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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE FEBRERO DEL AÑO 2011 (11/02/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de febrero de 2011 435969 necesario encargar al funcionario que desempeñe las funciones de Director de Evaluación de Recursos Naturales de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar a partir de la fecha, la renuncia formulada por el señor Justo Elías Salcedo Baquerizo, al encargo de Director de Evaluación de Recursos Naturales de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Encargar a partir de la fecha, a la bióloga Rosario Trinidad Acero Villanes, las funciones de Directora de Evaluación de Recursos Naturales de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios del Ministerio de Agricultura. Artículo 3º.- Disponer que el encargo efectuado a la bióloga Rosario Trinidad Acero Villanes, en el artículo precedente, es con cargo a la retención de su Plaza, Nivel y sede laboral de origen (Plaza Nº 380, Especialista en Ciencias Forestales IV, Nivel P5); para lo cual la Ofi cina General de Administración realizará las acciones necesarias para la reserva de la plaza de la mencionada funcionaria. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL QUEVEDO FLORES Ministro de Agricultura 601905-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Modifican R.M. Nº 015-2011- MINCETUR/DM que autorizó viaje de profesional del Viceministerio de Comercio Exterior a Chile RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 031-2011-MINCETUR/DM Lima, 9 de febrero de 2011 Visto, el Memorándum Nº 64-2011-MINCETUR/VMCE, del Viceministro de Comercio Exterior, el Memorándum Nº 232-2011-MINCETUR/SG/OGA y el Informe Nº 125- 2011-MINCETUR/SG/OGA-OASA, de la Ofi cina General de Administración. CONSIDERANDO: Que, con la Resolución Ministerial Nº 015-2011- MINCETUR/DM, publicada el 27 de enero de 2011, se autorizó el viaje, entre otros, del señor Diego Alonso Urbina Fletcher, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 12 al 19 de febrero de 2011, para que participe en las reuniones de la Quinta Ronda de Negociaciones del Acuerdo de Asociación Transpacífi co (TPP); Que, mediante el documento del Visto, el Viceministro de Comercio Exterior comunica que el señor Urbina Fletcher debe participar como Jefe de la Mesa de Origen en las reuniones de la IX Ronda de Negociaciones del Acuerdo Perú –México, a realizarse en la ciudad de Lima el día 12 de febrero del año en curso; Que, por lo expuesto, es necesario modifi car el itinerario hacia la ciudad de Santiago del señor Urbina Fletcher y autorizar el gasto en el costo del pasaje que generará el mismo; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 015-2011-MINCETUR/DM, en la parte referida a los gastos por concepto de pasajes del señor Diego Alonso Urbina Fletcher, autorizando el monto adicional de US$ 200,00 por concepto de pasajes. Artículo 2º.- Quedan vigentes los demás extremos de la Resolución Ministerial Nº 015-2011-MINCETUR/ DM. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 601865-1 CULTURA Declaran Monumento integrante del patrimonio cultural de la Nación al templo San Roque de Rapayán y la torre exenta, ubicado en la provincia de Huari RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 141-2011-VMPCIC-MC Lima, 3 de febrero de 2011 Visto el Expediente Nº 028109/2010, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Memorándum Nº 888-2010- DRC-ANCASH/D de fecha 16 de setiembre de 2010 (Expediente Nº 028109 de fecha 17 de setiembre de 2010), la Dirección Regional de Cultura de Ancash remite el Informe Nº 108-2010-INC-ANCASH/DPA de fecha 31 de agosto de 2010, elaborado por la Dirección de Patrimonio Arqueológico, donde se indican los resultados obtenidos en la inspección ocular realizada al templo San Roque de Rapayán, ubicado entre el Jr. Monzón, Jr. San Juan y Jr. Francisco Bolognesi del Centro Poblado de Rapayán, distrito de Rapayán, provincia de Huari, departamento de Ancash; Que, mediante Informe Nº 067-2009-DMVE-SDIH- DPHCR/INC, de fecha 02 de noviembre de 2009, la Sub Dirección de Investigación Histórica de la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano presenta información histórica del templo San Roque de Rapayán, a solicitud verbal de la mencionada dirección; y señala que en su investigación se ha ubicado sólo un documento relevante referido a Rapayán en el Archivo Arzobispal de Lima, donde se describe al templo de estilo colonial y de gran belleza, el mismo que está compuesto por una nave y cuatro altares con efi gies; asimismo de acuerdo a un estudio arqueológico del templo y en base a una fuente local, el templo y el campanario habrían sido edifi cados alrededor del año 1660; Que, el pueblo de Rapayán colonial nació bajo la advocación de San Roque en fecha no bien precisada. Algunas fuentes secundarias sostienen que habría sido