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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 28 de febrero de 2011 437919 Que, el artículo 9° del Decreto Supremo N° 003-98- PE, modifi cado por el artículo 1° del Decreto Supremo N° 004-2007-PRODUCE, establece –entre otros- que la transferencia del permiso de pesca (de las embarcaciones al amparo de la Ley N° 26920), se efectuará conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca; Que, mediante la Resolución Directoral N° 059-99- CTAR-PIURA-DIREPE-DR de fecha 15 de mayo de 1999, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado al armador MANUEL EFRAIN VIDAURRE PURIZACA, para operar la embarcación pesquera de madera denominada “DIVINA MISERICORDIA” de matrícula N° CO-18166-CM, con 50.05 m3 de capacidad de bodega, en la extracción del recurso anchoveta para el consumo humano indirecto y los recursos jurel, caballa, lisa y machete para consumo humano directo, utilizando como aparejo de pesca redes de cerco con longitud de abertura de malla de ½ y 1 ½ pulgadas (13 mm y 38 mm) según corresponda, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras; Que, por Resolución Directoral N° 100-2000-CTAR PIURA/DIREPE-DR del 13 de noviembre del 2000, se amplió el permiso de pesca otorgado por Resolución Directoral N° 059-99-CTAR-PIURA-DIREPE-DR del 15 de mayo de 1999, al armador MANUEL EFRAIN VIDAURRE PURIZACA, para operar la embarcación pesquera construida en madera denominada “DIVINA MISERICORDIA” con matrícula N° CO-18166-CM de 50.05 m3 de volumen de bodega y 11.78 TRN, con hielo en cajas como medio de preservación a bordo, equipada con redes de cerco de 1 ½ pulgadas (38 mm) de longitud mínima de abertura de malla, para la extracción del recurso sardina con destino al consumo humano directo e indirecto, en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que, por Resolución Directoral N° 178-2009-PRODUCE/ DGEPP de fecha 13 de marzo del 2009, se modifi có la Resolución Directoral N° 059-99-CTAR-PIURA-DIREPE- DR del 15 de mayo de 1999, ampliada por Resolución Directoral N° 100-2000-CTAR PIURA/DIREPE-DR del 13 de noviembre del 2000, sólo en el extremo referido al nombre de la embarcación DIVINA MISERICORDIA de matrícula CO-18166-CM; entendiéndose que la referida embarcación, ahora se denomina MARIA MERCEDES; en su artículo 2° se aprobó a favor del señor MARTIN SIPION BARRIOS, el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera de madera denominada MARIA MERCEDES de matrícula CO-18166-CM otorgado por Resolución Directoral N° 059-99-CTAR-PIURA-DIREPE- DR del 15 de mayo de 1999 ampliada por Resolución Directoral N° 100-2000-CTAR PIURA/DIREPE-DR del 13 de noviembre del 2000; Que, el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 001- 2002-PRODUCE de fecha 5 de septiembre del 2002, establecen que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) serán destinados al consumo humano directo; Que, por Resolución Directoral N° 494-2007- PRODUCE/DGEPP, publicada con fechas 14 de noviembre del 2007, se caducó los permisos de pesca de diversas embarcaciones pesqueras, cuya relación se detalla en el Anexo de dicha resolución, únicamente en el extremo referido a la extracción de los recursos jurel y caballa para el consumo humano directo e indirecto; en dicha relación de embarcaciones del régimen de la Ley N° 26920, se consigna entre otras, a la embarcación pesquera “MARIA MERCEDES” de matrícula N° CO-18166-CM; Que, a través de los escritos del visto, MERBAR S.A.C., solicita el cambio de titular del permiso de pesca otorgado, para operar la embarcación pesquera de madera denominada “MARIA MERCEDES” de matrícula N° CO-18166-CM, acreditando la propiedad actual de la citada embarcación con la Escritura Pública del Contrato de Compra Venta de embarcación pesquera industrial; Que, de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente se ha determinado, que la administrada ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento N° 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009- PRODUCE y demás disposiciones modifi catorias, razón por la cual resulta procedente atender lo solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante Informe N° 578- 2010-PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el artículo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y modifi cado por Decreto Supremo N° 015-2007-PRODUCE, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 008- 2009-PRODUCE y demás disposiciones modifi catorias y la Resolución Ministerial N° 085-2007-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del artículo 53° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar a favor de MERBAR S.A.C., el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera de madera denominada “MARIA MERCEDES” con matrícula N° CO-18166-CM, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado por Resolución Directoral N° 059-99-CTAR-PIURA-DIREPE- DR del 15 de mayo de 1999 ampliada por Resolución Directoral N° 100-2000-CTAR PIURA/DIREPE-DR del 13 de noviembre del 2000, modifi cada por Resolución Directoral N° 178-2009-PRODUCE/DGEPP de fecha 13 de marzo del 2009 y por Resolución Directoral N° 494- 2007-PRODUCE/DGEPP de fecha 12 de noviembre del 2007, condicionándose la efi cacia de dicho derecho administrativo al resultado del proceso judicial correspondiente, de acuerdo a lo establecido por el tercer párrafo del Artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca. Artículo 2°.- La vigencia del permiso de pesca otorgado por la presente Resolución está supeditada al cumplimiento de la normatividad en materia de ordenamiento jurídico pesquero, de sanidad y de medio ambiente. Artículo 3°.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a través de la Resolución Directoral N° 178-2009-PRODUCE/DGEPP, al señor MARTIN SIPION BARRIOS, para operar la embarcación pesquera de madera denominada “MARIA MERCEDES” de matrícula N° CO-18166-CM. Artículo 4°.- Incorporar a MERBAR S.A.C., como nuevo titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera de madera denominada “MARIA MERCEDES” de matrícula N° CO-18166-CM, así como la presente Resolución al Anexo correspondiente de la Resolución Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE, excluyendo al señor MARTIN SIPION BARRIOS y la Resolución Directoral N° 178-2009-PRODUCE/DGEPP, consignado en el Anexo de la indicada Resolución Ministerial. Artículo 5°.- El permiso de pesca a que se refi ere el Artículo 1° de la presente Resolución, será ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 001- 2002-PRODUCE, en la que establece, que el recurso sardina, entre otros, serán destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifi quen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo N° 016-2007-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de bodegas de la embarcación deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservación a bordo RSW ó CSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Artículo 6°.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y