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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JULIO DEL AÑO 2011 (02/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de julio de 2011 445718 efectuar transferencias directas monetarias a la población de setenta y cinco (75) o más años de edad, que se encuentre en situación de extrema pobreza en áreas urbanas y rurales, que no perciban pensión de jubilación bajo algún régimen previsional u otro que otorgue prestación económica por parte del Estado, incluyendo ESSALUD, así como que no sea benefi ciaria de algún programa social, a excepción del Seguro Integral de Salud – SIS, y el Programa Nacional de Movilización por la Alfabetización – PRONAMA, disponiéndose en dicha norma que mediante decreto supremo refrendado por los Ministros de la Mujer y Desarrollo Social y de Economía y Finanzas se establecen los lineamientos y mecanismos para la transferencia directa a otorgarse, incluyendo el monto, gastos operativos, oportunidad de pago, determinación del ámbito de intervención y demás normas que resulten necesarias para su otorgamiento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2011-MIMDES, se establecieron los lineamientos y mecanismos para las transferencias directas monetarias a otorgarse durante el año fi scal 2011, a favor de los adultos mayores de setenta y cinco (75) o más años de edad en condición de extrema pobreza, en el marco del Programa Piloto de Asistencia Solidaria: “Gratitud”; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 de la disposición antes referida, indica que el ámbito de intervención del Programa Piloto para el año fi scal 2011 será: (i) durante los primeros (4) cuatro meses del año, el área urbana y rural de los departamentos de Apurímac, Ayacucho y Huancavelica, así como Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, (ii) a partir del mes de mayo se incorporará progresivamente a las áreas urbanas y rurales de los departamentos donde interviene el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres – JUNTOS; disponiéndose además en dicho numeral la ampliación progresiva del ámbito de intervención del Programa Piloto, en función a criterios de incidencia de la pobreza extrema y número de personas potencialmente elegibles a nivel distrital, de acuerdo con la disponibilidad de los recursos asignados para el presente año fi scal; Que, el artículo 9 del mencionado Decreto Supremo, faculta al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social a que mediante Resolución Ministerial apruebe las disposiciones operativas para la gestión y administración del citado Programa Piloto; Que, en dicho marco legal, a través de la Resolución Ministerial Nº 061-2011-MIMDES del 15 de febrero de 2011, se aprobó la creación de la Ofi cina Desconcentrada I del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, la cual tiene a su cargo la administración y ejecución del Programa Piloto de Asistencia Solidaria: “Gratitud” durante el año fi scal 2011, además de las funciones establecidas en los literales o), p), q), s) y t) del artículo 90 del Reglamento de Organización y Funciones del MIMDES, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 065-2011- MIMDES del 17 de febrero de 2011, se aprobó la Directiva General Nº 002-2011-MIMDES, “Procedimientos y Mecanismos para la Ejecución del Programa Piloto de Asistencia Solidaria: “Gratitud” para el año fi scal 2011”, la cual establece los procedimientos técnicos, operativos y administrativos para la implementación y ejecución del citado Programa; Que, de acuerdo al Informe Nº 025-2011-MIMDES- DM-ODI del 27 de junio de 2011, el Jefe de la Ofi cina Desconcentrada I considera que los benefi ciarios propuestos por el SISFOH del Ministerio de Economía y Finanzas, cumplen con las condiciones previstas en el Decreto Supremo Nº 001-2011-MIMDES, razón por la cual ha opinado favorablemente para la emisión de la Resolución Ministerial que apruebe la Decimotercera Relación del Padrón de Benefi ciarios del Programa Piloto de Asistencia Solidaria: “Gratitud”, que contiene un total de 4,033 personas; Que, asimismo, mediante Memorando Nº 323-2011- MIMDES/OGPP del 28 de junio de 2011, la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del MIMDES, a través de su Ofi cina de Presupuesto y Programación de Inversiones, en Informe Nº 300-2011-MIMDES-OGPP/OPPI, ha otorgado la correspondiente opinión favorable para proseguir con el trámite de aprobación de la Decimotercera Relación del Padrón de Benefi ciarios del Programa Piloto de Asistencia Solidaria con el adulto mayor: “Gratitud”, cuya cantidad asciende a cuatro mil treinta y tres (4,033) personas, contando, además, con la Certifi cación de Crédito Presupuestario Nº 1149 por la suma de S/. 