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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 10 de abril de 2011 440668 Caja de Pensiones Militar - Policial para la constitución del fideicomiso señalado en el artículo 4° de la presente norma, así como la disposición de los citados activos para la atención de la devolución de los recursos al Tesoro Público. La presente norma rige hasta el 31 de diciembre de 2011. Artículo 6°.- Suspensión de normas Déjense en suspenso las disposiciones que se opongan o limiten la aplicación de la presente norma. Artículo 7°.- Refrendo El presente decreto de urgencia será refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de abril del año dos mil once ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Economía y Finanzas JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa MIGUEL HIDALGO MEDINA Ministro del Interior 626658-1 DECRETO DE URGENCIA Nº 014-2011 DICTAN MEDIDAS ORIENTADAS A COMPLEMENTAR EL FINANCIAMIENTO DEL PROYECTO REHABILITACIÓN, REMODELACIÓN Y EQUIPAMIENTO DEL ESTADIO NACIONAL EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 004-2009 de fecha 12 de enero de 2009, se incluyó dentro del Programa Nacional de Recuperación de las Instituciones Educativas Públicas Emblemáticas y Centenarias, por excepción, el Proyecto Rehabilitación, Remodelación y Equipamiento del Estadio Nacional, el cual fue exonerado de la etapa de Preinversión; Que, el Instituto Peruano del Deporte, mediante el Ofi cio Nº 128-2011-SG/IPD e Informe Nº 050-2011-OPP/ IPD, ha solicitado mayores recursos presupuestales para poder culminar las citadas obras, hasta por la suma de VEINTE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 20 000 000.00) por haberse presentado un incremento de los costos programados durante la Programación y Formulación del Presupuesto Institucional 2011 para la adquisición de equipamiento tecnológico para el Estadio Nacional, así como adicionales de obra como consecuencia de que la citada infraestructura deportiva tiene una antigüedad mayor a 50 años, cuyos trabajos es necesario ejecutar para poder cumplir con los objetivos y las metas del proyecto, lo cual permitirá al país contar con un estadio moderno acorde a las actuales exigencias del mundo deportivo; Que, según lo señalado por el Instituto Peruano del Deporte mediante Ofi cio Nº 157-2011-SG/IPD e Informe Nº 016-2011-GP-PHP/IPD, se han advertido aspectos de índole técnico que permanecieron ocultas al momento de elaborarse el expediente técnico y que se hicieron evidentes en la medida que se fueron ejecutando las obras, circunstancias que han ocasionado un mayor tiempo para la ejecución de los trabajos y, como consecuencia de ello, menores avances y desembolsos a los previstos en el año 2010, por más de 30 millones de nuevos soles; asimismo, se han originado mayores costos a los previstos en la etapa de Programación y Formulación Presupuestal del Presupuesto para el año 2011, para el equipamiento tecnológico del Estadio Nacional, producto de una variación de precios en el mercado internacional; Que, en ese sentido, mediante Ofi cio Nº 288-2011-ME/ SG, el Ministerio de Educación ha solicitado la aprobación de una Transferencia de Partidas, hasta por la suma de VEINTE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 20 000 000.00) con cargo a su Presupuesto autorizado, a favor del Instituto Peruano del Deporte, para poder fi nanciar la conclusión del Proyecto Rehabilitación, Remodelación y Equipamiento del Estadio Nacional, para lo cual cuenta con la disponibilidad presupuestal, conforme lo señalado en Ofi cio Nº 321-2011-ME/SG e Informe Nº 096-2011-ME/ SPE-UP; Que, el referido Proyecto es una obra de prioridad nacional por cuanto el Estadio Nacional representa el primer recinto deportivo del país, por lo que resulta conveniente dictar medidas de carácter extraordinario en materia económica y fi nanciera, con la fi nalidad de dotar a dicho Proyecto de los recursos necesarios para que las obras que se encuentran avanzadas puedan culminar satisfactoriamente; Que, la medida propuesta resulta necesaria pues, de no implementarse en forma inmediata, generará retrasos en las obras y consecuentemente mayores gastos al Estado por la aplicación de los reajustes de precios, ampliaciones de plazo y reconocimiento de mayores gastos generales, impidiendo que la inversión ejecutada genere un pronto retorno y con ello la generación de importantes recursos que servirán para la promoción del deporte en general, así como una menor demanda de recursos al Tesoro Público lo que le permitirá al Estado atender otras necesidades prioritarias; En uso de las facultades conferidas por el numeral 19) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto La presente norma establece medidas extraordinarias y excepcionales en materia económica y fi nanciera orientadas a complementar el fi nanciamiento del Proyecto Rehabilitación, Remodelación y Equipamiento del Estadio Nacional. Artículo 2º.- Transferencia de Partidas Autorícese una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, hasta por la suma de VEINTE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 20 000 000.00), destinados a completar el fi nanciamiento del Proyecto de Remodelación, Rehabilitación y Equipamiento del Estadio Nacional, de acuerdo con el siguiente detalle: DE LA: (En nuevos soles) Sección Primera : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de Educación UNIDAD EJECUTORA 108 : Programa Nacional de Infraestructura Educativa FUNCIÓN 22 : Educación PROGRAMA 047 : Educación Básica SUBPROGRAMA 0010 : Infraestructura y Equipamiento PROYECTO 2.108099 : Construcción y Equipamiento del Teatro Nacional FUENTE DE FINANCIAMIENTO : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 20 000 000.00 -------------------- TOTAL 20 000 000.00