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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de octubre de 2010 428300 la Zonifi cación de los Usos del Suelo del Distrito de San Juan de Mirafl ores. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla, En Lima, 22 de octubre de 2010. MARCO ANTONIO PARRA SANCHEZ Teniente Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima Encargado de la Alcaldía 560484-1 Autorizan la implementación de diversos paraderos de transporte público en la provincia de Lima RESOLUCION DE SUBGERENCIA Nº 5936-2010-MML/GTU-SRT Lima, 4 de octubre de 2010 VISTOS.- El Codifi cado Nº 91235-09 de fecha 30 de julio de 2010, el Codifi cado Nº 99760-09 de fecha 14 de agosto de 2009; el Informe Nº 1187-2010-MML/GTU-SETT de fecha 16 de septiembre de 2010 de la Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transporte; y, CONSIDERANDO: Que, el acápite 7.1 del inciso 07 del artículo 161º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que: “La Municipalidad Metropolitana de Lima tiene las siguientes competencias y funciones metropolitanas especiales: 7.1) Planifi car, regular y gestionar el transporte público”; Que. la Ordenanza Nº 341-MML, en su artículo 7º establece que la Municipalidad Metropolitana de Lima tiene a su cargo la ejecución, mantenimiento, remodelación, señalización horizontal y vertical, semaforización, ornato, publicidad y mobiliario urbano de las vías expresas, arteriales y colectoras del sistema Vial Metropolitano, de los Intercambios Viales y de todas las Vías del Cercado de Lima; Que, la Ordenanza Nº 1338-MML, en su numeral 31 del artículo 5Aº defi ne al Paradero de Transporte Regular como “el punto de parada autorizado, provisto de mobiliario y/o señalización, localizado en las vías que forman parte del recorrido autorizado de una determinada ruta, utilizada para el embarque y desembarque de pasajeros”; Que, la Ordenanza Nº 131-MML en sus artículos 2º y 3º, menciona que es política de la Municipalidad Metropolitana de Lima en materia de transporte terrestre, la promoción de la consolidación, efi ciencia, modernización, desarrollo y expansión del servicio de transporte terrestre y de la infraestructura necesaria que se requiera, así como velar por el cumplimiento de las condiciones de calidad, continuidad, mantenimiento y seguridad en la prestación de los servicios públicos de transporte y de infraestructura necesaria para el mismo, correspondiéndole formular objetivos y directrices con el fi n de procurar una efi caz prestación y organización del servicio; Que, el artículo 100º de la Ordenanza Nº 812-MML (Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima), establece que: “La Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transporte es el órgano responsable de la formulación de estudios, proyectos, programas y planes estratégicos en materia de transporte regular y no regular de tránsito y viabilidad para la provincia de Lima”; Que, el artículo 102º de la Ordenanza Nº 812- MML establece que: “La Subgerencia de Regulación del Transporte es el órgano responsable del registro y expedición de las autorizaciones para la circulación del servicio de transporte público y para el uso especial de vías en la provincia de Lima”; Que, mediante Resolución de Subgerencia Nº 007- 2008-MML/GTU-SRT de fecha 12 de junio de 2008 de 2010, se autorizó la implementación de Paraderos de Transporte Público, entre ellos la Av. José Pardo y la Av. Alfredo Benavides, en el distrito de Miraflores. Que, de conformidad con el Informe Nº 1187-2010- MML/GTU-SETT de fecha 16 de septiembre de 2010, se considera técnicamente factible la implementación de paraderos de transporte regular en la Av. Angamos Oeste, Av. Angamos Este, Av. Armendáriz, Av. 28 de Julio, Av. Ricardo Palma, Av. Andrés A. Cáceres, Av. Roosevelt (República de Panamá), Av. Reducto, Av. Comandante Espinar, así como la modifi cación de la Resolución de Subgerencia Nº 007-2008-MML-GTU/ SRT de fecha 12 de junio de 2008 en lo que respecta a la ubicación de paraderos en la Av. José Pardo y la Av. Alfredo Benavides, conforme a la evaluación realizada acerca de los aspectos normativos y físicos de las vías, así como los parámetros técnicos concernientes a distancia entre paraderos; Que, las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la Ley, y el Derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que fueron conferidos, conforme a lo dispuesto en el numeral 1.1 del artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ordenanza Nº 1338-MML, la Ordenanza Nº 812-MML, y la evaluación técnica contenida en el Informe Nº 1187-2010-MML/GTU-SETT, y demás normas vigentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la implementación Paraderos de Transporte Público en la Av. Angamos Oeste, Av. Angamos Este, Av. Armendáriz, Av. 28 de Julio, Av. Ricardo Palma, Av. Andrés A. Cáceres, Av. Roosevelt (República de Panamá), Av. Reducto, Av. Comandante Espinar, así como la modifi cación de la Resolución de Subgerencia Nº 007-2008-MML-GTU/SRT de fecha 12 de junio de 2008 en lo que respecta a la ubicación de paraderos en la Av. José Pardo y la Av. Alfredo Benavides, como se detalla a continuación: Cuadro 01 – Av. Angamos Oeste Tramo (Ca. Ignacio Merino - Av. Arequipa) EJE INTERSECCION SENTIDO E-O O-E AC DC AC DC LEYENDA AV. ANGAMOS OESTE CA. IGNACIO MERINO 1 AC Antes del cruce CA. ALMTE COCHRANE 1 MC Mitad de Cuadra SANTA CRUZ 1 1 DC Después del Cruce AV. CMTE.ESPINAR 1 1 CA.GRAL.BORGOÑO 1 1 AV. AREQUIPA 1 Cuadro 02 – Av. Angamos Este Tramo (Av. Arequipa - a. Suarez) EJE INTERSECCION SENTIDO E-O O-E LEYENDA AC DC AC DC AC Antes del cruce AV. ANGAMOS ESTE Av. Arequipa 1 MC Mitad de Cuadra CA. Suarez 1 1 DC Después del Cruce