. La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente Licencia de Operacion. Articulo 3º.- Conforme a lo establecido en el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, la titular adoptara las medidas necesarias para garantizar que las radiaciones que emita la estacion de radiodifusion que se autoriza no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles en el acotado Decreto Supremo. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 491402-1

VISTOS, el Oficio N° 285-2010-SUNARP-ZR N° IX/ JEF de la Jefatura de la MORDAZA Registral N° IX-Sede MORDAZA, y el Informe N° 009-2010-SUNARP/GG de la Gerencia General de la SUNARP; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Superintendente Nacional de los Registros Publicos N° 153-1997-SUNARP/ SN, emitida el 03 de octubre de 1997, se aprobo, ademas de otras disposiciones, el formato de la Tarjeta de Propiedad Vehicular, que actualmente se utilizan en todas las sedes de los Registros Publicos; Que, con Resolucion de Superintendente Nacional de los Registros Publicos N° 491-2004-SUNARP/SN, publicada el 23 de diciembre de 2004, se aprobo un MORDAZA formato de Tarjeta, variando inclusive su denominacion de Tarjeta de Propiedad Vehicular a Tarjeta de Identificacion Vehicular (T.I.V.), la misma que sebe ser utilizada para los actos o duplicados que se inscriban o expidan en todas las sedes del Registro de Propiedad Vehicular del pais; Que, con Resolucion de Superintendente Nacional de los Registros Publicos N° 099-2005-SUNARP/SN, emitida el 05 de MORDAZA del 2005, se dispuso que el MORDAZA formato de la T.I.V., seria utilizado a partir del 01 de agosto de 2005, para los actos o duplicados que se inscriban o expidan en todas las sedes del Registro de Propiedad Vehicular del MORDAZA, estableciendose que el tamano de la misma era el de una Tarjeta de Credito; Que, con Resolucion de Superintendente Nacional de los Registros Publicos N° 202-2005-SUNARP/SN, emitida el 01 de agosto de 2005, se dispuso que el MORDAZA formato de T.I.V. sera utilizado para todos los actos o duplicados que se inscriban o expidan en todas las sedes del registro de Propiedad Vehicular del MORDAZA, a partir de treinta (30) dias de la culminacion de todos los procesos de adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios convocados por la SUNARP a efectos de la implementacion de esta medida; Que, el Decreto Supremo N° 043-2009-MTC, determina que la SUNARP, sera quien regulara las caracteristicas y especificaciones tecnicas de la T.I.V., a excepcion de los vehiculos con placa de gracia; Que, mediante los documentos de Vistos, se ha propuesto la aprobacion de un MORDAZA diseno del formato de Tarjeta de Identificacion Vehicular (T.I.V.), el mismo que, por sus caracteristicas favorece al publico usuario del Registro Vehicular; y Que, estando a las consideraciones que anteceden y a la facultad conferida por el literal v) del articulo 7° del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema N° 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR, el MORDAZA diseno de formato de Tarjeta de Identificacion Vehicular (T.I.V.), para los actos o duplicados que se inscriban o expidan en el Registro Vehicular, segun anexo adjunto, el mismo que forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- DISPONER, que el cambio debe hacerse en forma progresiva iniciando en la MORDAZA Registral N° IX-Sede MORDAZA, a partir del 24 de MORDAZA de 2010, y posteriormente; se ira implementando de manera paulatina en las demas Zonas Registrales, previa autorizacion debidamente publicada en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- INDICAR, que el cambio de diseno del formato, no implica la obligacion de cambio de tarjetas existentes, manteniendo estas su efecto y validez juridica. Articulo Cuarto.- ESTABLECER, que los usuarios que voluntariamente soliciten el cambio de su Tarjeta de Identificacion Vehicular (T.I.V.), lo podran realizar bajo modalidad de duplicado de Tarjeta, previa recepcion de la tarjeta anterior al momento de la entrega; asi como el pago por concepto de tasa registral. Articulo Quinto.- COMUNICAR, la presente resolucion; al Ministerio del Interior y Ministerio de Transportes y Comunicaciones de manera Oficial, para los fines de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA D. CAMBURSANO GARAGORRI Superintendente Nacional de los Registros Publicos

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Aprueban MORDAZA diseno de formato de Tarjeta de Identificacion Vehicular
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 107 -2010-SUNARP/SN MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2010

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