403,703.30 (CUATROCIENTOS TRES MIL SETECIENTOS TRES Y 30/100 NUEVOS SOLES); Que, estando a lo antes expuesto, de conformidad con las facultades otorgadas por el Decreto Supremo Nº 001-2011-MIMDES, resulta necesario establecer medidas específi cas que permitan la atención de 4,033 benefi ciarios verifi cados por la Ofi cina Desconcentrada I del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; Con la visación de la Ofi cina Desconcentrada I, la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29626 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2011, la Ley Nº 29597 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, el Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES – Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, y el Decreto Supremo Nº 001-2011-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Decimotercera Relación del Padrón de Benefi ciarios del Programa Piloto de Asistencia Solidaria con el adulto mayor: “Gratitud”, que se encuentran detallados en los Anexos Nº 1 – Región Apurímac, Provincia Abancay; Nº 2 – Región Apurímac, Provincia Andahuaylas; Nº 3 – Región Apurímac, Provincia Antabamba; Nº 4 – Región Apurímac, Provincia Aymaraes; Nº 5 – Región Apurímac, Provincia Chincheros; Nº 6 – Región Apurímac, Provincia Cotabambas; Nº 7 – Región Apurímac, Provincia Grau; Nº 8 – Región Ayacucho, Provincia Cangallo; Nº 9 – Región Ayacucho, Provincia Huamanga; Nº 10 – Región Ayacucho, Provincia Huanta; Nº 11 – Región Ayacucho, Provincia La Mar; Nº 12 – Región Ayacucho, Provincia Lucanas; Nº 13 – Región Ayacucho, Provincia Parinacochas; Nº 14 – Región Ayacucho, Provincia Sucre; Nº 15 – Región Ayacucho, Provincia Víctor Fajardo; Nº 16 – Región Ayacucho, Provincia Vilcas Huaman; Nº 17 – Región Cajamarca, Provincia Cajamarca; Nº 18 – Región Cajamarca, Provincia Celendín; Nº 19 – Región Cajamarca, Provincia Chota; Nº 20 – Región Cajamarca, Provincia Cutervo; Nº 21 – Región Cajamarca, Provincia Jaén; Nº 22 – Región Cajamarca, Provincia San Marcos; Nº 23 – Región Huancavelica, Provincia Acobamba; Nº 24 – Región Huancavelica, Provincia Angaraes; Nº 25 – Región Huancavelica, Provincia Castrovirreyna; Nº 26 – Región Huancavelica, Provincia Churcampa; Nº 27 – Región Huancavelica, Provincia Huancavelica; Nº 28 – Región Huancavelica, Provincia Huaytara; Nº 29 – Región Huancavelica, Provincia Tayacaja; Nº 30 – Región La Libertad, Provincia Sánchez Carrión; Nº 31 – Región Piura, Provincia Huancabamba; Nº 32 – Región Piura, Provincia Ayabaca; Nº 33 – Región Piura, Provincia Piura; Nº 34 – Región Puno, Provincia Azángaro; Nº 35 – Región Puno, Provincia Carabaya; Nº 36 – Región Puno, Provincia Chucuito; Nº 37 – Región Puno, Provincia Huancane; Nº 38 – Región Puno, Provincia Lampa; Nº 39 – Región Puno, Provincia Melgar; Nº 40 – Región Puno, Provincia Sandia; Nº A – Lima Metropolitana, Zona Norte; Nº B – Lima Metropolitana, Zona Sur; Nº C – Lima Metropolitana, Zona Centro; Nº D – Lima Metropolitana, Zona Nor Este; y, Nº E – Lima Metropolitana, Zona Callao, que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Autorizar a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social a realizar las acciones necesarias para el pago a los benefi ciarios contenidos en los Anexos a que se refi ere el artículo precedente, de conformidad con la Directiva General Nº 002-2011-MIMDES, “Procedimientos y Mecanismos para la Ejecución del Programa Piloto de Asistencia Solidaria: “Gratitud” para el año fi scal 2011” aprobada por Resolución Ministerial Nº 065-2011-MIMDES. Regístrese, comuníquese y publíquese. VIRGINIA BORRA TOLEDO Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 659905-1 Aceptan renuncia y designan Presidenta del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de San Pedro de Lloc RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 201-2011-MIMDES Lima, 1 de julio de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 475-2009- MIMDES del 17 de noviembre de 2009, se designó al señor