NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (22/09/2010)
CANTIDAD DE PAGINAS: 56
TEXTO PAGINA: 9
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 22 de setiembre de 2010 426115 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la señorita Seminario Marón presentará al Titular del MINCETUR un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la reunión a la que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación EDUARDO FERREYROS KUPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 546715-8 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 124-2010-MINCETUR Lima, 21 de septiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, la Mesa Redonda de Reguladores Latinoamericanos, organizada por la empresa Gaming Laboratories International LLC, se llevará a cabo en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, el día 28 de setiembre de 2010; Que, dicho evento está dirigido a los Reguladores de Latinoamérica con el fi n abordar temas relacionados con el marco regulatorio de los juegos de azar a nivel latinoamericano, las nuevas tendencias al respecto en distintos países de la región, así como temas técnicos de certifi cación de máquinas tragamonedas, programas de juegos, control y regulación (i-Gaming y lavado de dinero), sistemas de control para fi scalización; Que, asimismo, del 29 de setiembre al 1 de octubre de 2010, se llevará a cabo la Feria SAGSE Gaming & Amusement - Buenos Aires, donde se expondrán los nuevos productos de tecnología de máquinas tragamonedas, programas de juego y sistemas on line, sistemas progresivos, cliente servidor, entre otros; Que, la Viceministra de Turismo ha solicitado que se autorice el viaje del señor Yuri Guerra Padilla, profesional que presta servicios a la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas a la ciudad de Buenos Aires, para que en representación Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR participe en la Mesa Redonda como panelista y asista a la Feria antes mencionada; Que, el MINCETUR es la entidad pública responsable de formular, proponer y supervisar las normas generales de alcance nacional que regulan y controlan la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas; Que, la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo casos excepcionales, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución Suprema; De conformidad con la referida Ley Nº 29465, la Ley Nº 27790, la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje del señor Yuri Guerra Padilla, profesional que presta servicios al Viceministerio de Turismo, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 27 de setiembre al 2 de octubre de 2010, para que en representación del MINCETUR, participe en los eventos a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 784,77 Viáticos (US$ 200,00 x 5 días) : US$ 1 000,00 Tarifa CORPAC : US$ 31,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Yuri Guerra Padilla presentará al Titular del MINCETUR un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación EDUARDO FERREYROS KUPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 546715-9 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 125-2010-MINCETUR Lima, 21 de septiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, la reunión técnica del Grupo de Trabajo sobre Promoción y Protección a las Inversiones en el marco del Foro sobre la Iniciativa de la Cuenca del Pacífi co Latinoamericano - ARCO, se llevará a cabo en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, los días 28 y 29 de setiembre de 2010; Que, en dicha reunión el Grupo de Trabajo mencionado hará seguimiento a las diferentes iniciativas y compromisos que se han venido impulsando en el Foro y discutirá los avances del Grupo que serán presentados en la Reunión Ministerial de octubre a realizarse en el Perú; Que, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje del señor Jaime Ricardo Dupuy Ortiz de Zevallos, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Bogotá, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, participe en la referida reunión técnica; Que, el MINCETUR es competente para determinar la estrategia y conducción de las negociaciones de la Agenda Comercial en el marco de los esquemas de Integración y los foros de comercio internacional, en el ámbito de su competencia; Que, la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución Suprema; De conformidad con el Decreto de Urgencia Nº 001-2010, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;