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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de agosto de 2011 449226 Estando a lo propuesto por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al señor Teniente Coronel EP Jorge Luis RAMOS AGAMA, identifi cado con DNI Nº 20073629 y CIP Nº 117621800, para que participe como alumno del Curso de Comando y Estado Mayor a realizarse en la Escuela Superior de Guerra de Venezuela, del 01 de setiembre de 2011 al 18 de julio de 2012. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje aéreo: Lima - Caracas (Venezuela) - Lima US$ 831.00 x 01 persona (Incluye costo de la TUUA) Gasto de Traslado US$ 2,900.00 x 02 compensaciones Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará el pago de la Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero que corresponda de acuerdo a la modalidad de la misión, por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo normado en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de 26 de enero del 2004 y sus modifi catorias. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 5º.- El citado Ofi cial revistará en la Ofi cina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú, durante el período de tiempo que dure la Comisión Especial en el Exterior. Artículo 6º.- El citado Ofi cial no podrá solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o de retiro, hasta después de haber servido a la Institución el tiempo compensatorio previsto de acuerdo a la duración de la Comisión. Artículo 7º.- El citado Ofi cial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la fecha de su retorno al país, presentará un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 8º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 9º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros DANIEL MORA ZEVALLOS Ministro de Defensa 683863-4 Autorizan viaje de personal MGP a Colombia en Misión de Estudios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 359-2011-DE/MGP Lima, 30 de agosto de 2011 Visto el Ofi cio N.1000-1704 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 5 de julio de 2011; CONSIDERANDO: Que, la Armada Nacional de Colombia, mediante Ofi cio N° 5050 /MD-CG-GARMA-SECAR-CIMAR-JEMIN- EMIN3-3 de fecha 11 de abril de 2011, hace extensiva la invitación para que un (1) Ofi cial Subalterno y un (1) Personal Subalterno de la Marina de Guerra del Perú, participen en calidad de instructores invitados en el Curso Internacional de Combate Fluvial, a realizarse en la Escuela de Combate Fluvial en Puerto Leguizamo- Putumayo, República de Colombia, del 1 de setiembre al 27 de octubre de 2011; Que, la designación de Personal Naval para que participe en el referido curso, responde a la necesidad de capacitar al Personal Instructor Naval en tácticas de combate en ríos y terrenos aledaños, adquirir conocimientos técnicos en el uso de herramientas necesarias para el combate fl uvial y reforzar la disciplina que caracteriza a un integrante de la Escuela de Combate Fluvial en cualquier parte del mundo; Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 2: Entrenamiento/Técnico/Pasantías, Ítem 56, Anexo 1 (RO) mediante Resolución Suprema N° 252-2011-DE de fecha 22 de junio de 2011, que modifi ca el Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa Año Fiscal 2011, aprobado por Resolución Suprema N° 015-2011-DE/SG del 13 de enero de 2011 y sus modifi catorias; Que, los gastos de alojamiento y alimentación de los participantes, serán asumidos por el Gobierno de Colombia; siendo de cargo del Estado Peruano, el pago por concepto de pasajes aéreos y terrestres para el traslado de ida y retorno de ambos participantes; Que, en consecuencia, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Teniente Segundo Braulio CALMET Velapatiño y del Técnico 2° Ima. Samuel ISIDRO Espinoza, para que participen en el Curso Internacional de Combate Fluvial, a impartirse en la Escuela de Combate Fluvial en Puerto Leguizamo-Putumayo, República de Colombia, del 1 de setiembre al 27 de octubre de 2011; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, para la designación del mencionado Personal Naval, se ha tenido en cuenta su participación en el correspondiente proceso de selección, promovido por el Director General de Educación de la Marina, habiendo obtenido los primeros puestos, de acuerdo a sus antecedentes académicos, desempeño profesional y competencias adquiridas durante su línea de carrera; De conformidad con la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley N° 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 001- 2011-DE/de fecha 29 de marzo de 2011, la Ley N° 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Teniente Segundo Braulio CALMET Velapatiño, CIP. 00021015, DNI. 43308039 y del Técnico 2° Ima. Samuel ISIDRO Espinoza, CIP. 06835302, DNI. 43369274, para que participen en el Curso Internacional de Combate Fluvial, a realizarse en la Escuela de Combate Fluvial en Puerto Leguizamo-Putumayo, República de Colombia, del 1 de setiembre al 27 de octubre de 2011. Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Cali (COLOMBIA) - Lima US$ 862.17 x 2 personas (Incluye TUUA) Pasajes Terrestres: Cali - Puerto Leguizamo - Cali (COLOMBIA) USS 50.00 x 2 personas x 2 Los gastos de alojamiento y alimentación de los participantes durante la duración del curso, serán asumidos por el Gobierno de Colombia. Artículo 3°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización