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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de agosto de 2011 449230 RELACIONES EXTERIORES Dan término al nombramiento del Representante Permanente del Perú ante las Naciones Unidas RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 336-2011-RE Lima, 30 de agosto de 2011 VISTAS: La Resolución Suprema Nº 102-2009-RE, que nombró Representante Permanente del Perú ante la Organización de Naciones Unidas, con sede en Nueva York, Estados Unidos de América, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Gonzalo Alfonso Gutiérrez Reinel; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar término al nombramiento del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Gonzalo Alfonso Gutiérrez Reinel, como Representante Permanente del Perú ante las Naciones Unidas, con sede en Nueva York, Estados Unidos de América, y cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Artículo 2º.- La fecha de término de funciones y cancelación de las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes otorgados al Embajador Gonzalo Alfonso Gutiérrez Reinel será fi jada por Resolución Ministerial. Artículo 3º.- Darle las gracias al Embajador Gonzalo Alfonso Gutiérrez Reinel por los importantes servicios prestados a la Nación en el ejercicio de sus funciones. Artículo 4º.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas presupuestales correspondientes al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 683864-1 Nombran Representante Permanente del Perú ante las Naciones Unidas RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 337-2011-RE Lima, 30 de agosto de 2011 De conformidad con el inciso 12 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, que establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios con aprobación del Consejo de Ministros y con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Estando a lo dispuesto en los artículos 26º y 27º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, y modifi catorias; y los artículos 62º, 63º numeral b) y 64º numeral a) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, y modifi catorias; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar Representante Permanente del Perú ante las Naciones Unidas con sede en Nueva York, Estados Unidos de América, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Enrique Armando Román Morey. Artículo 2º.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3º.- La fecha en que el Embajador Enrique Armando Román Morey asuma sus funciones será fi jada mediante Resolución Ministerial. FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL