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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE AGOSTO DEL AÑO 2011 (06/08/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de agosto de 2011 448083 Designan Viceministra de Turismo RESOLUCIÓN SUPREMA N° 012-2011-MINCETUR Lima, 5 de agosto de 2011 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Viceministro de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, es necesario designar al funcionario que ocupará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27790 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y, la Ley N° 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar a la señorita Claudia Eugenia Cornejo Mohme, en el cargo de Viceministra de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 674357-9 DEFENSA Autorizan viaje de Oficial EP para integrar el Estado Mayor del Batallón Brasileño de la Fuerza de Paz en Haití RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 331-2011-DE/ Lima, 5 de agosto de 2011 Visto, el Ofi cio Nº 073/11-ADIDEFEX/PERU de fecha 11 de mayo de 2011, del Agregado Militar y de Defensa de Brasil en el Perú. CONSIDERANDO: Que, mediante el documento del visto, el Agregado Militar y de Defensa de Brasil en el Perú informa que el Mayor EP Carlos Vela Amador, ha sido considerado para integrar el Estado Mayor del Batallón Brasileño de la Fuerza de Paz (BRABATT 15) en Haití; Que, por ser conveniente para los intereses institucionales, mediante documento del Visto por Ofi cio Nº 0773 EMCFFAA/OAAII/OP de fecha 14 de abril de 2011, se comunica al Agregado Militar y de Defensa de Brasil en el Perú que, en cumplimiento a los acuerdos establecidos en la XII Ronda de Conversaciones entre los Altos Mandos del Perú y el Brasil, se reafi rma el interés en viabilizar a través de la ONU la participación de un Ofi cial peruano del grado de Mayor o su equivalente, para que integre el Estado Mayor del Batallón Brasileño de la Fuerza de Paz en Haití (BRABATT 15); en tal sentido, se ha designado al Mayor EP Carlos Vela Amador, como integrante del Estado Mayor del referido Batallón en la citada misión, por el período de seis (6) meses; Que, con Ofi cio Nº 095/11-ADIDEFEX/PERU de fecha 30 de mayo de 2011, el Agregado Militar señala que el Mayor EP Carlos Vela Amador tiene previsto su embarque a Haití el 11 de agosto de 2011, en la ciudad de Río de Janeiro - Brasil; debiendo trasladarse de Lima a Río de Janeiro el 8 de agosto de 2011, con la fi nalidad de recibir capacitación e instrucciones sobre sus funciones a desempeñar; Que, el viaje al exterior se encuentra incluido en el Rubro 5.- Medidas de Confi anza Mutua, Item 43 del Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa Año Fiscal 2011, aprobado por Resolución Suprema Nº 015-2011-DE/SG de fecha 13 de enero de 2011 y sus modifi catorias; Que, el precitado Plan Anual de Comisiones considera ocho (08) días por concepto de viáticos y el saldo restante para la compra de pasajes aéreos (cuatro (4) días antes de la fecha de embarque a Haití, y cuatro (4) días después de su retorno de Haití a Brasil, hasta su traslado a Lima); Que, los gastos por concepto de hospedaje, alimentación, transporte y otros durante la permanencia del Ofi cial comisionado en Haití, serán asumidos por la Organización de las Naciones Unidas (ONU); De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 - Normas reglamentarias sobre las autorizaciones de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Decreto Supremo Nº 002-2004/ DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; y, Estando a lo recomendado por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y a lo acordado con el Ministro de Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en Comisión de Servicio, del Mayor EP Carlos Vela Amador, del 8 de agosto de 2011 al 9 de febrero de 2012, a la ciudad de Río de Janeiro - Brasil - Haití, con el objeto de integrar el Estado Mayor del Batallón Brasileño de la Fuerza de Paz (BRABATT 15) en Haití. Artículo 2º.- El Ministro de Defensa - Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos: (Lima - Río de Janeiro - Lima) US$ 904.00 x 1 persona (incluye TUUA) = USD. $ 904.00 Viáticos: US$ 200.00 x 1 persona x 4 días = USD. $ 800.00 TOTAL : USD. $ 1,704.00 Artículo 3º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y/o término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para el cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4º.- Los gastos por hospedaje, alimentación, transporte y otros que correspondan al Ofi cial Superior autorizado, durante su permanencia en Haití, serán asumidos por la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Artículo 5º.- El Ofi cial Superior comisionado mediante la presente Resolución, deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM respecto a la obligación de sustentar viáticos; asimismo, dentro de los QUINCE (15) días calendario de su retorno al país, presentará un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, no da derecho a exoneración, ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.