Norma Legal Oficial del día 31 de agosto del año 2011 (31/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 31 de agosto de 2011

RELACIONES EXTERIORES
Dan termino al nombramiento del Representante Permanente del Peru ante las Naciones Unidas
RESOLUCION SUPREMA Nº 336-2011-RE MORDAZA, 30 de agosto de 2011 VISTAS: La Resolucion Suprema Nº 102-2009-RE, que nombro Representante Permanente del Peru ante la Organizacion de Naciones Unidas, con sede en Nueva MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, al Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Reinel; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; y, la Ley Nº 28175, Ley MORDAZA del Empleo Publico; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar termino al nombramiento del Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Reinel, como Representante Permanente del Peru ante las Naciones Unidas, con sede en Nueva MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, y cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Articulo 2º.- La fecha de termino de funciones y cancelacion de las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes otorgados al Embajador MORDAZA MORDAZA MORDAZA Reinel sera fijada por Resolucion Ministerial. Articulo 3º.- Darle las MORDAZA al Embajador MORDAZA MORDAZA MORDAZA Reinel por los importantes servicios prestados a la Nacion en el ejercicio de sus funciones. Articulo 4º.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolucion a las partidas presupuestales correspondientes al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RONCAGLIOLO MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 683864-1

Nombran Representante Permanente del Peru ante las Naciones Unidas
RESOLUCION SUPREMA Nº 337-2011-RE MORDAZA, 30 de agosto de 2011 De conformidad con el inciso 12 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, que establece la facultad del senor Presidente de la Republica de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios con aprobacion del Consejo de Ministros y con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; Estando a lo dispuesto en los articulos 26º y 27º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, y modificatorias; y los articulos 62º, 63º numeral b) y 64º numeral a) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, y modificatorias; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Nombrar Representante Permanente del Peru ante las Naciones Unidas con sede en Nueva MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, al Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Morey. Articulo 2º.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Articulo 3º.- La fecha en que el Embajador MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA asuma sus funciones sera fijada mediante Resolucion Ministerial.

DIARIO OFICIAL

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. 2. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. LA DIRECCION

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