Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2011 (02/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, sabado 2 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES
DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL DEL PERU (DGAC) Revision: Original Cuadro Resumen de Viajes

445721
Fecha: 30.08.10

Codigo: F-DSA-P&C-002

RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 06 AL 12 DE MORDAZA DE 2011 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 188-2011-MTC/12.04 Y Nº 333-2011-MTC/12.04 ORDEN INSPECCION Nº 1494-2011-MTC/12.04 INICIO 06-Jul FIN 12-Jul VIATICOS (US$) US$ 1,200.00 SOLICITANTE Lan Peru S.A. INSPECTOR MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DETALLE RECIBOS DE ACOTACION Nºs.

Chequeos de proficiencia y de habilitacion 10777-10787Cat.II/III en simulador de vuelo del equipo 10788-10789-10790 B-767 a su personal aeronautico

659564-1

ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Aprueban nueva version del PDT ­ Formulario Virtual N° 625 "Modificacion del Coeficiente o Porcentaje para el Calculo de los Pagos a Cuenta del Impuesto a la Renta" y se modifica la Resolucion de Superintendencia N° 141-2003/SUNAT, al establecer que la MORDAZA de la declaracion generada por el referido PDT se realizara solo a traves de SUNAT Virtual
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 179-2011/SUNAT
MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que el articulo 85° del Texto Unico Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto a la Renta (LIR), aprobado por Decreto Supremo N.° 179-2004-EF y normas modificatorias, faculta a los contribuyentes que obtengan rentas de tercera categoria a modificar el coeficiente o el porcentaje correspondiente a su sistema de pagos a cuenta del referido impuesto; Que los incisos b) y c) del articulo 54° del Reglamento de la LIR, aprobado por Decreto Supremo N.° 122-94EF y normas modificatorias, establecen el procedimiento para la modificacion del coeficiente o del porcentaje, respectivamente; Que el inciso d) del mencionado articulo dispone que las declaraciones juradas que contienen los balances acumulados a que se refieren los aludidos incisos b) y c) se presentaran en la forma, lugar, plazo y condiciones que establezca la Administracion Tributaria; Que mediante la Resolucion de Superintendencia N.° 141-2003/SUNAT y MORDAZA modificatoria, se aprobo el PDT - Formulario Virtual N.° 625 "Modificacion del coeficiente o porcentaje para el calculo de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta"; y a traves de la Resolucion de Superintendencia N.° 048-2008/SUNAT, se aprobo la version 1.1 del citado PDT; Que de otro lado, con las Resoluciones Nos. 041-2008EF/94 y 042-2009-EF/94 emitidas por el Consejo Normativo de Contabilidad, se aprueba el Plan Contable General Empresarial (PCGE) y se establece su uso obligatorio a partir del 1 de enero de 2011 en reemplazo del Plan Contable General Revisado; Que con la entrada en vigencia de la Resolucion N.° 0432010-EF/94 emitida por el Consejo Normativo de Contabilidad, se aprobo la version modificada del aludido PCGE; Que en ese sentido, habiendose modificado diversas cuentas correspondientes al Balance General, las cuales corresponde MORDAZA declaradas en los Estados Financieros que se presentan a traves del PDT - Formulario Virtual N.° 625 "Modificacion del coeficiente o porcentaje para el

calculo de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta", es necesario modificar el detalle de las cuentas del Balance General que se incluye en el referido formulario a fin de adecuarlo al PCGE, para lo cual debe aprobarse una nueva version del aludido PDT; Que de otra parte, resulta conveniente establecer que la MORDAZA de la declaracion generada por el referido PDT se realice solo a traves de SUNAT Virtual; En uso de las facultades conferidas por el inciso d) del articulo 54° del Reglamento de la LIR, el articulo 11° del Decreto Legislativo N.° 501 y normas modificatorias, y el inciso q) del articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo N.° 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBACION DE LA NUEVA VERSION DEL PDT ­ FORMULARIO VIRTUAL N.° 625 "MODIFICACION DEL COEFICIENTE O PORCENTAJE PARA EL CALCULO DE LOS PAGOS A CUENTA DEL IMPUESTO A LA RENTA" Apruebese la version 1.2 del PDT - Formulario Virtual N.° 625 "Modificacion del coeficiente o porcentaje para el calculo de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta", a ser utilizada por todos los contribuyentes que obtengan rentas de tercera categoria y determinen el pago a cuenta del Impuesto a la Renta por cualquiera de los dos sistemas establecidos en el articulo 85° del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta. Articulo 2°.- OBTENCION DE LA NUEVA VERSION DEL PDT ­ FORMULARIO VIRTUAL N.° 625 "MODIFICACION DEL COEFICIENTE O PORCENTAJE PARA EL CALCULO DE LOS PAGOS A CUENTA DEL IMPUESTO A LA RENTA" El PDT - Formulario Virtual N.° 625 "Modificacion del coeficiente o porcentaje para el calculo de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta" - version 1.2, estara a disposicion de los interesados en SUNAT Virtual a partir del 8 de MORDAZA de 2011. Para tal efecto, se entiende por SUNAT Virtual al MORDAZA de la SUNAT en la Internet, cuya direccion electronica es http://www.sunat.gob.pe. La SUNAT, a traves de sus dependencias, facilitara la obtencion del mencionado PDT a aquellos deudores tributarios que no tuvieran acceso a la Internet. Articulo 3°.- UTILIZACION DE LA NUEVA VERSION DEL PDT ­ FORMULARIO VIRTUAL N.° 625 "MODIFICACION DEL COEFICIENTE O PORCENTAJE PARA EL CALCULO DE LOS PAGOS A CUENTA DEL IMPUESTO A LA RENTA" Los sujetos que obtengan rentas de tercera categoria y determinen el pago a cuenta del Impuesto a la Renta por cualquiera de los dos sistemas establecidos en el articulo 85° del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, deberan utilizar el PDT - Formulario Virtual N.° 625 "Modificacion del coeficiente o porcentaje para el calculo de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta" - version 1.2, desde el 8 de MORDAZA de 2011. Los deudores tributarios podran hacer uso de la version 1.1 del PDT - Formulario Virtual N.° 625 aprobada por la Resolucion de Superintendencia N.° 048-2008/SUNAT solo hasta el 7 de MORDAZA de 2011. Articulo 4°.- DEL LUGAR DE MORDAZA DEL PDT ­ FORMULARIO VIRTUAL N.° 625 "MODIFICACION DEL COEFICIENTE O PORCENTAJE PARA EL CALCULO DE LOS PAGOS A CUENTA DEL IMPUESTO A LA RENTA" Sustituyase el MORDAZA parrafo del articulo 9° de la Resolucion Superintendencia N.° 141-2003/SUNAT por el siguiente texto:

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