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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2010 (16/11/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 16 de noviembre de 2010 429231 - Dirección General de Concesiones Eléctricas – MINEM; - Autoridad Nacional del Agua; - Organización Ashaninka del Río Apurímac; - Consejo Matsiguenka del Río Apurímac; - Federación de Comunidades Campesinas de la Provincia de Tayacaja; - Cooperativa Agraria Cafetalera “Valle Río Apurímac” Ltda.; - Cooperativa Exportadora de Café y Cacao – QUINACHO; - Asociación de Agricultores – CACAO VRAE; - Asociación de Productores de Barbasco VRAE; - Asociación de Productores Agropecuarios de Tayacaja; - Asociación de Productores de Leche de la Provincia de Tayacaja; - Asociación de Productores Aromáticos de la Provincia de Tayacaja; - Asociación de Productores de Papa Nativa de Pazos; - Central de Productores Agropecuarios de Colcabamba; - ONG SEPAR – Tayacaja; - ONG FOVIDA – Tayacaja; - ONG CEDRO – VRAE; - ONG PRISMA – VRAE; - ONG CEDIA – VRAE; - ONG ACPC – VRAE. 2.2 También conforman la Comisión Técnica Multiregional, un representante de las siguientes Instituciones: - Ministerio del Ambiente; - Mancomunidad Asociativa de las Municipalidades del Valle del Río Apurímac y El Ene – AMUVRAE; - Asociación de Alcaldes de Centros Poblados del VRAE; - Asociación de Alcaldes de Centros Poblados de Tayacaja; - Instituto Superior Tecnológico Kimbiri; - Federación de Productores Agropecuarios del VRAE – FEPAVRAE; - Comité de Autodefensa del VRAE; - Comisión Agraria Ambiental del VRAE. 2.3 La Comisión Técnica, según lo estime conveniente, podrá invitar a participar a otros organismos públicos y organismos de la sociedad civil que apoyen el mejor cumplimiento de su fi nalidad y funciones, quienes podrán participar en las sesiones con voz pero sin voto. Artículo 3°.- Funciones de la Comisión Técnica Multiregional La Comisión Técnica Multiregional tendrá las siguientes funciones: a) Proponer, opinar, acompañar y coordinar la ejecución del proceso de la Zonifi cación Ecológica Económica - ZEE y el Ordenamiento Territorial a nivel Multiregional; y, b) Proponer los mecanismos de consulta y participación ciudadana y procesos de difusión y capacitación. Artículo 4°.- Organización de la Comisión Técnica Multiregional La Comisión Técnica Multiregional estará organizada de la siguiente manera: a) Una Comisión Colegiada conformada por los representantes designados de las siguientes instituciones: Ministerio del Ambiente, quien será el Coordinador de la Comisión Técnica; Gobiernos Regionales de Ayacucho, Cusco y Huancavelica; Mancomunidad Asociativa de las Municipalidades del Valle del Río Apurímac y El Ene – AMUVRAE; y Municipalidad Provincial de Tayacaja. b) Secretaria Técnica a cargo del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana (IIAP). c) Dos Subcomisiones Técnicas, una del Valle del Río Apurímac y otra de la Provincia de Tayacaja, coordinadas por los representantes designados de la Mancomunidad Asociativa de las Municipalidades del Valle del Río Apurímac y El Ene – AMUVRAE y de la Municipalidad Provincial de Tayacaja, respectivamente. Artículo 5°.- Reuniones de trabajo descentralizadas Para el desarrollo de las actividades de esta Comisión Técnica Multiregional, se podrán organizar reuniones de trabajo descentralizadas teniendo en cuenta los dos ámbitos geográfi cos: (a) Valle del Río Apurímac y Ene; y (b) Provincia de Tayacaja. Artículo 6°.- De las Subcomisiones Técnicas Encárguese a la Comisión Colegiada para que en un plazo de treinta (30) días calendarios de publicada la presente Resolución Ministerial, convoque, conforme y gestione la instalación de las Subcomisiones Técnicas, para lo cual solicitará a las instituciones indicadas en el artículo 2°, la designación de un representante titular y un alterno. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTONIO JOSÉ BRACK EGG Ministro del Ambiente 566772-1 Designan representante alterna del Ministerio ante Comisión Técnica Multisectorial constituida por D.S. Nº 045-2010-PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 223-2010-MINAM Lima, 15 de noviembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 045-2010-PCM, se constituye una Comisión Técnica Multisectorial de carácter temporal, encargada de la formulación y seguimiento de la implementación de un proyecto de Plan Nacional para la Formalización de la Minería Artesanal, adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, la Comisión Técnica Multisectorial está conformada, entre otros, por un (1) representante del Ministerio del Ambiente; quien debe ser designado mediante Resolución Ministerial; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 055-2010- MINAM, se designó a los representantes titular y alterno del Ministerio del Ambiente ante la citada Comisión Técnica Multisectorial; Que, es necesario reemplazar al representante alterno designado mediante Resolución Ministerial Nº 055-2010- MINAM, por lo que corresponde emitir la Resolución Ministerial respectiva; Con el visado de la Secretaría General y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, y el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la Abg. Mariella Emilia Sanchez Villanueva, representante alterno del Ministerio del Ambiente ante la Comisión Técnica Multisectorial constituida por Decreto Supremo N° 045-2010-PCM, en reemplazo de la Ing. María del Carmen Quevedo Caiña,