Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2010 (25/11/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de noviembre de 2010 429770 Pasajes (Lima - Madrid) (Madrid - Barcelona - Madrid) Madrid - Lima) US$ 2,727.79 Viáticos US$ 1,040.00 TUUA US$ 31.00 ------------------- TOTAL US$ 3,798.79 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuesto o derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- Encargar el Despacho del Ministro de Agricultura al señor Eduardo Ferreyros Küppers, Ministro de Comercio Exterior y Turismo, a partir del 27 de noviembre de 2010 y en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación RAFAEL QUEVEDO FLORES Ministro de Agricultura 571034-18 AMBIENTE Aprueban el Procedimiento denominado “Disposiciones para la Revisión Aleatoria de Estudios de Impacto Ambiental aprobados por las autoridades competentes” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 239-2010-MINAM Lima, 24 de noviembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, el artículo 24º de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, señala que toda actividad humana que implique construcciones, obras, servicios y otras actividades, así como las políticas, planes y programas públicos susceptibles de causar impactos ambientales de carácter signifi cativo, están sujetas al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA); Que, de conformidad con el literal a) del artículo 1° de la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, el SEIA es un sistema único y coordinado de identifi cación, prevención, supervisión, control y corrección anticipada de los impactos ambientales negativos derivados de las acciones humanas expresadas por medio del proyecto de inversión; Que, el literal f) del artículo 7° del Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, concordante con el artículo 16º de la Ley Nº 27446, modifi cado por el artículo 1º del Decreto Legislativo Nº 1078; establece que el Ministerio del Ambiente (MINAM) es el ente encargado de dirigir y administrar el SEIA; Que, en ese sentido, el literal a) del artículo 17º de la Ley N° 27446, establece que le corresponde al MINAM, revisar, de manera aleatoria, los Estudios de Impacto Ambiental (EIA) aprobados por las autoridades competentes, con la fi nalidad de coadyuvar al fortalecimiento y transparencia del SEIA; Que, en tanto el literal l) del artículo 7° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, dispone que el MINAM está encargado de revisar de manera aleatoria los EIA de proyectos aprobados por las autoridades competentes que conforman el SEIA, a fi n de disponer las acciones que correspondan, para consolidar y mejorar el funcionamiento del SEIA; Que, de conformidad con el literal g) del artículo 8° del Reglamento de la Ley N° 27446, las autoridades competentes deben remitir al MINAM los estudios ambientales que éste les requiera, adjuntando la documentación sustentatoria de la decisión de aprobación o desaprobación según corresponda; Que, sin perjuicio de lo ya normado, resulta necesario contar con un procedimiento para la revisión aleatoria de los estudios de impacto ambiental, el mismo que debe establecer las fases de dicha revisión, así como contener los lineamientos y criterios técnicos que deberán ser aplicados para tal efecto; Que, por lo tanto y estando a lo dispuesto en el literal a) del numeral 6.2. del artículo 6º del Decreto Legislativo N° 1013, que establece que el MINAM tiene entre sus funciones aprobar las disposiciones de su competencia; corresponde la aprobación del Procedimiento denominado “Disposiciones para la Revisión Aleatoria de Estudios de Impacto Ambiental aprobados por las autoridades competentes”; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, modifi cada por el Decreto Legislativo Nº 1078, el Reglamento de la Ley del SEIA, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2009- MINAM; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobación Aprobar el Procedimiento denominado “Disposiciones para la Revisión Aleatoria de Estudios de Impacto Ambiental aprobados por las autoridades competentes”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2°.- Aplicación El Ministerio del Ambiente, a través de la Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental, aplicará el Procedimiento denominado “Disposiciones para la Revisión Aleatoria de Estudios de Impacto Ambiental aprobados por las autoridades competentes”, con el objetivo de cumplir lo dispuesto en el literal a) del artículo 17° de la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, modifi cado por Decreto Legislativo N° 1078. Artículo 3º.- Publicación La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. El Anexo a que se refi ere el artículo 1° de la presente norma, será publicado en el Portal del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTONIO JOSÉ BRACK EGG Ministro del Ambiente 571035-1 CULTURA Declaran patrimonio cultural de la Nación a monumentos arqueológicos prehispánicos ubicados en los departamentos de Tacna y Cusco RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 0121-2010-VMPCIC-MC Lima, 17 de noviembre de 2010