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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ABRIL DEL AÑO 2011 (10/04/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 10 de abril de 2011 440684 nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3°.-Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1° del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4°.- De la transparencia El Pliego al cual INDECI transferirá fi nancieramente los recursos autorizados en el artículo 1° de la presente norma, elaboran un informe acerca de las adquisiciones efectuadas con cargo a dichos recursos, así como de los resultados alcanzados, el mismo que se publica en el portal institucional del Pliego respectivo dentro de los treinta (30) días calendario de fi nalizado el año 2011. En caso el referido Pliego no contara con un portal institucional, INDECI deberá realizar las acciones necesarias para su publicación en su portal institucional. Artículo 5°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de abril del año dos mil once ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Economía y Finanzas 626658-5 ENERGIA Y MINAS Aprueban transferencia de concesión definitiva de generación con recursos energéticos renovables para la Central Térmica Caña Brava, a favor de Bioenergía del Chira S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 168-2011-MEM/DM Lima, 30 de marzo de 2011 VISTO: El Expediente Nº 13175409, organizado por Agrícola del Chira S.A., sobre concesión defi nitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables para la Central Térmica Caña Brava, y la solicitud de transferencia de concesión presentada el 15 de febrero de 2011; CONSIDERANDO: Que, en mérito de la Resolución Ministerial Nº 465-2009- MEM/DM, publicada el 21 de noviembre de 2009, se otorgó la concesión defi nitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables a favor de Agrícola del Chira S.A., para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las instalaciones de la Central Térmica Caña Brava, aprobándose el Contrato de Concesión Nº 340-2009; Que, mediante el documento presentado con fecha 15 de febrero de 2011, bajo el Registro Nº 2069164, Agrícola del Chira S.A. solicitó a la Dirección General de se apruebe la transferencia de la concesión defi nitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables para la Central Térmica Caña Brava, a favor de Bioenergía del Chira S.A., sociedad inscrita en la Partida Electrónica Nº 11032628 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral Lima y Callao; Que, como sustento de su solicitud, presentó el Contrato de Cesión de Posición contractual de Concesión Defi nitiva de Generación de Energía Eléctrica con Recursos Energéticos Renovables, suscrito el 03 de febrero de 2011, mediante el cual Agrícola del Chira S.A. transfi ere de forma gratuita a favor de Bioenergía del Chira S.A., la concesión defi nitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables para la Central Térmica Caña Brava; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1436º del Código Civil, la forma de la transmisión, la capacidad de las partes intervinientes, los vicios del consentimiento y las relaciones entre los contratantes se defi nen en función del acto que sirve de base a la cesión y se sujetan a las disposiciones legales pertinentes; Que, la citada solicitud cumple con los requisitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 061-2006-EM, y estando a lo dispuesto por el artículo 1436º del Código Civil, procede aprobar la transferencia solicitada y tener como titular de la concesión a Bioenergía del Chira S.A., quien deberá incorporar en la Escritura Pública del Contrato de Cesión de Posición Contractual de Concesión Defi nitiva de Generación de Energía Eléctrica con Recursos Energéticos Renovables, el texto de la presente Resolución Ministerial; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 1435º y 1436º del Código Civil y en los artículos 53º y 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de la concesión defi nitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables para la Central Térmica Caña Brava, que efectúa Agrícola del Chira S.A. a favor de Bioenergía del Chira S.A., por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Tener como titular de la concesión mencionada en el artículo precedente a Bioenergía del Chira S.A. a partir del día siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial, asumiendo en esta oportunidad todos los derechos y obligaciones contenidos en el Contrato de Concesión Nº 340-2009. Artículo 3º.- El texto de la presente Resolución Ministerial deberá ser incorporado en la Escritura Pública del Contrato de Cesión de Posición Contractual mencionado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 622818-1 PRODUCE Suspenden actividades de extracción de jurel RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 124-2011-PRODUCE Lima, 9 de abril de 2011 VISTOS: El Ofi cio Nº DE-100-118-2011-PRODUCE/ IMP del Instituto del Mar del Perú, el Informe Nº 313-