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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 23 de marzo de 2011 439515 Artículo Tercero.- ENCARGAR al Secretario General remita copias Certifi cadas de los actuados administrativos a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios a fi n que realice las acciones pertinentes que correspondan para determinar las responsabilidades de los funcionarios o servidores públicos, de ser el caso, cuya conducta hubiese originado tal situación de desabastecimiento inminente, de conformidad con lo señalado por el Artículo 22º de la Ley de Contrataciones del Estado - Decreto Legislativo Nº 1017, en concordancia con el inciso c) del Artículo 20º de la Ley en mención y el Artículo 129º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Abastecimientos la publicación del presente Acuerdo en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE); y al Secretario General la remisión del presente Acuerdo a la Contraloría General de la República con copia al Órgano de Control Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco, dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles siguientes de su emisión, conforme lo dispone el Artículo 134º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado -Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. ROBERTO GÓMEZ BACA Alcalde 617906-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUMAY Declaran en Estado de Emergencia el distrito de Humay ACUERDO DE CONCEJO Nº 041-2011-MDH-CM- P Humay, 14 de febrero del año 2011 VISTOS: En la sesión extraordinaria de fecha 14 de Agosto por la cual el pleno del Concejo ha debatido la declaratoria de emergencia del Distrito de Humay Provincia de Pisco y departamento de Ica, por las crecidas del río Pisco que ha traído como consecuencias la caída del Puente colgante de Mirafl ores, deterioro del puente colgante de Auquis, deterioro del puente vehicular de Murga por aislamiento del mismo y desbordes del río Pisco afectando los predios rurales de agricultores a lo largo de las zonas ribereñas del Distrito de Humay, y CONSIDERANDO: Que, mediante Informe de la Unidad de Defensa Civil de la Municipalidad Distrital de Humay Nº 10-2011- DC-MDH de fecha 14 de Febrero del año 2011 expone al despacho de Alcaldía los hechos que se vienen suscitando en el Distrito de Humay por las crecidas del río Pisco y que viene afectando seriamente las estructuras de construcciones de bocatomas, desbordes, que ha traído como consecuencias la caída del Puente colgante de Mirafl ores, deterioro del puente colgante de Auquis, deterioro del puente vehicular de Murga por aislamiento del mismo y desbordes del río Pisco afectando los predios rurales de agricultores a lo largo de las zonas ribereñas del Distrito de Humay. Que, asimismo mediante informe técnico Nº 023 -2011-UO-MDH de fecha 08 de Febrero del año 2011, la Dirección de Obras de la Municipalidad Distrital de Humay informa que se ha verifi cado Lluvias y desbordes del río Pisco, afectando el Distrito de Humay. Que, Asimismo mediante informe técnico Legal Nº 004-2011-ALE-MDH de fecha 14 de Febrero del año 2011, se ha expuesto la procedencia de la Declaratoria de Emergencia del distrito de Humay por las crecidas del río Pisco y que está inundando y afectando las infraestructura de riego y Puentes y predios agrícolas. Que, la magnitud de la situacion descrita demanda la adopcion de medidas urgentes que permitan a la Municipalidad distrital de Humay de lo que podemos concluir que se entiende como situación de emergencia aquella en la cual la Entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastrófi cos, de situaciones que supongan grave peligro los sectores comprometidos por las avulsiones de agua hecho que obliga a ejecutar acciones inmediatas destinadas a la atención de la emergencia y atención de la zonas afectadas, así como la ejecución de medidas de prevención necesarias teniendo en consideración la posibilidad de nuevos desbordes. Que, conforme se tiene de los informes que anteceden el pleno del concejo Municipal al amparo de lo establecido por los Artículos 9º y 10º de la ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 ha tenido por conveniente en convocar con el carácter de extraordinario el tema de emergencia y por tales razones es menester asignar un monto económico y tomar las medidas urgentes a efectos de superar los daños que se vienen causando por los altos caudales que ha superado los pronósticos del tiempo y proponer las medidas y acciones inmediatas que correspondan. En uso de las atribuciones que confi ere los Artículos 9 y 10º de la Ley Orgánica de Municipalidades 27972 con el voto unánime del pleno del concejo Municipal y con la dispensa de la Aprobación del acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- Declaratoria del Estado de Emergencia, DECLARESE EN ESTADO DE EMERGENCIA el Distrito de Humay Provincia de Pisco y Departamento de Ica por el plazo de 120 días, para la ejecución de acciones inmediatas destinadas a la reducción y minimización de los riesgos existentes y la atención de la emergencia de las zonas afectadas. Artículo Segundo.- Acciones a ejecutar, La Municipalidad Distrital de Humay, dentro de su competencia ejecutara las acciones inmediatas destinadas a la atencion de la emergencia y rehabilitacion de las zonas afectadas para la reducción y minimización de los riesgos existentes acciones que deben ser modifi cadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentada en los estudios técnicos de las áreas competentes y para cuyo efecto se modifi ca el presupuesto inicial de apertura destinándose la suma de hasta S/. 400.000,00 (CUATROCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) para atender dichas obligaciones rindiéndose cuenta del gasto con arreglo a las formalidades de ley. Articulo Tercero.- Póngase en conocimiento de la unidad de Contabilidad y presupuesto de la Municipalidad, ofi cina de Obras y Secretaria General para los efectos de ley, disponiéndose su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y Ofíciese a Contraloría General de la República para los efectos de Ley.- Regístrese, comuníquese y cúmplase. FELIX R. PARIONA HUAMÁN Alcalde 617158-1