Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2010 (22/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano MORDAZA, sabado 22 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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Articulo 3º.- El acogerse a la presente Ordenanza originara el desistimiento automatico de los medios impugnatorios que se hayan interpuesto contra las sanciones impuestas referidas a la infraccion indicada en el articulo uno de la presente Ordenanza. Articulo 4º.- Los infractores que hayan efectuado el pago al contado o dentro de convenio de fraccionamiento con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza por deuda de multa administrativa, referente a la infraccion materia de la presenta Ordenanza, son validos y no generaran derecho a devolucion, ni compensacion alguna. DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Primera.- Los procedimientos relacionados a la cobranza de las multas por la infraccion de "construir en jardines y/o areas publicas" que se encuentren en tramite en la Gerencia de Ejecutoria Coactiva, adscrita a la Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas, se dejara sin efecto, en merito al Informe Tecnico emitido por la Gerencia de Obras adscrita a la Gerencia General de Desarrollo Urbano. Segunda.- Encargase a la Gerencia General de Desarrollo MORDAZA, Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Tercera.- La presente Ordenanza regira a partir del dia siguiente de su publicacion en el diario oficial "El Peruano". POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA VILLARAN MORDAZA del Callao

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Aprueban Reglamento del MORDAZA de Programacion del Presupuesto Participativo para el Ejercicio Fiscal 2011 de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000025
Callao, 12 de MORDAZA de 2010 El MORDAZA de la Municipalidad Provincial del Callao: Por cuanto: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesion fecha 12 de MORDAZA de 2010; Aprobo la siguiente; Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en el articulo 194, senala que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, en los articulos 9º, 20º, 53º, 97º, 100º, 103º, 104º y la Decima Sexta Disposicion Complementaria establece las atribuciones y funciones del Consejo de Coordinacion Local Provincial, Concejo Municipal y Alcaldia, en la formulacion, coordinacion y ejecucion del Presupuesto Participativo; Que, la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, la Ley Nº 29298, Ley que modifica la Ley Nº 28056 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, definen y establecen las disposiciones, alcances y objetivos del MORDAZA Participativo; Que, la Ley N° 28056 Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, en el articulo 1 senala que el MORDAZA de presupuesto participativo es un mecanismo de asignacion equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos publicos, que fortalece las relaciones Estado

- Sociedad Civil. Para ello los gobiernos regionales y gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismo y estrategias de participacion en la programacion de sus presupuestos, asi como en la vigilancia y fiscalizacion de la gestion de los recursos publicos; Que, el Presupuesto Participativo se desarrolla considerando que las actividades y proyectos que se prioricen y ejecuten de manera conjunta (Estado y Sociedad Civil), se orienten al logro de los objetivos del Plan de Desarrollo Municipal Provincial Concertado y Planes Institucionales, cuya finalidad es propiciar la participacion activa y concertada de la sociedad civil, en el MORDAZA de analisis de los problemas de forma integral, priorizar las necesidades, asi como la programacion participativa del presupuesto en el gasto de inversion y proyectos de desarrollo, teniendo en consideracion el Plan de Desarrollo Municipal Provincial Concertado, asi como las restricciones presupuestarias propias del Gobierno Local. Asimismo, el MORDAZA participativo tiene las siguientes fases: preparacion, concertacion, coordinacion y formalizacion; Que, la Ley Nº 29091 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, que modifica el parrafo 38.3 del articulo 38 de la Ley de Procedimiento Administrativo General Nº 27444, establecen la publicacion de diversos dispositivos legales en el MORDAZA del Estado Peruano y en los portales institucionales, en el articulo 2 senala que las entidades publicas, entre ellas los gobiernos locales, estan obligadas a publicar en el MORDAZA del Estado Peruano y en sus portales institucionales, entre otros, los reglamentos tecnicos, lineamientos y directivas; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 007-2010EF/76.0, el Ministerio de Economia y Finanzas aprobo el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, Instructivo para el MORDAZA del Presupuesto Participativo, con la finalidad de orientar y fortalecer los procesos de planeamiento concertado y Presupuesto Participativo; Que, en la sesion de la fecha se adopto el Acuerdo de Concejo Nº 000114 el mismo que aprobo el Reglamento del MORDAZA de Programacion del Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2011, que en anexo constituye parte integrante de la presente Ordenanza Municipal, teniendo como antecedentes el Informe N° 098-2010-MPC/GGPPR de la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion, el Informe Nº 446-2010-MPC-GGAJC de la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion, asimismo, el Dictamen Nº 07-2010-MPC/SR-CAM de la Comision de Administracion, todos los cuales, son favorables a la expedicion de la presente Ordenanza; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL MORDAZA DE PROGRAMACION DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2011 DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Articulo 1º.- Apruebase el Reglamento del MORDAZA de Programacion del Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2011, que en anexo constituye parte integrante de la presente Ordenanza Municipal, cuyo texto se publica en el MORDAZA Institucional www.municallao.gob.pe. Articulo 2º.- Encargase a la Gerencia de Informatica la publicacion de la presente Ordenanza Municipal y el reglamento precitado en el articulo anterior, en el MORDAZA institucional www.municallao.gob.pe asi como en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas www.psce.gob.pe y el MORDAZA del Estado Peruano www.peru.gob.pe. Articulo 3º.- Encargase a la Gerencia Municipal y a la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion, la adopcion de las acciones pertinentes a fin de dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo 4º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA VILLARAN MORDAZA del Callao

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