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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE FEBRERO DEL AÑO 2011 (08/02/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 8 de febrero de 2011 435807 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 29661 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE SUSPENDE LA APLICACIÓN DEL TÍTULO III DEL DECRETO LEGISLATIVO NÚM. 978, DECRETO LEGISLATIVO QUE ESTABLECE LA ENTREGA A LOS GOBIERNOS REGIONALES O LOCALES DE LA REGIÓN SELVA Y DE LA AMAZONÍA, PARA INVERSIÓN Y GASTO SOCIAL, DEL ÍNTEGRO DE LOS RECURSOS TRIBUTARIOS CUYA ACTUAL EXONERACIÓN NO HA BENEFICIADO A LA POBLACIÓN Artículo 1º.- Suspensión de la aplicación del Título III del Decreto Legislativo núm. 978 Suspéndese hasta el 1 de enero de 2013 la aplicación del Título III, Programa de Sustitución Gradual de Exoneraciones e Incentivos Tributarios, del Decreto Legislativo núm. 978, Decreto Legislativo que Establece la Entrega a los Gobiernos Regionales o Locales de la Región Selva y de la Amazonía, para Inversión y Gasto Social, del Íntegro de los Recursos Tributarios Cuya Actual Exoneración no ha Benefi ciado a la Población. Los calendarios de sustitución gradual previstos en los artículos 12º y 14º del Decreto Legislativo núm. 978, así como los montos de las transferencias considerados en los artículos 13º y 15º de la citada norma, se aplican de manera indefectible e improrrogable a partir del 1 de enero de 2013, respetando los plazos y la proporcionalidad de los mismos. Precísase, entiéndese como Amazonía las localidades señaladas en los literales del a) al k) del párrafo 3.1 del artículo 3º de la Ley núm. 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía. Artículo 2º.- Restitución de benefi cios tributarios Restablécese hasta el 31 de diciembre de 2012 la exoneración del Impuesto General a las Ventas a la venta de bienes, servicios y contratos de construcción o la primera venta de inmuebles, dispuesta por el párrafo 13.1 del artículo 13º de la Ley núm. 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, que se realicen en los departamentos de Amazonas, Ucayali, San Martín, Madre de Dios y la provincia de Alto Amazonas del departamento de Loreto, así como en las provincias y distritos de los demás departamentos que conforman la Amazonía. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los cuatro días del mes de febrero de dos mil once. CÉSAR ZUMAETA FLORES Presidente del Congreso de la República ALDA LAZO RÍOS DE HORNUNG Segunda Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de febrero del año dos mil once. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación 600450-1 PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Designan Director de la Estación Experimental Agraria “Moquegua” del INIA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 00047-2011-INIA Lima, 4 de febrero de 2011 VISTO: El Ofi cio Nº 057-2011-P/GR.MOQ, sobre designación de Director del INIA –Moquegua, y; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Jefatural Nº 00196-2010-INIA, de fecha 16 de junio de 2010, al Ing. Agron. MARCO ANTONIO PORTOCARRERO MEZA, como Director de la Estación Experimental Agraria “Moquegua” del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA; Que, se estima conveniente concluir la designación del Ing. Agron. Marco Antonio Portocarrero Meza como Director de la Estación Experimental Agraria “Moquegua”, debiendo designar al profesional que asumirá la conducción de la Estación Experimental Agraria “Moquegua” del INIA; De conformidad con las facultades conferidas por el artículo 12° del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del INIA, aprobado por Decreto Supremo N°031-2005-AG, modifi cado por Decreto Supremo Nº 027-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designación del Ing. Agron. MARCO ANTONIO PORTOCARRERO MEZA, como Director de la Estación Experimental Agraria “Moquegua” – Moquegua, del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA, dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar, a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Jefatural, al Ing. Agron. CARLOS ALBERTO IGNACIO FARJE CORNEJO, como Director de la Estación Experimental