Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2011 (05/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, sabado 5 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES

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de contratos relativos a los servicios regulados por los citados regimenes, sus renovaciones, modificaciones o resoluciones. La delegacion de facultades a que hace referencia en el presente articulo resulta de aplicacion, cuando corresponda, a las demas Unidades Ejecutoras del Pliego 003 Ministerio de Cultura. Articulo 2º.- Delegar en la Directora de la Oficina de Administracion del Ministerio de Cultura, durante el Ejercicio Fiscal 2011, las siguientes facultades correspondientes a la Unidad Ejecutora 001: Administracion General del Pliego 003, Ministerio de Cultura: a) Suscribir contratos bancarios y financieros celebrados por la Entidad. b) Suscribir Convenios, Adendas y similares que tengan vinculacion directa con el sistema de Recursos Humanos. c) Aprobar los expedientes de contratacion y las Bases de Procesos de Seleccion de los procesos de seleccion correspondientes a Adjudicacion Directa Selectiva y Adjudicacion de Menor Cuantia que realice el Ministerio de Cultura; asi como de la Adjudicacion de Menor Cuantia derivada de la declaratoria de desierto del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva. d) Aprobar el Expediente Tecnico para el caso de obras vinculados con los procesos de seleccion correspondientes a Adjudicacion Directa Selectiva y Adjudicacion de Menor Cuantia. e) Designar a los miembros integrantes de los Comites Especiales Permanentes, y similares; asi como la modificacion de la composicion de los mismos, que de acuerdo a la normatividad vigente no requieran expresamente de la intervencion del Titular. f) Autorizar la ejecucion de prestaciones adicionales y reduccion de las mismas hasta por el 25% del monto del Contrato derivadas de los procesos de seleccion bajo las modalidades de Adjudicacion Directa Selectiva y Menor Cuantia, asi como de la Adjudicacion de Menor Cuantia derivada de la declaratoria de desierto del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva, a excepcion de las prestaciones adicionales de obra y aquellas que por disposicion legal resulten indelegables. En caso de prestaciones adicionales se debera contar con la disponibilidad de recursos presupuestales. g) Cancelar los procesos de seleccion que se convoquen, de conformidad con lo establecido en las normas de contratacion publica de los Procesos de Adjudicacion Directa Selectiva y Menor Cuantia. h) Suscribir y resolver los contratos que se deriven de la adjudicacion de la buena pro de los procesos de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva y Adjudicacion de Menor Cuantia; asi como de la Adjudicacion de Menor Cuantia derivada de la declaratoria de desierto del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva, asi como sus respectivas adendas. i) Aprobar las ampliaciones de plazo solicitadas por los contratistas, en el MORDAZA de lo dispuesto en la normativa de contratacion publica y de regimenes especiales de contratacion estatal. j) Autorizar adelantos, de conformidad con lo establecido en la normativa de contratacion publica. k) Poner en conocimiento del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE los hechos producidos por proveedores, participantes, postores y contratistas que pudieran dar lugar a la aplicacion de sanciones. l) Disponer que los Procedimientos de Conciliacion en los que se emplace al Ministerio de Cultura como consecuencia de los Contratos suscritos en su jurisdiccion, se efectuen con estricto arreglo a la normatividad vigente y salvaguardando los intereses del Ministerio de Cultura y el interes publico. m) Aprobar las solicitudes de baja y alta de bienes inmuebles y demas actos administrativos de adquisicion y administracion que deriven de los mismos; asi como, los actos de disposicion y administracion de los bienes muebles.

n) Suscribir contratos de caracter administrativo en representacion del Ministerio de Cultura, lo que incluye la suscripcion de los contratos de concesion de servicios y sus respectivas adendas. o) Suscribir los contratos de uso a favor de terceros de los auditorios, ambientes y cualquier otra area contemplada en la Guia de Servicios de la entidad, asi como sus respectivas adendas. p) Ejercer la representacion legal del Ministerio de Cultura para suscribir todos los documentos que MORDAZA necesarios para efectuar el cambio de titularidad en los suministros del servicio de agua, luz, telefonia fija y movil, Internet y otros celebrados previamente con el Instituto Nacional de Cultura MORDAZA los respectivas entidades prestadoras de los citados servicios, asi como cualquier acto o disposicion relacionada a los mismos o a otros nuevos. q) Suscribir los contratos relativos a la prestacion de los servicios regulados por el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Legislativo Nº 728 y Decreto Legislativo Nº 1057, asi como, sus adendas y resolucion. r) Expedir Resoluciones sobre acciones administrativas de personal del Ministerio de Cultura para el reconocimiento de las remuneraciones, rectificacion de nombres y/o apellidos; y todas aquellas que MORDAZA necesarias para una adecuada conduccion y direccion del personal a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 276, hasta el Nivel F-4; asi como el Decreto Legislativo Nº 728. s) Resolver en MORDAZA instancia los recursos administrativos interpuestos por los servidores de los regimenes laborales del Decreto Legislativo Nº 276 y Decreto Legislativo Nº 728, asi como, los formulados por los pensionistas o ex trabajadores de los regimenes MORDAZA mencionados, o sus derechohabientes, a excepcion de aquellos que MORDAZA de competencia exclusiva del Titular. t) Aprobar el reconocimiento de deuda, creditos devengados y devolucion de recursos. u) Representar al Ministerio de Cultura para realizar cualquier de acto y/o actividad que resulten necesarias, cuando actue como administrado ante cualquier MORDAZA de autoridades y/o dependencias administrativas, para iniciar y proseguir procedimientos, formular solicitudes, presentar escritos de cualquier caracter administrativo, participar en todo MORDAZA de audiencias administrativas, interponer recursos administrativos de impugnacion y ofrecer los medios probatorios, ejerciendo los medios de defensa correspondientes, coordinando con el Procurador Publico de ser el caso. Articulo 3º.- Delegar en los Jefes de las Unidades Ejecutoras 002: MC-Cusco, 003: MORDAZA Arqueologica Caral, 004: MC-Instituto Nacional de Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuano, 005: MC-NaylampLambayeque, 006: MC­Complejo Arqueologico de Chan Chan y 007:MC-Marcahuamachuco, que conforman el Pliego 003, Ministerio de Cultura, durante el Ejercicio Fiscal 2011, las siguientes facultades: a) Aprobar los Expedientes de Contratacion y las Bases Administrativas de los procesos de seleccion a su cargo. b) Designar a los miembros del Comite Especial Permanente y Comite Especial Ad Hoc para la conduccion de los Procesos de Seleccion a su cargo; asi como la modificacion de su composicion. c) Autorizar la ejecucion de prestaciones adicionales y reduccion de las mismas hasta por el 25% del monto del Contrato derivadas de los procesos de seleccion, a excepcion de las prestaciones adicionales de obra y aquellas que por disposicion legal resulten indelegables. En caso de prestaciones adicionales se debera contar con la disponibilidad de recursos presupuestales. d) Aprobar las contrataciones complementarias de bienes y servicios hasta el limite previsto por ley, y de conformidad con el procedimiento previsto en la normativa vigente, y previa disponibilidad de recursos presupuestales.

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