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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 22 de mayo de 2010 419361 a) Proponer la información básica para el debate en los talleres de trabajo. b) Evaluar la factibilidad de los proyectos priorizados durante el proceso. c) Capacitar a los agentes participantes sobre las distintas fases del proceso. d) Apoyo y conducción en la organización y ejecución de los talleres de trabajo. e) Elaborar el documento del Presupuesto Participativo del año que corresponda. El Equipo Técnico está conformado por: Gerente de Planeamiento y Presupuesto Presidente Gerente de Desarrollo Social Integrante Gerente de Desarrollo Urbano Integrante Gerente de Rentas Integrante Gerente de Desarrollo Económico Integrante Gerente de Seguridad Ciudadana Integrante Gerente de Servicios a la Ciudad Integrante Subgerente de Participación Vecinal Integrante Subgerente de Presupuesto y Estadística Integrante Subgerente de Planeamiento y Racionalización Integrante Representante de la Sociedad Civil al Consejo de Coordinación Local Distrital Integrante Subgerente de Cooperación Técnica y Proyectos de Inversión Integrante TÍTULO II DE LAS FASES DEL PROCESO PARTICIPATIVO CAPÍTULO I FASE DE PREPARACIÓN Artículo 4º.- Lineamientos Generales de la Fase de Preparación Comprende las acciones de comunicación, sensibilización, convocatoria, identifi cación y capacitación de los agentes participantes. El Consejo de Coordinación Local Distrital – CCLD – y el Equipo Técnico son los responsables del desarrollo de las actividades de comunicación y sensibilización a la población y sus organizaciones, sobre la importancia de la participación ciudadana en el Proceso Participativo así como de las normas que señalan su cumplimiento. Artículo 5º.- Convocatoria El Alcalde del distrito, en su calidad de presidente del Consejo de Coordinación Local Distrital – CCLD – convoca al proceso participativo en general y a los agentes participantes para registrarse y participar en el proceso, debiendo hacer uso de los medios de comunicación de ámbito local más adecuados y a través de las diversas ofi cinas de la Municipalidad, para garantizar una amplia participación y representatividad de la sociedad civil. Artículo 6º.- Identifi cación de Agentes Participantes Los Agentes Participantes están constituidos por los representantes de cada organización de la sociedad civil de diverso tipo y nivel con sede en el distrito. Participan con voz y voto en la discusión y/o toma de decisiones en el proceso del Presupuesto Participativo. La Subgerencia de Participación Vecinal efectuará la inscripción de las organizaciones de la sociedad civil que deseen participar, en el Libro de Registro de Agentes Participantes del Presupuesto Participativo. El Libro de Registro de Agentes Participantes contendrá rubros especiales para el registro de los Ciudadanos No Organizados, representantes de las entidades del Gobierno Nacional y los Organismos e Instituciones privadas de la localidad. Los diferentes órganos administrativos de la Municipalidad promoverán y facilitarán la inscripción de los agentes participantes, a fi n de asegurar la mayor presencia posible de grupos humanos representativos, las organizaciones temáticas y la sociedad civil no organizada del distrito. Artículo 7º.- Requisitos para la inscripción El trámite de inscripción es totalmente gratuito, y contempla los siguientes requisitos: 1. Solicitud de inscripción: esta solicitud tendrá valor de declaración jurada sobre la veracidad de los documentos y su contenido, estará debidamente fi rmada por el representante de la organización y/o por el ciudadano solicitante. 2. Fotocopia simple del documento de identidad (DNI) del representante de la Organización, quien deberá acreditar ser habitante del distrito, por este medio o a través de cualquier otro documento que lo sustente. 3. Constancia de inscripción de la organización en el Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) de la Municipalidad. De no contar con dicha constancia sustentar la situación jurídica de la organización, adjuntando documentación que acredite una antigüedad no menor de un (1) año. 4. En el caso de ciudadanos no organizados, deberán inscribirse en el libro de registro de agentes participantes. Artículo 8º.- Capacitación de Agentes Participantes La capacitación de los Agentes Participantes comprenderá la realización de asambleas o reuniones, previos a los talleres de trabajo de identifi cación de problemas, que forman parte de la fase de concertación, en las que las autoridades y la población se informen y comprendan las tareas que involucra dicho proceso, pudiendo establecerse para el efecto, convenios y acuerdos de colaboración con entidades públicas, instituciones de la sociedad civil y organismos no gubernamentales. CAPÍTULO II FASE DE CONCERTACIÓN Artículo 9º.- Lineamientos Generales de la Fase de Concertación Comprende las actividades de identifi cación de los problemas, evaluación técnica de las posibles soluciones y la priorización de proyectos propuestos por el Titular del pliego. A través de los talleres de trabajo convocados por el Alcalde y el Equipo Técnico, realizados sobre la base de la visión y de los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado, se identifi can, analizan, y priorizan los problemas y soluciones a través de proyectos de inversión, defi niéndose los compromisos que los diversos actores públicos y privados asumirán durante la ejecución del presupuesto participativo. Artículo 10º.- Taller de Identifi cación y Priorización de Problemas Los agentes participantes proceden a identifi car y priorizar los principales problemas que afecten a la población en el marco del Plan de Desarrollo Concertado. Artículo 11º.- Evaluación Técnica de Proyectos El Equipo técnico seleccionará de la cartera de proyectos viables, aquellos que guarden correspondencia con los problemas priorizados, tomando en cuenta los criterios de, alcance, cobertura y montos de inversión que defi nen los proyectos de impacto distrital establecidos en el Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, así como los recursos asignados al proceso participativo, preservando siempre el equilibrio entre los recursos disponibles y los montos de recursos requeridos para el fi nanciamiento de los proyectos priorizados. Los resultados de la evaluación del Equipo Técnico son presentados por el Alcalde quien propone a los Agentes Participantes los proyectos de inversión correspondientes para su priorización. Artículo 12º.- Taller de priorización de Proyectos de Inversión En base a los proyectos presentados por el Alcalde, los agentes participantes proceden a la priorización de proyectos, de acuerdo a los problemas identifi cados en los talleres de identifi cación de problemas. Los proyectos priorizados son incluidos en el Acta de Acuerdos y Compromisos del proceso.