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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 14 de enero de 2011 434148 Visto el Informe Nº 008-2011-MINCETUR/SG/OGPPD, de la Ofi cina General de Planifi cación, Presupuesto y Desarrollo. CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, es el organismo rector del Sector Comercio Exterior y Turismo; Que, el artículo 4° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece como competencia exclusiva del poder Ejecutivo el diseño y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio para todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno; Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, se establecieron las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para todos y cada uno de los Ministerios y demás entidades del Gobierno Nacional, Regional y Local; y se dispuso que mediante Resolución Ministerial del sector respectivo, los Ministerios deben aprobar y publicar las metas concretas y los indicadores de desempeño para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Políticas Nacionales y Sectoriales de su competencia; Que, en cumplimiento de dicha disposición y sus modifi catorias, la Ofi cina General de Planifi cación, Presupuesto y Desarrollo ha presentado las metas y los indicadores de desempeño correspondientes al año 2011, que permitirán evaluar el cumplimiento de las Políticas Nacionales y Sectoriales de competencia del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, las mismas que han sido elaboradas en coordinación con las unidades orgánicas y organismos adscritos al Sector; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 05-2002- MINCETUR, y el Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, que defi ne y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar las Metas e Indicadores de Desempeño del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, correspondientes al Año Fiscal 2011, los mismos que se detallan en el Anexo que en veintiún (21) folios forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- El cumplimiento de las Metas e Indicadores de Desempeño aprobadas, estará a cargo de los Directores y Jefes responsables de las unidades orgánicas del MINCETUR y de los organismos adscritos al Sector, quienes al término de cada semestre deben reportar a la Ofi cina General de Planifi cación, Presupuesto y Desarrollo el cumplimiento de sus metas programadas. Artículo 3º.- La Ofi cina General de Planifi cación, Presupuesto y Desarrollo del MINCETUR, se encargará de realizar las evaluaciones semestrales de las Metas e Indicadores de Desempeño del Sector correspondiente al Año 2011 y presentar los informes correspondientes. Artículo 4º.- Publíquese la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial “El Peruano” y el Anexo integrante de la misma, en el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.mincetur.gob.pe). Regístrese, comuníquese, y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 589396-1 DEFENSA Aceptan donación que será destinada al mejoramiento y mantenimiento de instalaciones y de vehículos administrativos y de apoyo de combate del BIM Zepita Nº 7 de Cajamarca RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 012-2011-DE/SG Lima, 10 de enero de 2011 VISTA la Carta del 12 de julio de 2010, remitida por el Gerente Legal de la empresa MINERA YANACOCHA S.R.L., la Hoja de Recomendación N° 001-2010/SAL/78 Bl/RMN del 26 de julio de 2010 y el Ofi cio N° 014 2010/SALJ/7ª Brig. lnf/RMN del 05 de agosto de 2010; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta del 12 de julio de 2010, la empresa MINERA YANACOCHA S.R.L. ha comunicado al señor General de Brigada, Comandante General de la 7ª Brigada de Infantería de Lambayeque de la Región Militar del Norte, que dicha empresa ha ofrecido en calidad de donación para el año 2010, la suma de TREINTA MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 30,000.00), para que sean destinados exclusivamente al “Mejoramiento y Mantenimiento de las Instalaciones y de los Vehículos Administrativos y de Apoyo de Combate del Batallón de Infantería Motorizado (BlM) ‘ZEPITA’ N° 7 de Cajamarca”; Que, el mencionado ofrecimiento se ha realizado al amparo de la Cláusula Adicional del Convenio de Donación suscrito el 20 de julio del 2007 entre la empresa MINERA YANACOCHA S.R.L. y el Ministerio de Defensa – Ejército del Perú – Región Militar del Norte, cuya celebración fue autorizada por Resolución Ministerial N° 456-2007 DE/EP del 21 de junio de 2007; Que, el artículo 69º de la Ley N° 28411, Ley del Sistema Nacional del Presupuesto, establece que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad, en la que se consignará la fuente del donante y el destino de los fondos públicos, la misma que deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano cuando el monto de la donación supere las cinco (05) Unidades Impositivas Tributarias; Que, en el presente caso, la empresa donante MINERA YANACOCHA S.R.L., con RUC N° 20137291313, se ha comprometido a entregar para el “Mejoramiento y Mantenimiento de las Instalaciones y de los Vehículos Administrativos y de Apoyo de Combate del Batallón de Infantería Motorizada (BlM) ‘ZEPITA’ N° 7 de Cajamarca”, el monto de TREINTA MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US $ 30,000.00), en benefi cio del Ejército del Perú y del personal militar que presta servicios en dicho Batallón, orgánico de la 7ª Brigada de Infantería de Lambayeque; Estando a lo recomendado por el Señor General de Brigada, Comandante General de la 7a Brigada de Infantería de Lambayeque, y a lo propuesto por el Señor General del Ejército, Comandante General del Ejército; De conformidad con la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley Nº 29605 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y el Decreto Supremo Nº 001-2008-DE – Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar la donación que efectuará la empresa MINERA YANACOCHA S.R.L. a favor del Ejército del Perú – 7a Brigada de Infantería de Lambayeque, por el monto de TREINTA MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 30,000.00), que será destinado para el “Mejoramiento y Mantenimiento de Instalaciones y de los Vehículos Administrativos y de Apoyo de Combate del BlM ‘ZEPITA’ N° 7 de Cajamarca”. Artículo 2°- Delegar al Señor General de Brigada, Comandante General de la 7a Brigada de Infantería de Lambayeque de la Región Militar del Norte, la facultad para suscribir en nombre y representación del Ministro de Defensa los documentos correspondientes con la empresa MINERA YANACOCHA S.R.L., que permitan materializar la donación a que se refi ere el Artículo precedente. Artículo 3º.- Agradecer a la empresa MINERA YANACOCHA S.R.L. por su valiosa contribución para el cumplimiento de los fi nes institucionales del Ejército del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 589489-1