TEXTO PAGINA: 59
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de octubre de 2010 428303 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Disponen la utilización de la Microzonificación Ecológica y Económica de la Provincia Constitucional del Callao en la Municipalidad Distrital de La Punta ORDENANZA Nº 014-2010-MDLP/ALC La Punta, 21 de octubre de 2010. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO EL CONCEJO DISTRITAL DE LA PUNTA VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 21 de octubre de 2010, el proyecto de Ordenanza remitido por la Gerencia Central de Servicios a la Ciudad a través del Informe Nº 033-2010-MDLP/GCSC, mediante el cual propone la Microzonifi cación Ecológica Económica en la Municipalidad de La Punta y el Informe Nº 290-2010-MDLP/OAJ, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad al Artículo 194º de la Constitución Política, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización y por la Ley Nº 28607, con el que concuerda el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción. Dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, según los Artículos IV y X del Título Preliminar de esta última, los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción y promueven el desarrollo integral para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental; Que, asimismo, agrega el Artículo 73°, que los gobiernos municipales, tomando en cuenta su condición de municipalidad provincial o distrital, asumen las competencias y ejercen las funciones específi cas con carácter exclusivo o compartido, de la organización del espacio físico y uso del suelo, zonifi cación, catastro urbano y rural, habilitación urbana, saneamiento físico y legal de asentamientos humanos, acondicionamiento territorial, renovación urbana, infraestructura urbana o rural básica, vialidad, patrimonio histórico, cultural y paisajístico; Que, el Decreto Supremo Nº 087-2004-PCM que aprueba el Reglamento de Zonifi cación Ecológica y Económica, en sus artículos 1º y 2º establece que la Zonifi cación Ecológica y Económica es un proceso dinámico y fl exible para la identifi cación de diferentes alternativas de uso sostenible de un territorio determinado, basado en la evaluación de sus potencialidades y limitaciones con criterios físicos, biológicos, sociales, económicos y culturales, orientado a toma de decisiones sobre los mejores usos del territorio, considerando las necesidades de la población que la habita y en armonía con el ambiente; Que, mediante Ordenanza Regional N° 008 del 23 de julio de 2009 se aprueba la Microzonifi cación Ecológica y Económica de la Provincia Constitucional del Callao, disponiéndose la utilización de manera obligatoria por parte de los Gobiernos Locales y demás instituciones públicas en la jurisdicción del Callao, de la Microzonifi cación Ecológica y Económica, así como la ejecución de las acciones necesarias para su aplicación, monitoreo, evaluación y actualización, a través de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; Que, posteriormente, mediante Decreto Regional Nº 015, de fecha 24 de noviembre de 2009 se aprobó su Reglamento respectivo; Que, a través de la Ordenanza Regional Nº 010, de fecha 30 de octubre de 2007, se conforma la Comisión Técnica Regional de Zonifi cación Ecológica y Económica en el ámbito de la Provincia Constitucional del Callao, con la fi nalidad de promover, opinar, acompañar y coordinar la ejecución del proceso de Zonifi cación Ecológica y Económica; Que, de conformidad a los numerales 49.1 y 49.2, del Artículo 49° de la Ley de Bases de la Descentralización N° 27783, el gobierno nacional y los gobiernos regionales y locales mantienen relaciones de coordinación, cooperación y apoyo mutuo, en forma permanente y continua, dentro del ejercicio de su autonomía y competencias propias, articulando el interés nacional con los de las regiones y localidades. Asimismo, el gobierno regional, al igual que los gobiernos locales provinciales y distritales, pueden celebrar y suscribir en forma indistinta, convenios de colaboración mutua y recíproca, y contratos de cualesquier naturaleza para fi nes comunes determinados, con arreglo a Ley. Que, se ha suscrito el Convenio Específi co de Cooperación Interinstitucional para el Proceso de Microzonifi cación Ecológica y Económica – Plan de Ordenamiento Territorial de la Provincia Constitucional del Callao entre el Gobierno Regional del Callao y la Municipalidad Distrital de La Punta – N° 003 – 2008 – GRC, de fecha 30 de octubre de 2008, cuyo objeto es la cooperación recíproca entre las partes, con el compromiso de realizar y llevar a cabo todas las etapas del citado proceso; Que, mediante Informe Nº 033-2010-MDLP/GSCS, la Gerencia Central de Servicios a la Ciudad señala que es necesario disponer la utilización de la Microzonifi cación Ecológica y Económica antes descrita, a fi n de continuar con la implementación de la misma dentro del distrito; Estando a lo expuesto, con el Informe Nº 290-2010- MDLP/OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y de conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, ha dado la siguiente: ORDENANZA Nº 014-2010-MDLP/ALC ORDENANZA QUE DISPONE LA UTILIZACIÓN DE LA MICROZONIFICACIÓN ECOLÓGICA Y ECONÓMICA EN LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA Artículo Primero.- DISPONER la utilización de la Micro Zonifi cación Ecológica y Económica de la Provincia Constitucional del Callao, aprobada por la Ordenanza Regional Nº 008, como instrumento de planifi cación y gestión del distrito. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Central de Desarrollo Local, Gerencia Central de Servicios a la Ciudad y Gerencia Central de Rentas ejecutar las acciones necesarias para la aplicación, monitoreo, evaluación y actualización de la Micro Zonifi cación Ecológica y Económica en coordinación permanente con la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional del Callao. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. WILFREDO DUHARTE GADEA Alcalde 560215-1