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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de agosto de 2011 449225 lugar en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires los días 1 y 2 de setiembre del presente año; Que, en atención que los temas a tratar en el mencionado Seminario Internacional, redundarán en benefi cio de los intereses institucionales del Sector Defensa, es necesario designar al Economista Víctor Hugo La Rosa Rosado de la Dirección General de Planifi cación y Presupuesto, para en representación del Ministerio de Defensa concurra al mencionado evento, el mismo que permitirá estandarizar conceptos y compartir experiencias regionales de trabajo en materia presupuestal en el marco de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR); Que, la comisión de servicio que se autoriza se encuentra incluida en el Rubro 5: Medidas de Confianza Mutua, Ítem 160, del Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa para el Año Fiscal 2011, aprobado con Resolución Suprema Nº 015-2011 DE/SG de 13 de enero de 2011, modificado con Resolución Suprema Nº 355-2011 DE del 26 de agosto de 2011; De conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2011- DE, la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar del 31 de agosto al 02 de setiembre de 2011, el viaje al exterior en Comisión de Servicio, al Economista Víctor Hugo LA ROSA ROSADO de la Dirección General de Planifi cación y Presupuesto, para que en representación del Ministerio de Defensa, concurra al Seminario Internacional “Presupuesto y Defensa en Suramérica. Modelos de Efi ciencia e Integración Regional”, que tendrá lugar en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires los días 1 y 2 de setiembre del presente año. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Administración General, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Lima - Buenos Aires - Lima: US$ 1,223.00 x 1 persona (Incluye TUUA) Viáticos: US$ 200.00 x 1 persona x 3 días Artículo 3º.- El Funcionario comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros DANIEL MORA ZEVALLOS Ministro de Defensa 683863-3 Autorizan viaje de oficial del Ejército a Venezuela en Misión de Estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 358-2011-DE Lima, 30 de agosto de 2011 VISTO: La Hoja de Recomendación Nº 065 /U-4.d.2 de noviembre de 2010, del Comando de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO: Que, el Ejército del Perú ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2011, la designación de un (01) ofi cial superior para que participe en el Curso de Comando y Estado Mayor, en la ciudad de Caracas - Venezuela, toda vez que responde a la necesidad de contar con ofi ciales especialistas en temas estratégicos, formados en instituciones militares extranjeras; Que, con el documento del visto, el señor General de Ejército Comandante General del Ejército, aprueba la designación del Teniente Coronel EP Jorge Luis RAMOS AGAMA, para que participe como alumno del Curso de Comando y Estado Mayor a realizarse en la Escuela Superior de Guerra del Ejército de Venezuela, en la ciudad de Caracas - Venezuela, del 01 de setiembre de 2011 al 18 de julio de 2012; Que, la duración de la Misión de Estudios comprende más de un ejercicio presupuestal, por lo que el pago correspondiente al período comprendido del 01 de setiembre al 31 de diciembre de 2011, se efectuará con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2011, y el pago comprendido a partir del 01 de enero del 2012 al 18 de julio del 2012, se efectuará con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal correspondiente, expidiéndose oportunamente la respectiva autorización de ampliación de permanencia en el extranjero; Que, el citado viaje en Misión de Estudios se encuentra considerado en el Rubro 3.- Instrucción Militar Superior (Perfeccionamiento), Ítem Nº 28, del Anexo 01 (RO) del Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa AF-2011, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 015-2011-DE/SG del 13 de enero de 2011; Que, de conformidad con el Artículo 26º de la Ley Nº 28359 “Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas”, modifi cado por Ley Nº 29598, el Ofi cial nombrado en comisión de servicios o misión de estudios por cuenta del Estado en el exterior, está impedido de solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva institución armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en el mismo artículo, y conforme al reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2010-DE de 20 de noviembre de 2010; Que, el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE/SG de 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de 26 de enero de 2004; Que, de conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM de 05 de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 002- 2004-DE/SG de 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, y el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG de 19 de noviembre de 2009; y,