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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 10 de mayo de 2010 418705 Designan Directores de las Estaciones Experimentales Agrarias “Canaán” - Ayacucho y “Donoso” - Huaral y encargan funciones de Conductor y Supervisor de los Anexos “Chincha”, “Ica” y “Cañete” del INIA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 00147-2010-INIA Lima, 7 de mayo de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 00146-2010- INIA, de fecha 07 de mayo de 2010, se dio por concluída la encargatura del Ing. Juan Peter Vilchez Bautista, como Conductor y Supervisor de los Anexos “Chincha”, “Ica” y “Cañete” del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA; la designación del Ing. Edmundo Catacora Pinazo, como Director de la Estación Experimental Agraria “Canáan” – Ayacucho; y la designación del Ing. Oscar Javier Ortega Angulo, como Director de la Estación Experimental Agraria “Donoso” – Huaral; Que, se estima conveniente designar a los profesionales que dirigirán las Estaciones Experimentales a que se refi ere el considerando anterior, siendo necesario emitir la Resolución que ofi cialice el acto de administración interna; De conformidad con las facultades conferidas por el artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del INIA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 031-2005-AG, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 027-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar, al Ing. Juan Peter Vilchez Bautista, como Director de la Estación Experimental Agraria “Canáan” – Ayacucho, del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA, cargo considerado como de confi anza. Artículo 2º.- Designar al Ing. Edmundo Catacora Pinazo, como Director de la Estación Experimental Agraria “Donoso” – Huaral, del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, cargo considerado como de confi anza.. Artículo 3º.- Encargar, al Ing. Oscar Javier Ortega Angulo como Conductor y Supervisor de los Anexos “Chincha”, “Ica” y “Cañete” del Instituto Nacional de Innovación Agraria, cargo considerado como de confi anza, para tal efecto la Ofi cina General de Administración generará el contrato pertinente, bajo la modalidad de contratación administrativa de servicios – CAS. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR ALBERTO PAREDES PIANA Jefe Instituto Nacional de Innovación Agraria 491386-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Modifican conformación del Consejo Directivo del Centro de Innovación Tecnológica Turístico - Artesanal CITE SIPÁN RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 083-2010-MINCETUR/DM Lima, 07 de mayo de 2010 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 006-2002- MINCETUR, de fecha 27 de setiembre de 2002, se creó el Centro de Innovación Tecnológica Turístico - Artesanal CITE SIPÁN, del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, con sede en el departamento de Lambayeque; Que, mediante Resolución Suprema Nº 010-2003- MINCETUR, de fecha 16 de abril de 2003, se estableció la relación de instituciones cuyos representantes conforman el Consejo Directivo del CITE SIPÁN; Que, por Resolución Ministerial Nº 162-2003-MINCETUR/ DM, de fecha 30 de abril de 2003, modifi cada por Resoluciones Ministeriales Nros. 020-2006-MINCETUR/ DM, de 17 de enero de 2006 y 057-2008- MINCETUR/DM de 7 de abril de 2008, se designó a los representantes de las instituciones conformantes del Consejo Directivo del CITE SIPÁN; Que, mediante Ofi cio N° 149-2010-ME/VMGI de fecha 8 de abril de 2010 y Ofi cio N° 132-2010-GR.LAMB/PR-GRDE del 18 de febrero de 2010, el Ministerio de Educación y el Gobierno Regional de Lambayeque respectivamente, han comunicado la designación de sus nuevos representantes; Que, por tanto, es necesario formalizar dichas designaciones; De conformidad con el artículo 15° del Reglamento de los Centros de Innovación Tecnológica de Artesanía y Turismo, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2005- MINCETUR, modifi cado por Decreto Supremo 007-2010- MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modifi car la conformación del Consejo Directivo del Centro de Innovación Tecnológica Turístico - Artesanal CITE SIPÁN del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, incorporando a los nuevos representantes de las siguientes instituciones: -Por el Ministerio de Educación: Sr. Enrique Solano Rodríguez. -Por el Gobierno Regional de Lambayeque Sra. Rosa Ivonne Meléndez Malatesta. Artículo 2°.- Dejar sin efecto las disposiciones que se oponen a la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese MARTÍN PÉREZ MONTEVERDE Ministro de Comercio Exterior y Turismo 491290-1 DEFENSA Convalidan Título de Tercer Piloto Fluvial con el Título de Patrón Fluvial, otorgado por la Dirección General de Capitanías y Guardacostas RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0091-2010/DCG 10 de febrero de 2010 Visto el Memorándum Nº 468 de fecha 6 noviembre 2009, del Capitán de Puerto de Iquitos, mediante el cual informa la situación presentada por Personal de Prácticos Fluviales de Naves Mayores; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3º de la Ley Nº 26620, Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Marítimas, Fluviales y Lacustres, de fecha 7 junio 1996, establece que corresponde a la Autoridad Marítima aplicar y hacer cumplir dicha Ley, sus normas reglamentarias, las regulaciones de los sectores competentes y los Convenios y otros Instrumentos Internacionales ratifi cados por el Estado Peruano referidos al ámbito de la citada Ley; Que, el artículo A-010501, numerales (04) y (16) del Reglamento de la Ley Nº 26620, Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Marítimas, Fluviales y Lacustres, aprobado por Decreto Supremo Nº 028-2001-DE/MGP de fecha 25 mayo 2001; indica que es función de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas dictar las normas complementarias y emitir resoluciones sobre asuntos de su competencia relativos a las Actividades Marítimas,