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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JULIO DEL AÑO 2011 (02/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de julio de 2011 445721 ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Aprueban nueva versión del PDT – Formulario Virtual N° 625 “Modificación del Coeficiente o Porcentaje para el Cálculo de los Pagos a Cuenta del Impuesto a la Renta” y se modifica la Resolución de Superintendencia N° 141-2003/SUNAT, al establecer que la presentación de la declaración generada por el referido PDT se realizará solo a través de SUNAT Virtual RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 179-2011/SUNAT Lima, 1 de julio de 2011 CONSIDERANDO: Que el artículo 85° del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto a la Renta (LIR), aprobado por Decreto Supremo N.° 179-2004-EF y normas modifi catorias, faculta a los contribuyentes que obtengan rentas de tercera categoría a modifi car el coefi ciente o el porcentaje correspondiente a su sistema de pagos a cuenta del referido impuesto; Que los incisos b) y c) del artículo 54° del Reglamento de la LIR, aprobado por Decreto Supremo N.° 122-94- EF y normas modifi catorias, establecen el procedimiento para la modifi cación del coefi ciente o del porcentaje, respectivamente; Que el inciso d) del mencionado artículo dispone que las declaraciones juradas que contienen los balances acumulados a que se refi eren los aludidos incisos b) y c) se presentarán en la forma, lugar, plazo y condiciones que establezca la Administración Tributaria; Que mediante la Resolución de Superintendencia N.° 141-2003/SUNAT y norma modifi catoria, se aprobó el PDT - Formulario Virtual N.° 625 “Modifi cación del coefi ciente o porcentaje para el cálculo de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta”; y a través de la Resolución de Superintendencia N.° 048-2008/SUNAT, se aprobó la versión 1.1 del citado PDT; Que de otro lado, con las Resoluciones Nos. 041-2008- EF/94 y 042-2009-EF/94 emitidas por el Consejo Normativo de Contabilidad, se aprueba el Plan Contable General Empresarial (PCGE) y se establece su uso obligatorio a partir del 1 de enero de 2011 en reemplazo del Plan Contable General Revisado; Que con la entrada en vigencia de la Resolución N.° 043- 2010-EF/94 emitida por el Consejo Normativo de Contabilidad, se aprobó la versión modifi cada del aludido PCGE; Que en ese sentido, habiéndose modifi cado diversas cuentas correspondientes al Balance General, las cuales corresponde sean declaradas en los Estados Financieros que se presentan a través del PDT - Formulario Virtual N.° 625 “Modifi cación del coefi ciente o porcentaje para el cálculo de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta”, es necesario modifi car el detalle de las cuentas del Balance General que se incluye en el referido formulario a fi n de adecuarlo al PCGE, para lo cual debe aprobarse una nueva versión del aludido PDT; Que de otra parte, resulta conveniente establecer que la presentación de la declaración generada por el referido PDT se realice solo a través de SUNAT Virtual; En uso de las facultades conferidas por el inciso d) del artículo 54° del Reglamento de la LIR, el artículo 11° del Decreto Legislativo N.° 501 y normas modifi catorias, y el inciso q) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo N.° 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBACIÓN DE LA NUEVA VERSIÓN DEL PDT – FORMULARIO VIRTUAL N.° 625 “MODIFICACIÓN DEL COEFICIENTE O PORCENTAJE PARA EL CÁLCULO DE LOS PAGOS A CUENTA DEL IMPUESTO A LA RENTA” Apruébese la versión 1.2 del PDT - Formulario Virtual N.° 625 “Modifi cación del coefi ciente o porcentaje para el cálculo de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta”, a ser utilizada por todos los contribuyentes que obtengan rentas de tercera categoría y determinen el pago a cuenta del Impuesto a la Renta por cualquiera de los dos sistemas establecidos en el artículo 85° del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta. Artículo 2°.- OBTENCIÓN DE LA NUEVA VERSIÓN DEL PDT – FORMULARIO VIRTUAL N.° 625 “MODIFICACIÓN DEL COEFICIENTE O PORCENTAJE PARA EL CÁLCULO DE LOS PAGOS A CUENTA DEL IMPUESTO A LA RENTA” El PDT - Formulario Virtual N.° 625 “Modifi cación del coefi ciente o porcentaje para el cálculo de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta” - versión 1.2, estará a disposición de los interesados en SUNAT Virtual a partir del 8 de julio de 2011. Para tal efecto, se entiende por SUNAT Virtual al Portal de la SUNAT en la Internet, cuya dirección electrónica es http://www.sunat.gob.pe. La SUNAT, a través de sus dependencias, facilitará la obtención del mencionado PDT a aquellos deudores tributarios que no tuvieran acceso a la Internet. Artículo 3°.- UTILIZACIÓN DE LA NUEVA VERSIÓN DEL PDT – FORMULARIO VIRTUAL N.° 625 “MODIFICACIÓN DEL COEFICIENTE O PORCENTAJE PARA EL CÁLCULO DE LOS PAGOS A CUENTA DEL IMPUESTO A LA RENTA” Los sujetos que obtengan rentas de tercera categoría y determinen el pago a cuenta del Impuesto a la Renta por cualquiera de los dos sistemas establecidos en el artículo 85° del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, deberán utilizar el PDT - Formulario Virtual N.° 625 “Modifi cación del coefi ciente o porcentaje para el cálculo de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta” - versión 1.2, desde el 8 de julio de 2011. Los deudores tributarios podrán hacer uso de la versión 1.1 del PDT - Formulario Virtual N.° 625 aprobada por la Resolución de Superintendencia N.° 048-2008/SUNAT sólo hasta el 7 de julio de 2011. Artículo 4°.- DEL LUGAR DE PRESENTACIÓN DEL PDT – FORMULARIO VIRTUAL N.° 625 “MODIFICACIÓN DEL COEFICIENTE O PORCENTAJE PARA EL CÁLCULO DE LOS PAGOS A CUENTA DEL IMPUESTO A LA RENTA” Sustitúyase el segundo párrafo del artículo 9° de la Resolución Superintendencia N.° 141-2003/SUNAT por el siguiente texto: DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL DEL PERU (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10 Cuadro Resumen de Viajes RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 06 AL 12 DE JULIO DE 2011 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 188-2011-MTC/12.04 Y Nº 333-2011-MTC/12.04 ORDEN INSPECCION Nº INICIO FIN VIATICOS (US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAIS DETALLE RECIBOS DE ACOTACION Nºs. 1494-2011-MTC/12.04 06-Jul 12-Jul US$ 1,200.00 Lan Perú S.A. Alvarez Zevallos, Alfredo Federico Santiago Chile Chequeos de profi ciencia y de habilitación Cat.II/III en simulador de vuelo del equipo B-767 a su personal aeronáutico 10777-10787- 10788-10789-10790 659564-1