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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE FEBRERO DEL AÑO 2011 (11/02/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de febrero de 2011 435974 22. ARCE CAYCHO, JOHNNY RICHARD o ARCE CAYCHO, JHONNY RICHARD o ARCE YCHO, JHONNY RICHARD, conmutarle de 07 años a 03 años 06 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 16 de octubre de 2011. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE CHORRILLOS I 23. PINTO SIFUENTES, ANA BERTHA, conmutarle de 18 meses a 10 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 16 de abril de 2011. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE HUARAL 24. SALAZAR CAMPOS, WILMER YUMBER o SALAZAR CAMPOS, WILMER JUMBER, conmutarle de 07 años a 04 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 28 de marzo de 2011. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE ICA 25. NUÑEZ SANCHEZ, EUGENIO, conmutarle de 05 años a 02 años 06 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 15 de octubre de 2011. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE CAÑETE 26. MENDOZA BUSTAMANTE, LUCILA, conmutarle de 04 años a 03 años 10 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 26 de febrero de 2011. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE CHICLAYO 27. MULATILLO VICENTE, DOTILA, conmutarle de 08 años a 05 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 04 de octubre de 2012. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE PIURA 28. PEÑA MOROCHO, CELESTINO o PEÑA MORCHO, CELESTINO, conmutarle de 06 años a 03 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 04 de abril de 2011. 29. RAMOS FERNANDEZ, PATRICIO, conmutarle de 06 años a 04 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 14 de mayo de 2012. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE MOQUEGUA 30. GALVEZ MENDOZA, MARIO, conmutarle de 05 años a 02 años 06 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 01 de septiembre de 2011. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE HUANCABAMBA 31. GARCIA FACUNDO, MERCEDES, conmutarle de 05 años a 02 años 06 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 16 de febrero de 2012. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE CONCEPCIÓN 32. CCAIRA HUANCA, NATHALI, conmutarle de 06 años a 03 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 08 de diciembre de 2011. 33. CCAIRA HUANCA, NORMA, conmutarle de 06 años a 03 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 08 de diciembre de 2011. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DEL CUSCO 34. ORIHUELA JIMENEZ, JAIME ALEJANDRO, conmutarle de 06 años 06 meses a 03 años 03 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 25 de agosto de 2011. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE CHACHAPOYAS 35. CARDENAS OLIVERA, VILMA, conmutarle de 06 años a 03 años 02 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 23 de febrero de 2011. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE PENAS LIMITATIVAS DE DERECHOS Y ASISTENCIA POST PENITENCIARIA DEL CONO NORTE 36. DE LA CRUZ RAMIREZ, EDGAR, conmutarle de 06 años 08 meses a 04 años 05 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 15 de febrero de 2011. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE PENAS LIMITATIVAS DE DERECHOS Y ASISTENCIA POST PENITENCIARIA DE CHORRILLOS 37. PEREZ JULCA, LIDIA MARINA, conmutarle de 06 años 08 meses a 04 años 11 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 13 de febrero de 2011. 38. ZURITA MEDRANO, DIANA o ZURITA MEDRATO, DIANA, conmutarle de 04 años 06 meses a 03 años 09 meses 05 días de pena privativa de libertad; la que vencerá el 15 de febrero de 2011. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE PENAS LIMITATIVAS DE DERECHOS Y ASISTENCIA POST PENITENCIARIA DE ZARATE 39. HUAMAN ASMAT, LUIS ISMAEL, conmutarle de 04 años a 03 años 05 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 01 de marzo de 2011. Artículo Segundo.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia 602033-3 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 031-2011-JUS Lima, 10 de febrero de 2011 Vistas las solicitudes de conmutación de la pena presentadas por internos de diversos Establecimientos Penitenciarios del país, con recomendación favorable de la Comisión de Gracias Presidenciales; CONSIDERANDO: Que, por las condiciones de progresión en el tratamiento penitenciario de los internos solicitantes, corroboradas con los informes emitidos por los profesionales competentes, con los certifi cados de estudios y/o trabajo respectivos y con los requisitos establecidos en el artículo 26° de la Resolución Ministerial N° 162-2010-JUS, resulta pertinente otorgar la gracia de conmutación de la pena; De conformidad con el Decreto Supremo N° 008- 2010-JUS norma de creación de la Comisión de Gracias Presidenciales, la Resolución Ministerial Nº 162-2010-JUS, Reglamento de la Comisión de Gracias Presidenciales y los incisos 8) y 21) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú; corresponde al Presidente de la República dictar resoluciones, conceder indultos y conmutar penas;