Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2011 (05/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, miercoles 5 de enero de 2011

NORMAS LEGALES

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Las particulas solidas de esta MORDAZA tendran un diametro MORDAZA de 2". Base.- Posterior a la MORDAZA anterior debe colocarse una MORDAZA de base afirmada de 0.20 m. de espesor, compactados, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material grueso con diametro MORDAZA de 1 1/2", finos y ligantes, en proporciones adecuadas. La mezcla y compactacion se efectuara con riegos sucesivos cercanos al optimo contenido de humedad y hasta alcanzar como minimo el 98% de la Densidad MORDAZA Modificado de Laboratorio para un indice C.B.R. de 80. Se procurara una superficie MORDAZA y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicacion de una futura MORDAZA asfaltica de 2" de espesor. Superficie de Rodadura.- Estara constituida por una MORDAZA asfaltica en caliente de 2" de espesor como minimo, que se aplicara previa imprimacion de la superficie de base con asfalto liquido RC-250. ACERAS.- Seran de concreto de calidad de f'c = 175 kg/cm2 de 0.15 m. de espesor y su colocacion se efectuara sobre un terraplen de material limpio de buena calidad debidamente nivelado y compactado. El desnivel con relacion a la calzada terminada sera de 0.20 m. y el acabado con la mezcla de cemento - MORDAZA fina, en proporcion de 1:2 de un (1) centimetro de espesor y brunas cada 1.00 m. Con juntas de 3/4" cada 5 mI. SARDINELES.- En ambos lados de las calzadas, confinando y protegiendo sus bordes y a nivel de dichas calzadas, se construiran sardineles de concreto de calidad de f'c = 175 kg/cm2 y de dimensiones 0.15 m. x 0.30 m. En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construiran sardineles de concreto de calidad y acabado final igual a las aceras, en forma monolitica y homogenea con ellas de dimensiones de 0.15 m. x 0.30 m. RAMPAS EN BERMAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD En los lugares senalados en el Plano de Lotizacion, se construiran rampas en las bermas que conectaran los niveles superiores de las aceras y las calzadas, de acuerdo a lo dispuesto en la MORDAZA Tecnica NTEU.190 "Adecuacion Urbanistica para las personas con Discapacidad", aprobada por Resolucion Ministerial N° 069-2001-MTC/15.04 de fecha 7.2.2001 y lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Edificaciones; las obras seran sometidas a los controles establecidos por cuenta de los interesados. OBRAS SANITARIAS.- Se realizaron de conformidad con los proyectos de Agua Potable y Alcantarillado aprobados por SEDAPAL. OBRAS DE ELECTRIFICACION.- Se realizaron de conformidad con los proyectos de la Empresa Concesionaria EDELNOR. Articulo Tercero.- DISPONER que RILLO S.A.C., debera efectuar la inscripcion del lote unico en el Registro de Predios de acuerdo al Plano de Lotizacion signado con el Nº 046.-2010HU-SGHU-GDU/MDSJL y a la siguiente descripcion: MANZANA " I " Nº Lote AREA (m2) Unico 03 Frente Lado Derecho Lado MORDAZA Fondo 6.00 ml, 4.50 ml 76.50 ml

la Recepcion de Obras, por tratarse la presente de una Habilitacion MORDAZA Ejecutada en Vias de Regularizacion y al haberse verificado que el area resultante del Aporte es menor al lote normativo, segun el siguiente cuadro: Cuadro General de Aportes, segun Ordenanza Nº 836MML. ZONIFICACION : Industria Elemental y Complementaria - I1. AREA AFECTA A LOS APORTES : 10,539.37 m2.
APORTE PARQUES ZONALES (SERPAR) RENOVACION MORDAZA (FOMUR) Servicios Publicos Complementarios (MUNICIPALIDAD DISTRITAL) TOTAL % 5.00 3.00 2.00 10.00 ORD 836-MML PROYECTO 526.97 m2 316.18 m2 210.79 m2 1,053.94 m
2

DEFICIT 526.97 m2 316.18 m2 210.79 m2 1,053.94 m2

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NOTA.(*) El Deficit de aportes reglamentarios por Servicios Publicos Complementarios (Municipalidad Distrital) ha sido redimido en dinero. (**) El Deficit de aportes reglamentarios por Parques Zonales (SERPAR) y Renovacion MORDAZA (FOMUR) seran redimidos en dinero. Articulo Quinto.- DEJESE, como carga inscrita en el Registro de Predios, el pago pendiente por el deficit de Aportes Reglamentarios correspondientes a Parques Zonales (SERPAR) de 526.97 m2 y Renovacion MORDAZA (FOMUR) de 316.18 m2, dicha carga sera levantada cuando se cumpla con los pagos de los deficit de aportes. Articulo Sexto.- DISPONER que RILLO S.A.C., al concluir con las obras del proyecto de habilitacion MORDAZA debera solicitar la recepcion de obras, de acuerdo a lo indicado en el Numeral c. Articulo 13º de la Ley Nº 29090 Articulo Setimo.- ESTABLECER que la presente licencia de Habilitacion MORDAZA tiene una vigencia de treinta y seis (36) meses, conforme lo estipula el Articulo 11º de la Ley Nº 29090. Articulo Octavo.- REMITIR, un original del FUHU, copias de la presente resolucion, un juego del Plano de Lotizacion, Plano de Ubicacion y Localizacion y la Memoria Descriptiva, a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, asimismo, al Servicio de Parques de MORDAZA - SERPAR MORDAZA, Empresa Municipal Inmobiliaria de MORDAZA S.A. - EMILIMA S.A. y Ministerio de Educacion, para su conocimiento, segun lo establecido en el Articulo 18º del Decreto Supremo Nº 024 Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion, y su modificatoria D.S. Nº 003-2010Vivienda. Articulo Noveno.- ENCARGAR, a la Sub Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro incorporar la presente Habilitacion MORDAZA en el Plan MORDAZA del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, siendo esta su competencia segun lo establece el ROF vigente. Articulo Decimo.- DISPONER, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano a cargo de los interesados en un plazo no mayor de (30) dias calendario contados a partir de la notificacion de la presente. Articulo Decimo Primero.DISPONER el cumplimiento y notificacion pertinente y de acuerdo a Ley, al administrado, del contenido de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subgerente de Habilitaciones Urbanas 584822-1

10,512.37 82.50 ml. 127.75 ml. 123.25 ml. m2

Articulo Cuarto.- ACEPTAR el pago de la redencion en dinero del deficit de aportes reglamentarios, hasta MORDAZA de la expedicion de la Resolucion que apruebe

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