Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2011 (05/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, sabado 5 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES

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que conforme al numeral 4.2 del referido articulo se establecieron los topes maximos establecidos para cada categoria conforme a la escala aprobada por el articulo 1 de dicho Decreto Supremo; Que, de acuerdo con lo expresamente senalado por el Decreto Supremo Nº 266-2010-EF, se ha aprobado un incremento del incentivo laboral, siendo que resultaria contradictorio que como consecuencia de la aplicacion de los referidos topes se efectuen reducciones de los ingresos totales que venian percibiendo los mencionados trabajadores a la fecha de entrada en vigencia del citado dispositivo; Que, por tanto, es necesario precisar que lo dispuesto en el articulo 4 del Decreto Supremo Nº 266-2010-EF no es aplicable a los trabajadores sujetos al regimen laboral regulado en el Decreto Legislativo Nº 276 que a la fecha de entrada en vigencia del mencionado Decreto Supremo percibian ingresos totales, iguales o mayores, a los topes maximos establecidos en dicha norma; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto de la MORDAZA Precisese que lo dispuesto en el articulo 4 del Decreto Supremo Nº 266-2010-EF, no es aplicable a los trabajadores sujetos al regimen laboral previsto en el Decreto Legislativo Nº 276 que a la fecha de entrada en vigencia de aquel dispositivo percibian ingresos totales, iguales o mayores, a los topes maximos establecidos en dicha norma. Articulo 2º.- Del Financiamiento La implementacion de lo dispuesto en la presente MORDAZA se financiara con cargo al Presupuesto Institucional autorizado al Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. Articulo 3º.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de febrero del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas 599890-3

para Asignacion de Personal -CAP- del Ministerio de Economia y Finanzas (MEF); Que, de conformidad con el numeral 1º, Articulo 24º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, La Alta Direccion, conformada por el Ministro, Viceministros y Secretario General, cuenta con un gabinete de asesoramiento especializado para la conduccion estrategica de las politicas a su cargo y para la coordinacion con el Poder Legislativo; Que, mediante la Novena Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, se faculta al Ministerio de Economia y Finanzas para que, en un plazo que no exceda del primer trimestre del ano 2011, se reestructure organicamente y modifique sus documentos de gestion para mejorar la eficiencia y eficacia de sus procesos internos. Indicando adicionalmente que dichas acciones pueden realizarse de manera integral o parcial, de acuerdo a los requerimientos de sus dependencias; Que, resulta procedente, segun el documento del Visto, contar con un organo encargado de la coordinacion con el Poder Legislativo, lo que debe materializarse en el Reglamento de Organizacion y Funciones -ROF- y en el CAP del MEF; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, y la Novena Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la inclusion organica de la Oficina Tecnica de Enlace con el Congreso de la Republica del Ministerio de Economia y Finanzas -ENLACE MEF- en el Despacho Ministerial del Ministerio de Economia y Finanzas, cuyas funciones seran precisadas en el Reglamento de Organizacion y Funciones de la entidad. Articulo 2º.- La presente Resolucion Ministerial sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, asi como en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de la publicacion oficial de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas 599794-1

Aprueban inclusion organica de la Oficina Tecnica de Enlace con el Congreso de la Republica del Ministerio de Economia y Finanzas en el Despacho Ministerial
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 084-2011-EF/43 MORDAZA, 4 de febrero de 2011 VISTO: El Informe Nº 007-2011-EF/43.71, de fecha 17.01.2011 de la Oficina de Racionalizacion del Ministerio de Economia y Finanzas; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 642-2010-EF-43, de fecha 3 de diciembre de 2010, se aprobo el Cuadro

Fijan indices de correccion monetaria para efectos de determinar el costo computable de los inmuebles enajenados por personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 085-2011-EF/15 MORDAZA, CONSIDERANDO: Que, mediante el Articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 179-2004-EF y normas modificatorias, se dispone que en el caso de enajenacion de bienes inmuebles el costo computable es el valor de adquisicion, construccion o de ingreso al patrimonio reajustado por los indices de correccion monetaria que establece el Ministerio de Economia y Finanzas en base a los Indices de Precios al Por Mayor proporcionados por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI); Que, conforme al articulo 11º del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo

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