Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE AGOSTO DEL AÑO 2011 (31/08/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de agosto de 2011 449228 El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias. Artículo 3°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4°.- De conformidad con el Artículo 26° de la Ley N° 28359 - Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, modifi cado por la Ley N° 29598, el citado Ofi cial Superior está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en el mismo Artículo y conforme al Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG de fecha 14 de febrero de 2005, modifi cado por el Decreto Supremo N° 010-2010-DE de fecha 20 de noviembre de 2010. Artículo 5°.- El Ofi cial Superior comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6°.- El mencionado Ofi cial Superior, revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios. Artículo 7°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a la exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 8°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros DANIEL MORA ZEVALLOS Ministro de Defensa 683863-6 Autorizan viaje de personal MGP a Colombia en Misión de Estudios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 361-2011-DE/MGP Lima, 30 de agosto de 2011 Visto el Ofi cio N.1000-1755 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 12 de julio de 2011; CONSIDERANDO: Que, el Comandante de la Armada Nacional de Colombia, ha otorgado dos (2) vacantes para el Personal Naval, para que participen en diferentes Cursos de Infantería de Marina durante el año 2011, de acuerdo a los ofrecimientos consignados en el Acta de la XIV Reunión de Comité de Trabajo del Acuerdo de Asistencia Mutua entre la Armada Nacional de Colombia y la Marina de Guerra del Perú, por lo que se ha dispuesto la participación de Personal Naval en el Curso “Técnico en Explosivos”, a realizarse en el Centro de Especialistas Base de Entrenamiento de Infantería de Marina, ciudad de Coveñas, República de Colombia, del 1 de setiembre al 29 de noviembre de 2011; Que, la designación de Personal Naval para que participe en el referido Curso, responde a la necesidad de capacitar al personal de la especialidad de Infante de Marina en instituciones extranjeras, con el fi n de obtener mayores conocimientos y experiencias en el manejo técnico de equipo especial antiexplosivos, para la desactivación de artefactos explosivos improvisados, con sistemas de activación complejos en áreas urbanas y rurales, salvaguardando la integridad física y la protección de la población en general, elevando su nivel profesional para que posteriormente sean aplicados en provecho de la Institución; Que, el citado viaje se encuentra incluido en el Rubro 1: Formación/ Califi cación/Especialización, ítem 46, Anexo 1 (RO), mediante Resolución Suprema N° 252-2011-DE de fecha 22 de junio de 2011, que modifi ca el Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa para el Año Fiscal 2011, aprobado con Resolución Suprema N° 015-2011-DE/SG del 13 de enero de 2011 y sus modifi catorias; Que, en consecuencia, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Alférez de Fragata Juan Carlos Jesús TELLO Núñez y del Técnico 3° Ima. William Daniel MEZA Huayllasco, para que participen en el Curso “Técnico en Explosivos”, a impartirse en el Centro de Especialistas Base de Entrenamiento de Infantería de Marina, ciudad de Coveñas, República de Colombia, del 1 de setiembre al 29 de noviembre de 2011; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, para la designación del mencionado Personal Naval, se ha tenido en cuenta su participación en el correspondiente proceso de selección, promovido por el Director General de Educación de la Marina, habiendo obtenido los primeros puestos, de acuerdo a sus antecedentes académicos, desempeño profesional y competencias adquiridas durante su línea de carrera; Que, de conformidad con el Artículo 26° de la Ley N° 28359 - Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, modifi cado por la Ley N° 29598, el Ofi cial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el exterior, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en el mismo Artículo y conforme al Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG de fecha 14 de febrero de 2005, modifi cado por el Decreto Supremo N° 010-2010- DE de fecha 20 de noviembre de 2010; Que, el Artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 778-2008-DE/SG de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; De conformidad con la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley N° 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 001- 2011-DE/ de fecha 29 de marzo de 2011, la Ley N° 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Alférez de Fragata Juan Carlos Jesús TELLO Núñez, CIP. 00027352, DNI. 43370851 y del Técnico 3° Ima. Wílliam Daniel MEZA Huayllasco, CIP. 02934024, DNI. 43399662, para que participen en el Curso “Técnico en Explosivos”, a impartirse en el Centro de Especialistas Base de Entrenamiento de Infantería de Marina, ciudad de Coveñas, República de Colombia, del 1 de setiembre al 29 de noviembre de 2011.